Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2005 (23/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2005

lidad Distrital de Yanaquihua, Prov. de Condesuyos, Dpto. de MORDAZA, habria incurrido en omision a sus funciones senaladas en el Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, Reglamento de Inscripciones del RENIEC; Que, de los informes del visto se desprende que la citada registradora habria efectuado adiciones al Acta de Defuncion Nº 00237794 del Libro correspondiente al ano 2001, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA ANTACHOQUE, fallecimiento que se produjo el 07 de marzo del 2001 e inscrito el 27 de marzo del 2001; siendo estas adiciones en cuanto a la identidad, firma y huella dactilar del declarante, MORDAZA del Acta que se encontraban en blanco; Que, del Acta de Verificacion de fecha 19 de marzo del 2004, se colige que MORDAZA MORDAZA MORDAZA TORRICOS, Jefa de la Oficina de Registro Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Yanaquihua, no solo admitio y efectuo una inscripcion fuera del plazo establecido, si no que en forma indebida incorporo datos de supuesto declarante, lo que contraviene la normatividad registral vigente; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio suficiente de la comision de presuntos delitos contra la Administracion Publica, en la modalidad de retardo y omision de actos funcionales, conducta tipificada en el articulo 377º del Codigo Penal vigente, y contra la Fe Publica en agravio de los Registros Civiles y del RENIEC; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA TORRICOS; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º. Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA TORRICOS, por la comision de presunto delito Contra la Administracion Publica, en la modalidad de omision y retardo de actos funcionales y contra los que resulten responsables por delito contra la Fe Publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º. Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 05857

por las Oficinas de Registro Civil de las Municipalidades Provincial de Huamanga - MORDAZA y Distrital de Combapata - MORDAZA, respectivamente; Que, luego de la verificacion realizada por la Subgerencia de Procesamiento, se concluye que los citados ciudadanos pretendieron obtener tramite rectificatorio sustentando su propuesta registral con Partidas de Nacimiento falsas, tal como se aprecia de los documentos del visto; Que, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente, dado que no solo se ha insertado datos falsos, sino que ademas se ha hecho uso de un documento falso, como si fuera verdadero, afectando la seguridad y funcionabilidad del registro; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, por la comision de presunto delito Contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 05858

Precisan contenido de articulos de la R.J. Nº 348-2005-JEF/RENIEC, sobre contratacion de aumento de carga y cambio en el nivel de tension
RESOLUCION JEFATURAL Nº 416-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 18 de marzo de 2005

RESOLUCION JEFATURAL Nº 339-2005-JEF/RENIEC
MORDAZA, 25 de febrero de 2005 Visto, los Informes Nº 25, 043-2005-GP/SGP/RENIEC y el Informe Nº 217-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 23 de febrero del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Procesamiento de la Gerencia de Procesos, en su permanente labor fiscalizadora, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad para el procedimiento registral, se presentaron al Registro a solicitar tramite de rectificacion de su inscripcion, para lo cual adjuntaron como documento de sustento las Partidas de Nacimiento Nºs. 759 y 53, expedidas supuestamente

VISTO: las Resoluciones Jefaturales Nº 863-2004JEF/RENIEC y Nº 348-2005-JEF/RENIEC, y el Informe Nº 277-2005-GAJ/RENIEC de fecha 16 de marzo del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Jefatural Nº 863-2004JEF/RENIEC de fecha 29 de diciembre del 2004, se exonero de la Adjudicacion Directa Selectiva, por la causal de servicio que no admite sustituto, para la contratacion del servicio de aumento de carga a 500 kw y cambio en el nivel de tension a 10 kv del inmueble ubicado en la Av. Paseo de la Republica Nº 3505, distrito de San MORDAZA MORDAZA, por el plazo de un ano, por un monto total de S/. 30.816.26 por la fuente de financiamiento de recursos Directamente Recaudados; Que, dicha exoneracion se sustento a traves de lo senalado en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Regla-

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