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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2005 (05/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

PÆg. 288523 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de marzo de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTOS: En Sesión de Concejo celebrada en la fecha, el Informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica Nº 137-2005- GAJ-GG/MDSA, el Informe Nº 069-2005-GA-GG/MDSA emitido por la Gerencia de Administración, y el Informe Nº017-2005-GDS-GG/MDSA, presentado por la Gerencia deDesarrollo Económico y Social que en su conjunto constitu-yen el Informe Técnico Legal que dispone el Art. 20º delTexto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, en virtud del cual se solicita la expedición del Acuerdo de Concejo que autorice laDeclaratoria de la Situación de Desabastecimiento Inminen-te para el Suministro de Insumos Alimenticios para el Pro-grama del Vaso de Leche del distrito de Santa Anita; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 es-tablece que las Municipalidades Provinciales, Distritales ylas delegadas conforme a Ley, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competen- cia. Corresponde al Concejo las funciones normativas yfiscalizadoras y a la Alcaldía las funciones ejecutivas; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 053-2004-MDSA de fecha 7 de diciembre de 2004 se aprobó el Presu-puesto Institucional de la Municipalidad de Santa Anita para el año fiscal 2005; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0616-2004- ALC/MDSA de fecha 15 de diciembre de 2004 se desig-nó al Comité Especial encargado de conducir el procesode selección para la Adquisición de Insumos Alimenti-cios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipa- lidad de Santa Anita, correspondiente al ejercicio 2005; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 057-2004-MDSA de fecha 30 de diciembre de 2004 se autorizó al Alcaldede la Municipalidad de Santa Anita a considerar en elPresupuesto Institucional de apertura del año fiscal 2005,el nuevo monto de S/. 2´600,146.00 como transferencia del Programa del Vaso de Leche, tal como fue señalado por el Oficio Circular Nº 019-2004-EF/76.15.2 del Minis-terio de Economía y Finanzas; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 0022-2005-ALC/ MDSA de fecha 6 de enero de 2005 se aprobó el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones de la Munici- palidad de Santa Anita para el ejercicio fiscal 2005; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0049-2005- ALC/MDSA de fecha 12 de enero de 2005 se aprobó elexpediente para la Adquisición de Insumos Alimenticiospara el Programa del Vaso de Leche de conformidad conel artículo 38º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0062-2005- ALC/ MDSA de fecha 13 de enero de 2005 se aprobaronlas bases y la convocatoria de la Licitación Pública Nº0001-2005-CE/MDSA para la Adquisición de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche; Que, de acuerdo al calendario del proceso de selec- ción, los adquirentes de Bases formularon consultas yaclaraciones a las bases, las mismas que fueron ab-sueltas dentro del plazo establecido en las Normas deContratación y Adquisición del Estado; Que, los participantes del mencionado proceso de se- lección formularon observaciones a las bases, las mismasque fueron absueltas conforme lo dispone la normatividadvigente, quedando integradas las Bases como reglas defi-nitivas del proceso el día 8 de febrero de 2005; Que, el día 15 de febrero de 2005 se llevó a cabo el acto público de presentación de propuestas, habiéndo- se presentado para el Ítem Nº 1 Leche Evaporada Ente-ra en tarros de 410 gr. Un solo postor y para el Ítem Nº 2Cereal Enriquecido Tres postores; Que, el día 18 de febrero de 2005 en acto público de otorgamiento de la Buena Pro, el Comité Especial otorgó la Buena Pro en el Ítem Nº 1 al Consorcio conformado por las Empresas: G & D CORPORACIÓN DE NEGO-CIOS LACTEOS - CORLAC S.A. / NUTRIAL S.A.C. ydeclaró Desierto el Ítem Nº 2 por no haber quedado vá-lida ninguna propuesta; Que, el día 21 de febrero de 2005, el Tribunal de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado mediante Resolu- ción Nº 154/2005.TC-SU dispone sancionar a la empresaG & D CORPORACIÓN DE NEGOCIOS LACTEOS -CORLAC S.A. con un año de suspensión en su derechode participar en procesos de selección y contratar con el Estado, sanción que tiene vigencia a partir del día siguien-te de notificada la Resolución mencionada; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 187-2005- ALC/MDSA de fecha 1 de marzo de 2005, se declaró nulo el otorgamiento de la Buena Pro dado al consorcioconformado por las Empresas: G & D CORPORACIÓNDE NEGOCIOS LACTEOS - CORLAC S.A. / NUTRIALS.A.C y por consiguiente se declaró desierto el Ítem Nº 1Leche Evaporada Entera en tarros de 410 gr.; Que, con respecto al Ítem Nº 2 el participante Productos Alimenticios del Perú Sanitarias S.R.L. - PROALPESA pre-sentó Recurso de Apelación contra el acto de evaluación ycalificación de propuestas donde se resolvió la descalifica-ción de la mencionada empresa, sin embargo ésta no cum-plió con pagar la tasa correspondiente de conformidad con el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad por lo que fue declarado inadmisible el recursopresentado, según Resolución de Alcaldía Nº 197-2005-ALC/MDSA de fecha 2 de marzo de 2005; Que, de acuerdo al informe emitido por la Gerencia de Administración se señala que el aprovisionamiento de Leche Evaporada Entera está asegurada hasta el 18 de marzo de 2005 y de Hojuela de Cebada con QuinuaFortificada hasta el día 11 de marzo de 2005; Que, como consecuencia de lo mencionado en los párrafos anteriores, se debe proceder a una SegundaConvocatoria de la Licitación Pública Nº 0001-2005-CE/ MDSA, que de acuerdo a los plazos señalados en las Normas de Contratación y Adquisición del Estado inclu-yendo la suscripción de los contratos respectivos y losposibles recursos impugnativos que se puedan presen-tar, esto puede acarrear que el plazo de culminaciónllegue hasta 90 días calendario; Que, la paralización o interrupción de los suministros alimenticios para el Programa del Vaso de Leche afecta-ría gravemente a la salud de miles de niños, madresgestantes y demás beneficiarios de este programa asis-tencial a cargo de la Municipalidad; Que, el inciso "c" del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado mediante Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonera-dos de los procesos de Licitación Pública, Concurso Públi-co o Adjudicación Directa las adquisiciones que se realicenen Situación de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con las normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, establece que por Situación de Desabasteci-miento Inminente se considera aquella situación extra- ordinaria e imprevisible en la que la ausencia de deter- minado bien, servicio u obra compromete en forma direc-ta e inminente la continuidad de las funciones, servicios,actividades u operaciones productivas que la Entidad tie-ne a su cargo de manera esencial. Dicha situación facultaa la Entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar acabo el proceso de selección que corresponda; Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, establece que la Entidad efectuará las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor,cuya propuesta cumpla con las características ycondiciones establecidas en las bases, la misma quepodrá ser obtenida por cualquier medio de comunica-ción, incluyendo el facsímil y el correo electrónico. La adquisición o contratación del bien, servicio u obra obje- to de la exoneración, será realizada por la dependenciaencargada de las adquisiciones y contrataciones de laEntidad o el órgano designado para tal efecto; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrata- ciones a que se refiere el artículo 19º deberá ser aproba-da mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso delos Gobiernos Locales; Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situa- ción de Desabastecimiento Inminente conforme con lo establecido en el artículo 21º del Texto Único Ordenadode la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado y el artículo 141º de su Reglamento por lo