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PÆg. 288522 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de marzo de 2005 Que de conformidad con los artículos 8º y 15º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipaly sus modificatorias, la cancelación del Impuesto Predialse podrá realizar: al contado hasta el 28 de febrero de 2005 o en forma fraccionada, en cuatro cuotas trimes- trales, cuyo primer vencimiento es el 28 de febrero de2005, las cuotas serán pagadas hasta el último día hábilde los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendoser reajustados de acuerdo a la variación acumulada delíndice de precios al por mayor (IPM) que publica el Ins- tituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por el período comprendido desde el mes de vencimiento depago de la primera cuota y el mes precedente al pago; De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 9º inciso 8) y el artículo 20º inciso 5) de la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto uná- nime de los señores regidores, con la dispensa del dic- tamen de la comisión correspondiente, y dispensa deltrámite de aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- ESTABLECER en forma trimes- tral las fechas de vencimiento del Impuesto Predial parael Ejercicio 2005, como a continuación de detalla: CUOTA VENCIMIENTO 1° 28 de febrero. 2° 31 de mayo.3° 31 de agosto.4° 30 de noviembre. Artículo Segundo.- FACÚLTASE al Sr. Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía se dicten disposi- ciones necesarias y/o reglamentarias a que hubiera lu-gar para ampliar alguna fecha de vencimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Muni- cipal, Dirección de Rentas y Desarrollo Económico, Ofi-cina de Administración y Finanzas, Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento y difusión de la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal, a los dieciocho días del mes de febrero del dos mil cinco. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 04860 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a ex autoridades y exfuncionarios por presunta responsabi- lidad civil y penal RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 001 San Juan de Lurigancho, 28 de enero de 2005 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucio-nal, Ley Nº 27680, preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 29º de la Ley Orgánica de Municipalidades, la representación y de-fensa de los intereses y derechos de las municipalidadesen juicio, se ejercitan a través del órgano de defensa judi- cial, conforme a ley, el cual está a cargo de procuradorespúblicos municipales y el personal de apoyo que requiera; Que, en adición a ello, el artículo 9º numeral 23) de la Ley Orgánica de Municipalidades establece como atribu- ción del Concejo Municipal el autorizar al Procurador Públi-co Municipal, para que, en defensa de los intereses y dere-chos de la Municipalidad y bajo responsabilidad, inicie oimpulse procesos judiciales contra los funcionarios, servido-res o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos con-tra el gobierno local o sus representantes; Que, por su parte, el artículo 10º de la Ordenanza Nº 037 que aprueba el Reglamento de Organización, Funcio-nes y Responsabilidades de la Procuraduría Pública Muni- cipal establece que para iniciar cualquier proceso, y siem- pre que se presenten los supuestos del inciso 23) del artí-culo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972, en nombre y representación de la Municipalidad deSan Juan de Lurigancho, el Procurador Público Municipaldeberá contar con autorización del Concejo Municipal, materializada mediante Resolución de Concejo; Que, en este orden de ideas, la Procuradora Pública Municipal da cuenta, mediante Memorándum Nº 051-2005-PPM/MSJL, del Oficio Nº 005-2005-OCI/MSJL del Órganode Control Institucional, el cual remite el Informe Nº 008-2004-2-2184 como resultado del Examen Especial sobre Denuncias contra el ex Jefe del Órgano de Control Institu- cional -Período Enero Diciembre 1999, en la que se des-prende la existencia presunta de ilícitos penales y civiles, alhaberse comprobado irregularidades en el concurso públi-co de méritos llevado a cabo el 12 de agosto de 1999 y porhaberse percibido ingresos de dos entidades del Estado, efectuándose cobros indebidos por un total de S/.14,886.67 nuevos soles, solicitando en consecuencia autorización alConcejo Municipal para dichos efectos; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones con- feridas por el artículo 9º numeral 23) de la Ley Orgánica deMunicipalidades y con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal, la ABSTENCIÓN DE LOS SEÑO- RES REGIDORES JUAN BALDEÓN SURICHAQUI, JUANNERIO SILVA MALLQUI, JOEL ESTRAVER TORRES yROMER LAYME ESCOBAR, con la dispensa del trámite decomisiones y de aprobación de actas; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público Municipal de San Juan de Lurigancho para que, en nom-bre y representación de la Municipalidad, inicie las ac-ciones legales provenientes de la responsabilidad civil y penal en que hubieran incurrido las ex autoridades y ex funcionarios involucrados en el Informe Nº 008-2004-2-2184 que contiene el Examen Especial sobre Denunciascontra el ex Jefe del Órgano de Control Institucional -Período Enero Diciembre 1999 emitido por el Órgano deControl Institucional. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Procuraduría Pública Munici-pal, de conformidad a la normas del Consejo de DefensaJudicial del Estado y la Ordenanza Nº 037. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 04859 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Declaran en situación de desabasteci- miento inminente el suministro de insu-mos alimenticios para el Programa delVaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2005-MDSA Santa Anita, 4 de marzo de 2005