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PÆg. 288515 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de marzo de 2005 Constituyen Comisión encargada de elaborar el Proyecto de Reglamento deInscripciones del Registro de Naves RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 056-2005-SUNARP/SN Lima, 4 de marzo de 2005 CONSIDERANDO:Que, la Ley de creación de la SUNARP y del Sistema Nacional de los Registros Públicos, Ley Nº 26366, esta- blece en el literal c) de su artículo 2º, modificado por laLey Nº 27755, que el Registro de Propiedad Inmueblecomprende: el Registro de Predios, el Registro de Aero-naves, el Registro de Buques, el Registro de Embarcacio-nes Pesqueras, el Registro de Naves, el Registro de Derechos Mineros y el Registro de Concesiones para la explotación de Servicios Públicos; Que, a la fecha, se encuentran implementados y vie- nen funcionando normalmente todos los Registros inte-grantes del Registro de Propiedad Inmueble, con excep-ción del Registro de Naves; Que, si bien las embarcaciones que normalmente se dedican a la actividad pesquera o a los servicios de laindustria o comercio marítimos, constituyen el sectormayoritario de embarcaciones, los que se inscriben enel Registro de Embarcaciones Pesqueras o en el Regis-tro de Buques, según corresponda, existen embarca- ciones que no realizan tales actividades como es el caso de las embarcaciones de recreo que, actualmente, debi-do a la falta de implementación del Registro de Naves,sólo se vienen inscribiendo en las Capitanías de Puertocorrespondientes; Que, la falta de implementación del Registro de Na- ves, perjudica a los propietarios de las embarcaciones no susceptibles de inscripción en el Registro de Buquesni en el Registro de Embarcaciones Pesqueras, dadoque dichas embarcaciones no pueden, por ejemplo, sergravadas con hipoteca para respaldar créditos solicita-dos por sus propietarios; Que, para implementar el Registro de Naves, el cual tiene carácter facultativo, resulta necesario contar previa-mente con los instrumentos normativos que permitan suadecuado funcionamiento; Que, en este sentido, resulta pertinente conformar una Comisión encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de Inscripciones del citado Registro y esta- blecer las pautas para la implementación del mismo; Que, de otro lado, dada la antigüedad de la mayoría de normas que regulan la inscripción en el Registro deBuques, las que se encuentran contenidas todavía en elReglamento de Inscripciones de 1936, resulta necesa- ria la aprobación de nuevas disposiciones reglamenta- rias, a cuyo efecto resulta conveniente encargar a laComisión aludida en el considerando anterior, la elabora-ción del proyecto de modificación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en los literales v) y w) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Su- prema Nº 135-2002-JUS y el artículo 112º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la SUNARP, apro-bado por Resolución Suprema Nº 139-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir una Comisión encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de Inscripciones delRegistro de Naves, la misma que estará integrada porlos siguientes funcionarios: - Nélida Palacios León, Asesora de la Gerencia Regis- tral de la SUNARP, quien la presidirá. - Nora Mariela Aldana Durán, Vocal del Tribunal Regis- tral. - Oswald Ayarza Gómez, Registrador Público de la Zona IX. - Javier Eduardo Gómez de la Torre Briceño, Regis- trador Público de la Zona IX. Artículo 2º.- Encargar a la Comisión a que se refiere el artículo anterior, la elaboración del proyecto de modifi-cación de la Sección Sétima del Reglamento de Inscrip-ciones de 1936.Artículo 3º.- La Comisión a que se refiere el artículo 1º, entregará los proyectos de Reglamento del Registrode Naves y de modificación de la Sección Sétima delReglamento de Inscripciones de 1936, en el plazo de 60 días hábiles contados desde su instalación. Artículo 4º.- Invitar a todas las instituciones y perso- nas interesadas para hacer llegar sus sugerencias yaportes respecto a los contenidos a tener en cuenta enla elaboración del referido Reglamento. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALD CÁRDENAS KRENZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos (e) 04836 SUNAT Establecen inaplicación del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central establecido por el D. Leg. N” 940 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 055-2005/SUNAT Lima, 4 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legis- lativo Nº 940, aprobado por Decreto Supremo Nº 155-2004-EF, establece un Sistema de Pago de Obligaciones Tributariascon el Gobierno Central, cuya finalidad es generar fondos, através de depósitos realizados por los sujetos obligados en lascuentas abiertas en el Banco de la Nación, destinados a ase- gurar el pago de las deudas tributarias, costas y gastos admi- nistrativos del titular de dichas cuentas; Que el artículo 13º del citado TUO dispone que la SUNAT designará los bienes y servicios a los que será de aplicaciónel referido Sistema de Pago, entre otros aspectos, habién-dose emitido al respecto la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias; Que mediante Resoluciones de Superintendencia Núms. 003-2005/SUNAT y 010-2005/SUNAT se dispu-so la inaplicación temporal del mencionado Sistema dePago a la venta de animales vivos, carnes y despojoscomestibles, abonos, cueros y pieles de origen animal; Que por Decreto Supremo Nº 007-2005-AG se constituyó una Comisión Técnica Multisectorial encar-gada de analizar y proponer soluciones a la situación delsector pecuario respecto de la tasa del Impuesto Gene-ral a las Ventas y el Sistema de Pago de ObligacionesTributarias con el Gobierno Central, en coordinación con los representantes de los sectores públicos y privados involucrados en dicho tema; En uso de las facultades conferidas por el artículo 13º del TUO del Decreto Legislativo Nº 940 y de conformidad con elartículo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y normas modifica-torias y el inciso q) del artículo 19º del Reglamento de Organi- zación y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Su- premo Nº 115-2002-PCM y norma modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INAPLICACIÓN TEMPORAL DEL SIS- TEMA DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CON EL GOBIERNO CENTRAL Excepcionalmente, hasta el 30 de setiembre de 2005, no se aplicará el Sistema de Pago de Obligaciones Tributariascon el Gobierno Central a que se refiere el Texto ÚnicoOrdenado del Decreto Legislativo Nº 940, aprobado por Decreto Supremo Nº 155-2004-EF, con relación a los ani- males vivos, carnes y despojos comestibles, abonos, cue-ros y pieles de origen animal comprendidos en los numera-les 8, 9 y 10 del Anexo 2 de la Resolución de Superintenden-cia Nº 183-2004/SUNAT y normas modificatorias. Artículo 2º.- DEROGATORIAS Derógase las Resoluciones de Superintendencia Núms. 003-2005/SUNAT y 010-2005/SUNAT, a partir dela vigencia de la presente norma.