Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2005 (05/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES PREPUBLICACION

MORDAZA, sabado 5 de marzo de 2005

3.11 Prueba hidraulica. Prueba realizada al sistema con la finalidad de verificar las condiciones de seguridad en el diseno, montaje y operacion, conforme a lo establecido en la MORDAZA Tecnica Internacional aplicable (ASME B 31.3). 3.12 Proyecto de Instalacion de Gas (P.I.G.): Proyecto de ingenieria, el cual contiene los datos tecnicos referidos al diseno y montaje de la instalacion interna industrial de gas natural, que debera estar firmado por un ingeniero colegiado habilitado para el ejercicio de la profesion. 3.13 Registro de Instaladores de Gas Natural: Padron a cargo de OSINERG, donde se inscribiran los instaladores que hayan obtenido la respectiva MORDAZA de Competencia Tecnica y cumplido los demas requisitos establecidos en el Reglamento de Instaladores de Gas Natural. 3.14 Solicitud de Revision: Solicitud presentada por el Instalador registrado al Concesionario, a fin que este proceda a revisar y aprobar el Proyecto de Instalacion de Gas Natural (P.I.G). 3.15 Solicitud de Factibilidad: Solicitud mediante la cual el usuario requiere del Concesionario, la aprobacion para el suministro de gas natural. La evaluacion de dicha solicitud debera regirse por lo establecido en el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo 042-99-EM y sus modificatorias. 3.16 Solicitud de Habilitacion: Solicitud presentada por el Instalador registrado al Concesionario para que este realice la visita de inspeccion y pruebas correspondientes conforme a la normatividad tecnica vigente, a fin de proceder con la habilitacion del suministro de gas natural.

d) Plano de Instalacion incluyendo los siguientes datos: artefactos, ventilaciones y consumos. e) Especificaciones tecnicas de los materiales, equipos y artefactos de consumo. f) Memoria de calculos: presiones, diametros de tuberias, etc. g) Plano Isometrico. h) MORDAZA de la aprobacion del Concesionario de la factibilidad de suministro. i) MORDAZA del contrato de suministro. Articulo 7º.- Construccion de instalacion interna residencial y/o comercial El Instalador registrado debera construir las instalaciones internas de gas natural de acuerdo al proyecto aprobado por el Concesionario o sobre la base de un proyecto MORDAZA aprobado por el Concesionario, conforme a lo dispuesto en el articulo 71º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM y sus modificatorias. El Concesionario debera pronunciarse respecto a la aprobacion o no del proyecto en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles, contados a partir de la entrega de la solicitud de revision. Articulo 8º.- Construccion de instalacion interna industrial La construccion de la Instalacion Interna sera efectuada por un Instalador registrado de acuerdo al proyecto aprobado por el Concesionario y tomando como referencia las especificaciones y plano MORDAZA de la Estacion de Regulacion y Medicion Primaria (ERMP) que el Concesionario pondra a disposicion de el, en un plazo no mayor de cinco (5) dias utiles despues de ser solicitados y, de acuerdo a las normas tecnicas vigentes. En todos los casos, el Instalador registrado sera el responsable de garantizar que la construccion de las instalaciones internas de gas natural cumplen y respetan las normas tecnicas aplicables.

TITULO III PROCEDIMIENTOS PARA LA HABILITACION CAPITULO I CONDICIONES PREVIAS
Articulo 4º.- MORDAZA de la Solicitud de Factibilidad El Usuario ubicado en el area de Concesion debera presentar una Solicitud de Factibilidad de Suministro al Concesionario, quien debera responder respecto a la aprobacion o no de la misma, en un plazo no mayor de cinco (5) dias utiles desde la MORDAZA de dicha solicitud. Con la aprobacion de la Solicitud de Factibilidad, el Concesionario de acuerdo a las obras del plan de crecimiento comprometido, informara la fecha de la habilitacion del suministro y alcanzara al Usuario el Contrato de Suministro para su suscripcion. En caso que la Solicitud de Factibilidad no sea aprobada, el Concesionario debera motivar debidamente dicha decision y de no estar el Usuario conforme con la misma, podra presentar a OSINERG su reclamo, el cual sera tramitado conforme al procedimiento que se establezca para tal efecto. Articulo 5º.- Contratacion de Instalador Registrado Una vez cumplidos los supuestos establecidos en el MORDAZA parrafo del articulo precedente, el Usuario debera contratar los servicios de un Instalador registrado, para la elaboracion del Proyecto de Instalacion, debiendo verificar que el instalador se encuentre debidamente inscrito en el Registro de Instaladores de Gas Natural de OSINERG y cuente con el carne que lo acredite como tal. Articulo 6º.- MORDAZA del Proyecto de instalacion interna residencial y/o comercial. El proyecto presentado al Concesionario para la aprobacion de instalaciones internas residenciales y/o comerciales de gas natural debera contener la siguiente informacion y documentacion: a) Datos del Usuario. b) Numero de Registro y datos del instalador registrado. c ) Datos de ubicacion de la instalacion con el correspondiente croquis.

CAPITULO II PROCEDIMIENTOS
Articulo 9º.- Procedimientos para obtener Habilitacion de Suministro La habilitacion de suministros de gas natural en instalaciones internas debera regirse por los siguientes procedimientos, segun sea el caso: 9.1. Procedimiento para la Habilitacion de Suministros de Gas Natural en Instalaciones Internas Residenciales y/o Comerciales 9.1.1. MORDAZA de la Solicitud de Habilitacion Una vez que el Instalador concluya la construccion de la instalacion interna (aun descubiertas, en el caso de tuberias empotradas), el usuario presentara ante el Concesionario la Solicitud de Habilitacion de la instalacion interna, la misma que contendra: a) Plano de Instalacion de acuerdo a Obra. b) Declaracion Jurada del Instalador de haber realizado las instalaciones de acuerdo con las disposiciones y normas correspondientes. 9.1.2. Admision de la Solicitud de Habilitacion En caso que el Instalador MORDAZA cumplido con presentar toda la informacion y documentacion requerida en el numeral precedente, el Concesionario admitira la Solicitud de Habilitacion. El Concesionario no admitira las solicitudes de habilitacion de instalaciones internas que no hayan sido ejecutadas por un Instalador registrado o que no cumplan con la normatividad vigente. 9.1.3. Aprobacion de la Solicitud de Habilitacion Dentro de un plazo de cinco (05) dias habiles contados a partir de fecha en que se admitio la Solicitud de Habilitacion, el Concesionario debera pronunciarse respecto de la aprobacion o desaprobacion de la misma. 9.1.4. Ejecucion de Habilitacion Una vez aprobada la Solicitud de Habilitacion, el Concesionario debera realizar la ejecucion de la habilitacion de la instalacion interna, en un plazo no mayor de cinco

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