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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2005 (23/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G35/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de marzo de 2005 mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM; Que, sin embargo el CONSUCODE a través del Ofi- cio Nº E 136-2005/GTN/MON hace de conocimiento de la entidad, la necesidad de adecuar dicho acto administra- tivo a las nuevas normas de contratación vigentes apartir del 29 de diciembre del 2004, esto es, los DecretosSupremos Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aproba-do por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, respectiva-mente; razón por la cual se expidió la Resolución Jefatu- ral Nº 348-2005 del 11 de marzo del 2005, por la cual se adecua la exoneración al proceso de selección respec-tivo, para la contratación del servicio de aumento decarga a 500 kw y cambio en el nivel de tensión a 10 kvdel inmueble ubicado en la Av. Paseo de la RepúblicaNº 3505, distrito de San Isidro, a la legislación vigente sobre contrataciones y adquisiciones del Estado; Que, tal como se detalla en los considerandos prece- dentes, la referencia legal sobre la cual se basa la Resolu-ción Jefatural Nº 863-2004-JEF/RENIEC ha debido serla vigente a partir del 29 de diciembre del 2004; sin em-bargo, el contenido de la misma se ajusta a lo esta- blecido por el Texto Único Ordenado de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM, así como el Regla-mento de la citada Ley, aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM; Que, el sentido por la cual se emitió la Resolución Jefatural Nº 348-2005-JEF/RENIEC, era la adecuación del contenido de la Resolución Jefatural Nº 863-2004-JEF/RENIEC a la legislación vigente al momento de in-vocación de la causal de exoneración respectiva por loque es necesario expedir una Resolución que establez-ca el real contenido de los artículos 1º, 2º, y 3º de la Resolución Jefatural Nº 348-2005-JEF/RENIEC; Que, el artículo 201º de la Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General - Ley Nº 27444, señala que los erro-res materiales o aritméticos en los actos administrativospueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cual-quier momento, de oficio a instancia de los administrados, siempre y cuando no se altere lo sustancial de su conte- nido ni el sentido de la decisión; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en elartículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de Organización y Funciones de la Institu- ción; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Establézcase que el contenido de los artículos 1º, 2º y 3º de la Resolución Jefatural Nº 348- 2005-JEF/RENIEC, queda redactado de la siguientemanera: “Adecuar el contenido de la Resolución Jefatural Nº 863-2004-JEF/RENIEC, a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, así como al Reglamento de la citadaLey, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,por lo que toda referencia legal señalada en la citadaresolución, deberá entenderse referida a lo regulado por los dispositivos antes mencionados”. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como laremisión a la Contraloría General de la República y alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de copia de la misma; así como su publicación tanto en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Con-trataciones del Estado - SEACE, como en la página webde la entidad, en coordinación con la Gerencia de Admi-nistración y la Gerencia de Informática y Estadística,respectivamente. Artículo 3º.- Dejar subsistente lo señalado en la Resolución Jefatural Nº 348-2005-JEF/RENIEC, que nohaya sido modificado por la presente resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06056/G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G69/G6D/G70/G72/G65/G73/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G4E/G49 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 417-2005-JEF/RENIEC Lima, 18 de marzo de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 728-2005-GO/RENIEC emitido por la Ge- rente de Operaciones, el Informe Nº 040-2005-GO/SGID/RENIEC emitido por la Subgerencia de Identificación, el Ofi- cio Nº 341-2005-GPP/RENIEC emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 245-2005-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica yInforme Nº 247-2005-SGLG-GAD/RENIEC emitido por laSubgerencia de Logística de la Gerencia de Administracióndel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; CONSIDERANDO: Que, a través del Informe Nº 040-2005-GO/SGID/ RENIEC, la Subgerencia de Identificación hace de conoci-miento que el proceso de selección destinado a la contra- tación del servicio de impresión de formularios - segun- da convocatoria, ha sido materia de impugnación el día28 de febrero del presente año durante la etapa deconsentimiento de la Buena Pro, situación que generarála carencia de formularios para la emisión del DNI a nivelnacional, por lo que efectuando las estimaciones y pro- yecciones la cantidad requerida para superar el abaste- cimiento inmediato es de 400,000 formularios; Que, mediante el Oficio Nº 728-2005-GO/RENIEC, la Gerencia de Operaciones solicita a la Gerencia deAdministración la atención urgente de la contratación delservicio de impresión de 400,000 formularios para el registro de ciudadanos a fin de emitirles su respectivo Documento Nacional de Identidad; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, en atención a la opinión solicitada por la Gerencia de Administración,mediante el Informe Nº 245-2005-GAJ/RENIEC indicaque la situación expuesta por la Subgerencia de Identifi- cación corresponde a la prevista en el Artículo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, toda vez que la ausencia de los formularios com-promete en forma directa e inminente la continuidad delas funciones, servicios, actividades u operaciones pro-ductivas de la entidad, ya que una de las funciones del RENIEC es la emisión del documento único que acredita la identidad de las personas, cuyo registro se efectúa enel Formulario de Identidad, por lo que su carencia implicala imposibilidad de atención de las propuestas registra-les que dan lugar a la emisión del DNI, en agravio delderecho a la identidad de las personas; Que, a través del Oficio del visto emitido por la Ge- rencia de Planificación y Presupuesto se da cuenta delInforme Nº 198-2005-GPP-SGP/RENIEC de la Subgeren-cia de Presupuesto, en el cual se otorga cobertura pre-supuestal con cargo a Recursos Directamente Recau-dados incorporados en los alcances de la Resolución Jefatural Nº 227-2005-JEF/RENIEC para atender este proceso de desabastecimiento; Que, en este orden de ideas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 21º del Texto Único Ordenado(TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, así como en el Artículo 141º de su Reglamento, están exonerados del proceso de selección que corresponda, las adquisiciones o contrataciones que serealicen cuando se haya producido una situación dedesabastecimiento inminente, extraordinaria e imprevi-sible en la que la ausencia de determinado bien, servi-cios u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones de la entidad; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí- dica, en uso de las facultades conferidas en el artículo 11ºde la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento deOrganización y Funciones de la Institución; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente, ante la existencia de una situación