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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2005 (05/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 78

PÆg. 288520 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de marzo de 2005 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Fijan monto anual por determinación del tributo, emisión mecanizada y dis- tribución referentes al Impuesto Pre- dial y Arbitrios Municipales y aprue-ban calendario de pagos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2005-MDI Independencia, 31 de enero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Final del Decreto Supre- mo Nº 156-2004-EF, TUO de la Ley de Tributación Muni-cipal señala que las municipalidades que brinden el ser- vicio de emisión mecanizada de actualización de valo- res, determinación de impuestos y emisión de recibosde pagos correspondientes, incluida su distribución adomicilio, quedan facultadas a cobrar por derecho deservicios no más 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero decada ejercicio; Que, mediante Ordenanza Nº 088-MDI, se aprueba el costo por emisión y distribución de la DeclaraciónJurada del Impuesto Predial y la Declaración Jurada deActualización de Datos 2005; Que, conforme al artículo 29º del Texto Único Orde- nado el Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el pago se efectuará en la for- ma, lugar y plazo que señala la Administración Tributaria,asimismo el plazo para el pago de la deuda tributariapodrá ser prorrogado, con carácter general; Que, mediante Ordenanza Nº 083-MDI del 23.Dic.2004 se aprobó el Marco Legal de los Arbitrios Municipales y los montos correspondientes por dicho concepto para el presente ejercicio; Que, para el ejercicio 2005 se ha dispuesto la Actua- lización de Datos de la Base Imponible , pero la determi-nación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y laemisión de los recibos de pago correspondientes, se realizarán de manera mecanizada, por lo cual es conve- niente establecer el monto a cobrar por dicho servicio,que incluya los formatos a utilizar; Que, asimismo resulta necesario aprobar el calen- dario de pagos del Impuesto Predial y los Arbitrios Muni-cipales durante el ejercicio 2005 para el cumplimiento de las obligaciones tributarias;1 - 15 FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL 0 0 0 0 0 14 SALUD Y SANEAMIENTO 047 SANEAMIENTO 1 - 15 FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL 0 0 91,061 0 0 16 TRANSPORTE 052 TRANSPORTE TERRESTRE 1 - 01 CANON Y SOBRECANON 0 0 0 0 0 1 - 15 FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL 0 0 0 0 0 055 TRANSPORTE METROPOLITANO 1 - 01 CANON Y SOBRECANON 0 0 573,582 0 0 1 - 15 FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL 0 0 494,270 0 0 TOTAL 73,939 38,335 1,161,913 0 1,274,187 04763 De conformidad con la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Fíjese en OCHO Y 00/100 NUE- VOS SOLES (S/. 8.00) el monto anual que deberán pa-gar los contribuyentes o responsables por concepto de determinación del tributo, emisión mecanizada y distri- bución así como las hojas de actualización de datos delImpuesto Predial 2005. El monto señalado será incluidoen el recibo de la primera cuota. Tratándose de los Arbitrios Municipales, el contribu- yente o responsable deberá abonar CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (4.00) anuales por cada anexo, que serán incluidos en los recibos de pago. Por cada emisión adicional de Predio Urbano (PU) se abonará CINCUENTA CÉNTIMOS (0. 50). Artículo Segundo.- Establézcase el siguiente ca- lendario de vencimientos para el pago del Impuesto Pre- dial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2005. Tributo Anual al 1º Cuota / 2º Cuota / 3º Cuota / 4º Cuota / Contado T rimestre Trimestre Trimestre Trimestre Impuesto 28-Feb 28-Feb 31-May 31-Ago 30-Nov Predial Arbitrios 31-Mar 31-Mar 30-Jun 30 Setiembre 31-Dic Municipales Regístrese, publíquese y cúmplase. YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 04760 Prorrogan plazo de vencimiento del pago de la primera cuota del ImpuestoPredial y de presentación de Declara- ción Jurada de Actualización de Datos DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2005-MDI Independencia, 25 de febrero de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 15º del Decreto Supremo Nº 156-2004- EF - TUO de la Ley de Tributación Municipal señala que elimpuesto podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes al- ternativas: al contado hasta el último día hábil del mes deFUNCIÓN FEBRERO 51 53 65 67 PROGRAMA PERSONAL Y BIENES Y INVERSIONES OTROS TOTAL OBLIGACIONES SERVICIOS GASTOS DE FUENTE DE FINANCIAMIENTO SOCIALES CAPITAL