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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G33/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta-bleciéndose en el artículo 11º que los programas de juegocuya explotación es permitida en el país son aquellos quecuentan con autorización y registro; Que, el artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,establece la información y documentación que deben pre-sentar los interesados en obtener la autorización y registrode las memorias de sólo lectura que integran los progra-mas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamento señala que los modelos de máquinas tragamonedas y lasmemorias de sólo lectura de los programas de juego debe-rán someterse con anterioridad a su autorización y registroa un examen técnico ante una Entidad Autorizada, la cualexpedirá un Certificado de Cumplimiento que acreditaráque el modelo o las memorias que componen el programade juego, según sea el caso, cumplen con los requisitosestablecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200411-82, 200411-84 y 200411-86,de fechas 26 y 30.11.2004, expedidos por el Laboratoriode Certificación de la Universidad Católica del Perú, asícomo de las memorias de sólo lectura, se advierte que lasmismas cumplen con lo dispuesto en el artículo 18º delDecreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando losprogramas principales y de personalidad un porcentaje deretorno al público no menor del 85%; Que, de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCE-TUR, sólo podrán ser materia de Autorización y Registro lasmemorias de sólo lectura que contengan los programasprincipales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCE-TUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETURaprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-MIN-CETUR, estando a lo opinado en los Informes Técnico Nº016-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº133-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Flamingo Games S.A.C., seis (6) memorias desólo lectura fabricadas por la empresa Konami AustraliaPTY LTD (Australia), según el siguiente detalle: Nº Registro Código de la Memoria 01 A0006141 ISDE3A13.H [01(PROG_H)] 02 A0006142 ISDE3A13.L [02(PROG_L)] 03 A0006143 TRAE3A13.H [01(PROG_H)] 04 A0006144 TRAE3A13.L [02(PROG_L)] 05 A0006145 CABE3A13.H [01(PROG_H)] 06 A0006146 CABE3A13.L [02(PROG_L)] Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 04697 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 114-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 23 de febrero de 2005 Visto, el Expediente Nº 001504-2004-MINCETUR, de fecha 26.11.2004, presentado por la empresa FlamingoGames S.A.C., en el que solicita autorización y registro deun (1) modelo de máquina tragamonedas. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, se regula la explotación de los juegos de casino ymáquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo11º del citado cuerpo legal que los modelos de máquinastragamonedas cuya explotación es permitida en el paísson aquellos que cuentan con autorización y registro;Que, el artículo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,señala la información y documentación que deben presen-tar los interesados en obtener la autorización y registro delos modelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedas y lasmemorias de sólo lectura de los programas de juego deberánsometerse con anterioridad a su autorización y registro, a unexamen técnico ante una entidad autorizada, la cual expedi-rá un Certificado de Cumplimiento que acreditará que el mo-delo o las memorias que componen el programa de juego,según sea el caso, cumplen con los requisitos establecidosen la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cumpli- miento N o 200310-06, de fecha 20 de octubre de 2003, expe- dido por el Laboratorio de Certificación de la UniversidadCatólica del Perú, y verificado los requisitos técnicos de lamáquina tragamonedas cuya autorización y registro solicitan,se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el artícu-lo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, la presente autorización y registro se realiza res- pecto de un solo modelo de máquina tragamonedas, elmismo que puede tener dos (2) tipos distintos: Low Boy yHigh Top, no obstante, por razones administrativas de con-trol y fiscalización se procede a otorgar un Registro diferen-te a cada uno de los tipos antes indicados; Que, de la evaluación de la documentación e informa- ción adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplidocon las disposiciones legales aplicables para que la Direc-ción Nacional de Turismo acceda a la autorización y regis-tro solicitada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supre- mo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 05 delDecreto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a loopinado en los Informes Técnico Nº 014-2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 143 -2005-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar y registrar a solicitud de la em- presa Flamingo Games S.A.C., el modelo de máquina tra-gamonedas fabricado por la empresa Konami Australia PtyLtd (Australia), otorgándosele por razones de control y fis-calización, dos (2) Registros independientes por los tipos:High Top y Low Boy, según el siguiente detalle: Nº de Registro B0000232 Código del Modelo ENDEAVOUR ES 500 SERIES Descripción Máquina tragamonedas de video y cuerpo vertical con una tapa planahorizontal. Cuenta con aceptador demonedas y de billetes. El modelo nocuenta con palanca lateral y tiene unmonitor convencional de 17" pulga-das diagonales. Esta máquina traga-monedas puede formar parte de un sistema de carrusel. Tipo: LOW BOY Dimensiones del Modelo Alto: 97.80 cm Ancho: 54.00 cmLargo: 65.10 cm Nº de Registro B0000233 Código del Modelo ENDEAVOUR ES 500 SERIES Descripción Máquina tragamonedas de video y cuerpo vertical con una tapa planahorizontal. Cuenta con aceptador demonedas y billetes. El modelo nocuenta con palanca lateral y tiene unmonitor convencional de 17" pulga-das diagonales. Esta máquina traga-monedas puede formar parte de un sistema de carrusel. Tipo: HIGH TOP Dimensiones del Modelo Alto: 157.40 cm Ancho: 54.00 cmLargo: 65.10 cm Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 04698