Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2005 (05/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, sabado 5 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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EL CONCEJO DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: En Sesion de Concejo celebrada en la fecha, el Informe de la Gerencia de Asesoria Juridica Nº 137-2005GAJ-GG/MDSA, el Informe Nº 069-2005-GA-GG/MDSA emitido por la Gerencia de Administracion, y el Informe Nº 017-2005-GDS-GG/MDSA, presentado por la Gerencia de Desarrollo Economico y Social que en su conjunto constituyen el Informe Tecnico Legal que dispone el Art. 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en virtud del cual se solicita la expedicion del Acuerdo de Concejo que autorice la Declaratoria de la Situacion de Desabastecimiento Inminente para el Suministro de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche del distrito de MORDAZA Anita; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 053-2004-MDSA de fecha 7 de diciembre de 2004 se aprobo el Presupuesto Institucional de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA para el ano fiscal 2005; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0616-2004ALC/MDSA de fecha 15 de diciembre de 2004 se designo al Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de seleccion para la Adquisicion de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, correspondiente al ejercicio 2005; Que, con Acuerdo de Concejo Nº 057-2004-MDSA de fecha 30 de diciembre de 2004 se autorizo al MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA a considerar en el Presupuesto Institucional de apertura del ano fiscal 2005, el MORDAZA monto de S/. 2´600,146.00 como transferencia del Programa del Vaso de Leche, tal como fue senalado por el Oficio Circular Nº 019-2004-EF/76.15.2 del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, con Resolucion de Alcaldia Nº 0022-2005-ALC/ MDSA de fecha 6 de enero de 2005 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA para el ejercicio fiscal 2005; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0049-2005ALC/MDSA de fecha 12 de enero de 2005 se aprobo el expediente para la Adquisicion de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de conformidad con el articulo 38º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0062-2005ALC/ MDSA de fecha 13 de enero de 2005 se aprobaron las bases y la convocatoria de la Licitacion Publica Nº 0001-2005-CE/MDSA para la Adquisicion de Insumos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche; Que, de acuerdo al calendario del MORDAZA de seleccion, los adquirentes de Bases formularon consultas y aclaraciones a las bases, las mismas que fueron absueltas dentro del plazo establecido en las Normas de Contratacion y Adquisicion del Estado; Que, los participantes del mencionado MORDAZA de seleccion formularon observaciones a las bases, las mismas que fueron absueltas conforme lo dispone la normatividad vigente, quedando integradas las Bases como reglas definitivas del MORDAZA el dia 8 de febrero de 2005; Que, el dia 15 de febrero de 2005 se llevo a cabo el acto publico de MORDAZA de propuestas, habiendose presentado para el Item Nº 1 Leche Evaporada Entera en tarros de 410 gr. Un solo postor y para el Item Nº 2 MORDAZA Enriquecido Tres postores; Que, el dia 18 de febrero de 2005 en acto publico de otorgamiento de la Buena Pro, el Comite Especial otorgo la Buena Pro en el Item Nº 1 al Consorcio conformado por las Empresas: G & D CORPORACION DE NEGOCIOS LACTEOS - CORLAC S.A. / NUTRIAL S.A.C. y declaro Desierto el Item Nº 2 por no haber quedado valida ninguna propuesta; Que, el dia 21 de febrero de 2005, el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado mediante Resolucion Nº 154/2005.TC-SU dispone sancionar a la empresa G & D CORPORACION DE NEGOCIOS LACTEOS CORLAC S.A. con un ano de suspension en su derecho

de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, sancion que tiene vigencia a partir del dia siguiente de notificada la Resolucion mencionada; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 187-2005ALC/MDSA de fecha 1 de marzo de 2005, se declaro nulo el otorgamiento de la Buena Pro dado al consorcio conformado por las Empresas: G & D CORPORACION DE NEGOCIOS LACTEOS - CORLAC S.A. / NUTRIAL S.A.C y por consiguiente se declaro desierto el Item Nº 1 Leche Evaporada Entera en tarros de 410 gr.; Que, con respecto al Item Nº 2 el participante Productos Alimenticios del Peru Sanitarias S.R.L. - PROALPESA presento Recurso de Apelacion contra el acto de evaluacion y calificacion de propuestas donde se resolvio la descalificacion de la mencionada empresa, sin embargo esta no cumplio con pagar la tasa correspondiente de conformidad con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad por lo que fue declarado inadmisible el recurso presentado, segun Resolucion de Alcaldia Nº 197-2005-ALC/ MDSA de fecha 2 de marzo de 2005; Que, de acuerdo al informe emitido por la Gerencia de Administracion se senala que el aprovisionamiento de Leche Evaporada Entera esta asegurada hasta el 18 de marzo de 2005 y de Hojuela de Cebada con Quinua Fortificada hasta el dia 11 de marzo de 2005; Que, como consecuencia de lo mencionado en los parrafos anteriores, se debe proceder a una MORDAZA Convocatoria de la Licitacion Publica Nº 0001-2005-CE/ MDSA, que de acuerdo a los plazos senalados en las Normas de Contratacion y Adquisicion del Estado incluyendo la suscripcion de los contratos respectivos y los posibles recursos impugnativos que se puedan presentar, esto puede acarrear que el plazo de culminacion llegue hasta 90 dias calendario; Que, la paralizacion o interrupcion de los suministros alimenticios para el Programa del Vaso de Leche afectaria gravemente a la salud de MORDAZA de ninos, madres gestantes y demas beneficiarios de este programa asistencial a cargo de la Municipalidad; Que, el inciso "c" del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con las normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Desabastecimiento Inminente se considera aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo 19º debera ser aprobada mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales; Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situacion de Desabastecimiento Inminente conforme con lo establecido en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141º de su Reglamento por lo

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