Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2005 (04/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, viernes 4 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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cion Inicial y Primaria. Si la consulta es relacionada con el transporte, guias, de remision, Actas de Entrega, etc., deberan dirigirla a la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administracion del Ministerio de Educacion. En ambos casos, de requerirse una respuesta formal, esta sera solicitada a: DIRECCION NACIONAL DE EDUCACION INICIAL Y PRIMARIA (DINEIP) Van de Velde Nº 160, Oficina 313, Pabellon "A" Telefono 215-5800 o 215-5830 anexos 1161-1164, UNIDAD DE ABASTECIMIENTO DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION (UABAS) Van de Velde Nº 160 Oficina 100, Pabellon "C", Telef. 215-5800 o 215-5830 anexos 1044-10451259. Fax 435-5603 04779

Con lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante el Informe Nº 261-2005-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion para que inicie las acciones judiciales (civiles, penales y/o administrativas) los que resulten responsables por la presunta comision de delito contra la Administracion Publica en la modalidad de Colusion, conforme se desprende del Informe Especial Nº 002-2004-OCI/D.R.L. EDUCACION HUAURA, por los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- Remitir a la Procuraduria Publica los antecedentes de la presente Resolucion, para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 04751

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra presuntos responsables de ilicito penal cometido en la Institucion Educativa Nº 20791 "Lascamayo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0102-2005-ED
MORDAZA, 15 de febrero de 2005 Visto el Oficio Nº 1805-2004-PP/ED del Procurador Publico del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, el Procurador Publico del Sector Educacion solicita se emita una Resolucion Ministerial que Autorice a la Procuraduria del Sector Educacion iniciar las acciones legales contra MORDAZA Maruja MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mariluz MORDAZA Motta y don Lutmer MORDAZA MORDAZA, por presuntamente haber cometido delito contra la Administracion Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, en agravio del Estado; Que, de acuerdo a lo establecido en el Informe Especial Nº 002-2004-OCI/D.R.L. EDUCACION HUAURA, emitido por el Organo de Control Institucional de la Unidad de Gestion Educativa Local 09 de Huaura y demas actuados, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora; MORDAZA Maruja MORDAZA MORDAZA, Ex Jefa del Area de Gestion Administrativa; Mariluz MORDAZA Motta, ex Especialista de Abastecimiento, todas funcionarias y servidoras de la Institucion Educativa Nº 20791 "Lascamayo", habrian permitido el pago indebido de S/.19.850.00 (Diecinueve Mil Ochocientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) a favor de don Lutmer MORDAZA MORDAZA, contratista, por el servicio de rehabilitacion, refaccion y mantenimiento de los servicios higienicos de la institucion MORDAZA mencionada, cuando estos no habian sido concluidos; Que, existiendo MORDAZA indicios de la presunta comision de delito contra la Administracion Publica en la modalidad de Colusion en agravio del Estado por parte de MORDAZA Maruja MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mariluz MORDAZA Motta y don Lutmer MORDAZA MORDAZA, al haber omitido informar que los servicios que debia prestar el contratista no fueron concluidos, permitiendo que este reciba la totalidad el pago correspondiente y generando, ademas, un grave perjuicio a los alumnos, poniendo en riesgo su integridad fisica, con la finalidad de obtener un beneficio personal; deviene en necesaria la intervencion de la Procuraduria Publica del Ministerio de Educacion para que inicie las acciones judiciales correspondientes; Que, el articulo 15º del Decreto Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado Nº 17537, establece que los Procuradores Generales de la Republica son los unicos que prestaran confesion en juicio en representacion del Estado y podran convenir en la demanda, desistirse de MORDAZA o transigir los juicios, sin otro tramite que la expedicion de la Resolucion Suprema autoritativa en los tres ultimos casos;

Modifican la R.M. Nº 0374-2004-ED y autorizan a procurador interponer acciones judiciales de nulidad de escritura publica y otros documentos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0117-2005-ED
MORDAZA, 16 de febrero de 2005 Visto, el Oficio Nº 391-2005-PP/ED del Procurador Publico del Estado Encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educacion y demas actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante escritura publica, de fecha 3 de MORDAZA de 1998, Inversiones Shapaja S.A. adjudico a favor del Ministerio de Educacion por concepto de Aporte Reglamentario, el lote Nº 01 de la Manzana B-9 de la Urbanizacion "Los Cedros de Villa", II Etapa, ubicado en el distrito de Chorrillos, de 1,064.36 m2., conforme al Antecedente Nominal de la Partida Nº 11025325 A 001, de fecha 3 de agosto de 1999, otorgado por el Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA y Callao; Que, mediante Resolucion de fecha 27 de noviembre de 1998, el juez del Quincuagesimo Juzgado Civil de MORDAZA, ordeno la inscripcion de la compraventa otorgada por el Juez del Primer Juzgado Agrario de MORDAZA, en rebeldia de la demandada Constructora Marielba S.A., MORDAZA 1, Programas L.C.V. "Campamentos", a favor de Eleucadio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme a la escritura publica de fecha 5 de MORDAZA de 1998, inscrita en el Asiento Nº C00002 de la Partida Nº 11025325, de la propiedad inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, de la revision exhaustiva del expediente y de conformidad a lo anotado por el Senor Procurador Publico Encargado de los Asuntos del Ministerio de Educacion, se ha llegado a determinar la existencia de irregularidades administrativas (registrales) y judiciales, efectuadas a favor de Eleucadio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante un irregular MORDAZA de otorgamiento de escritura publica, en evidente violacion de lo establecido en los Arts. 70º y 73º de la Constitucion Politica del Estado, concordado con el Art. 1º. Del Decreto de Urgencia Nº 025-96 y los Arts. II y IV del Titulo Preliminar y Art. 15º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobados por Decreto Supremo Nº 154-2001EF, al haberse dispuesto ilegalmente del Aporte Reglamentario destinado al Sector Educacion; Que, asimismo, de los documentos obrantes en Legajo Nº 137-04-SEDE, se evidencia que la anotacion ordenada por el Senor Juez del Quincuagesimo Juzgado Espe-

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