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PÆg. 289310 NORMAS LEGALES Lima, sábado 19 de marzo de 2005 servicios de publicidad quedando exenta de sustentar o fundamentar su decisión de exonerar del proceso de selección respectivo para la contratación de dichos ser- vicios (por servicios personalísimos), puesto que el aná- lisis respectivo ya habría sido realizado por el legislador de la norma contenida en el penúltimo párrafo del Art. 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre- mo Nº 084-2004-PCM (en adelante el Reglamento). 4.- Mediante Resolución R. Nº 0106-2005-UNFV, de fecha 01.02.2005, se exoneró a la UNFV del proceso de selección del Concurso Público Nº 0007-2005-UNFV - “Servicio de Publicidad para Admisión Ordinaria y de Post Grado”, de conformidad con el literal f) del Art. 19º de la Ley, por el valor referencial de S/. 769,657.00 Nue- vos Soles. 5.- Con Oficio Nº 276-2005-OCLSA-UNFV, con fe- cha de recepción 11.03.2005, el Jefe de la Oficina Cen- tral de Logística y Servicios Auxiliares remite el Informe Nº 053-2005-OPPS-OCLSA-UNFV, del 09.03.2005, emi- tido por el Jefe de la Oficina de Planeamiento de los Procesos de Selección, solicitando se aclare el Artículo Primero, Segundo y Tercero de la Resolución R. Nº 0106- 2005-UNFV. FUNDAMENTACIÓN1.- El Art. 27º del Reglamento de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decre- to Supremo Nº 084-2004-PCM, establece respecto a la modificación del Plan Anual: “(…) Se modifica el Plan Anual cuando: 1) Se tenga que incluir o excluir procesos de selec- ción; o, 2) Se modifique la cantidad prevista de bienes, servi- cios u obras en más de veinticinco por ciento del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección.(…)” (el subrayado es nuestro). Por lo preceptuado en la norma antes referida, la acla- ración solicitada del Artículo Primero de la Resolución R. Nº 0106-2005-UNFV, en el extremo en que se consigna el valor referencial de S/.769,657.00 Nuevos Soles, por el de S/.394,299.95, no supone una modificación del Plan Anual 2005 de la UNFV, toda vez que el cambio solicita- do del valor referencial, no modifica el tipo de proce- so de selección de Concurso Público que se señala en el Plan Anual , de conformidad con los montos apro- bados para la determinación de los procesos de selec- ción establecidos en el Art. 11º de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; siendo esto así, es procedente la modificación del valor referencial solicitada por la Oficina de Planeamien- to de los Procesos de Selección. 2.- Respecto a la solicitud de incluir en el Artículo Segundo de la Resolución R. Nº 0106-2005-UNFV, la estructura de costos que involucra contratar los servi- cios de publicidad con diversos medios de comunica- ción, de acuerdo al estudio de mercado que se refiere, para el proceso de Admisión Ordinaria y de Post Grado, correspondiente al año 2005, es procedente, conforme al detalle que se consigna en el Informe Nº 053-2005- OPPS-OCLSA-UNFV, del 09.03.2005, emitido por el Jefe de la Oficina de Planeamiento de los Procesos de Selec- ción de la Oficina Central de Logística y Servicios Auxi- liares. 3.- Respecto a la Dependencia encargada de notifi- car el Informe Técnico y Legal que sustenta la exonera- ción que autoriza la Resolución R. Nº 0106-2005-UNFV, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloría General de la República, de conformidad con el párrafo in fine del Art. 20º de la Ley, autorícese a la Oficina de Planeamiento de los Procesos de Selección, con el visto bueno del Jefe de la Oficina Central de Logística, remitir dicha información, por con- siguiente deberá aclararse el Artículo Tercero de Reso- lución R. Nº 0106-2005-UNFV, en este extremo. Estando a la opinión de la Oficina Central de Aseso- ría Jurídica contenida en Informe Legal Nº 0226-2005- OCAJ-UNFV de fecha 14.03.05, a lo dispuesto por elSeñor Rector en Proveído Nº 818-2005-R-UNFV, de fe- cha 15.03.2005; y de conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850-Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobados por Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, Ar- tículo 201º de la Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General y en uso de las atribuciones con- feridas por la Ley Nº 23733-Ley Universitaria, el Estatu- to, el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Primero de la Resolución R. Nº 0106-2005-UNFV, que exoneró a la Universidad Nacional Federico Villarreal del proceso de selección del Concurso Público Nº 0007-2005-UNFV - “Servicio de Publicidad para Admisión Ordinaria y de Post Grado” , en el extremo que consigna el valor refe- rencial a exonerar, conforme al siguiente detalle: DICE:“Artículo Primero.- Exonerar a la Universidad Nacio- nal Federico Villarreal (…) por un valor referencial de S/.769.657.00 (SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUE- VOS SOLES) (…)”. DEBE DECIR:“Artículo Primero.- Exonerar a la Universidad Nacional Federico Villarreal (…) por un valor referencial de S/.394,299.95 (TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE Y 95/100 NUEVOS SOLES) (…)”. Artículo Segundo.- Modifíquese el Artículo Segundo de la Resolución R. Nº 0106-2005-UNFV, por consiguien- te, inclúyase la descripción básica de los gastos en servi- cios de publicidad en que incurrirá la Universidad Nacional Federico Villarreal en el proceso de Admisión Ordinaria y de Post Grado de la UNFV para el año 2005. Medio de Comunicación Pre Grado Post Grado T otal El Comercio 64,530.97 75,297.88 139,828.85 Correo 23,877.98 13,194.72 37,072.70 La República 40,996.96 33,215.17 74,212.13 Radio RPP 51,051.00 30,630.60 81,681.60 Radio Moda 42,223.10 —— 42,223.10 Radio CPN —— 10,210.20 10,210.20 Canal N —— 9,071.37 9,071.37 Total 222,680.01 171,619.94 S/.394,299.95 Artículo Tercero.- Modifíquese el Artículo Tercero de la Resolución R. Nº 0106-2005-UNFV, precisándose que la Oficina de Planeamiento de los Procesos de Selección, con el visto bueno del Jefe de la Oficina Central de Logís- tica y Servicios Auxiliares, se encargará de notificar la re- ferida resolución y el informe técnico y legal que la sustenta al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y a la Contraloría General de la República, de con- formidad con el párrafo in fine del Art. 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Artículo Cuarto.- Disponer que la Secretaría Gene- ral de la Universidad, tramite la publicación de la presen- te resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco días siguientes de su expedición. Artículo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, así como la Oficina Central de Logística y Servicios Auxi- liares, dictarán las medidas necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector PATRICIA VELASCO VALDERAS Secretaria General 05780