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PÆg. 289301 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de marzo de 2005 Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Re- gistro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 05850 Exoneran de proceso de selección co- rrespondiente la adquisición de suministros para la impresión del DNI RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 352-2005-GAJ/RENIEC Lima, 11 de marzo de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 343-2005-GPP/RENIEC, emiti- do por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, los Informes Nºs. 159 y 244-2005-GAJ/RENIEC, emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 044-2005-GP/SGP/RENIEC; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 044-2005-GP/SGP/RE- NIEC, la Subgerencia de Procesamiento de la Gerencia de Procesos manifiesta que el contrato de impresión y acabados del DNI, suscrito con el contratista, culmina improrrogablemente el 22 de marzo del presente año, fecha a partir de la cual y hasta que se otorgue la Buena Pro del Concurso Público del Servicio de Impresión y Acabado del DNI, el RENIEC imprimirá la totalidad de los DNI, en tanto que durante la ejecución del nuevo servi- cio de impresión, asumirá un tercio de la totalidad deimpresión del DNI; Que, con tal finalidad, se advirtió que los suministros de impresión de DNI (papel de seguridad y filminas) mantenidos en stock permitirán la impresión de DNI hasta el 30 de abril del presente año, precisándose que los procesos de selección destinados a la Contratación del Servicios de impresión y acabado del DNI, así como el de Adquisición de suministros de seguridad para el DNI (papel y filmina) culminarían a fines de junio del presente año, y de presentarse eventualidades (recursos impug- nativos, tiempo de implementación, etc) culminarían a fines de julio del presente año; Que, conforme a la demanda presentada en los últi- mos tres meses, el promedio mensual de DNI emitidos es de 428,507, habiendo rebasado las proyecciones mensuales y por tanto la proyección anual, por lo cual, se producirá un desabastecimiento inminente de suminis- tros para la emisión del DNI, requiriéndose de ciento cinco mil ciento sesenta y uno (105,161) planchas de papel de seguridad, así como un millón (1´000,000) de Filminas; Que, a través del Informe Nº 159-2005-GAJ/RENIEC, la Gerencia de Asesoría Jurídica expresa que conforme a las estimaciones efectuadas por la Gerencia de Proce- sos durante el período comprendido entre los meses de mayo a julio de 2005, no se contaría con los suministros necesarios para la impresión del DNI, corriendo el ries- go de un desabastecimiento inminente que puede pro- ducir un gran perjuicio en la atención y servicio al ciuda- dano al no ser posible la impresión y emisión del Docu- mento Nacional de Identidad; Que, al respecto, mediante Acta Nº 18-2005, el Co- mité Técnico Económico del RENIEC, luego de la eva- luación y análisis correspondiente, concluyó por unani- midad recomendar a la Jefatura Nacional la adquisición de los insumos del DNI mediante la acción de exonera- ción del proceso de selección correspondiente; Que, a través del Informe Nº 169-2005-SGLG-GAD/ RENIEC la Subgerencia de Logística hace saber que efectuado el estudio de mercado a fin de determinar el valor referencial de la adquisición, producto de la exo- neración por causal de desabastecimiento inminente, los proveedores consultados indican que no es posi-ble atender la cantidad de papel de seguridad requeri- da, esto es 105, 161 planchas de papel de seguridad, por considerar que el pedido mínimo que atienden los fabricantes es en cantidades superiores, por lo cual se reformuló el requerimiento incrementando la canti- dad de planchas de seguridad a 237,738, cantidad que podrían atender los proveedores, sin modificar la cantidad de filminas; Que, ante tal situación, la Gerencia de Asesoría Ju- rídica manifiesta que si la cantidad indicada de 237,738 planchas de papel de seguridad es la mínima para que el fabricante pueda atender el pedido del proveedor y con- secuentemente cubrir el período de desabastecimiento, lo cual reduciría el costo unitario del insumo produciendo un beneficio económico a la Entidad, resulta justificable el incremento de la cantidad requerida, más aún si se tiene en consideración que de conformidad con el Ar- tículo 141º del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado no se podrá in- vocar la causal de desabastecimiento inminente en su- puesto como en vía de regularización, por períodos con- secutivos y que excedan el lapso del tiempo requerido para paliar la situación, y para satisfacer necesidades anteriores a la fecha de aprobación de la exoneración al proceso de selección; Que, la situación presentada no se encuentra dentro de tales supuestos, toda vez que si bien es cierto la cantidad a adquirir será mayor a la requerida para cubrir el lapso del desabastecimiento, ésta no proviene de un período consecutivo y será reducida de la cantidad a adquirir a través del proceso de selección correspon- diente; Que, en este orden de ideas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 21º del Texto Único Or- denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, así como en el Artículo 141º de su Regla- mento, están exonerados del proceso de selección que corresponda, las adquisiciones o contratacio- nes que se realicen cuando se haya producido una situación de desabastecimiento inminente, extraordi- naria e imprevisible en la que la ausencia de determi- nado bien, servicios u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones de la entidad; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, en uso de las facultades conferidas en el artí- culo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institu- ción; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente, ante la exis- tencia de una situación de desabastecimiento inmi- nente, para la adquisición de suministros para la im- presión del DNI, por una cantidad de doscientos trein- ta y siete mil setecientos treinta y ocho (237,738) planchas de papel de seguridad, así como un millón (1´000,000) de Filminas, por el monto total de S/. 1'144,326.58 (un millón ciento cuarenta y cuatro mil trescientos veintiséis y 58/100 nuevos soles), con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Di- rectamente Recaudados. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Admi- nistración a través de la Subgerencia de Logística, efec- tuar la adquisición ejecutando las acciones inmediatas que correspondan. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano y el SEA- CE, así como la remisión a la Contraloría General de la República de copia de la misma y de los informes que la sustentan, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así como la publicación en la página web de la entidad en coordinación con la Subje- fatura Nacional. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 05849