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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE MARZO DEL AÑO 2005 (23/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G35/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 23 de marzo de 2005 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 05306-RG-05 de la Oficina de Abastecimien-to, sobre declaratoria de Nulidad de Oficio de otorga-miento de Buena Pro - Licitación Pública Nacional Nº 007-2004-UNMSM; CONSIDERANDO:Que mediante el segundo resolutivo de la Resolución Rectoral Nº 04032-R-04 del 27 de agosto de 2004 se conformó el Comité Especial Permanente encargado de llevar a cabo los procesos de selección para la adquisi-ción de víveres y productos alimenticios para los Come-dores Universitarios de la Universidad Nacional Mayorde San Marcos; Que según Acta de fecha 1 de febrero de 2005, el referido Comité Especial Permanente otorga la Buena Pro del ítem Nº 36 "frutas frescas" de la Licitación Públi-ca Nacional Nº 007-2004-UNMSM para el suministro devíveres para los Comedores Universitarios de la Uni-versidad a la Empresa "Distribuidora Yanamayo" de El-mer Gerardo Luna Melgarejo; Que mediante escrito de fecha 16 de febrero de 2005, la Empresa Comercializadora de Alimentos FranciscoGómez Gambini E.I.R.L. solicitó el acceso a los expedien-tes de la Licitación Pública Nacional Nº 007-2004-UN-MSM, así como la copia del Acta de Otorgamiento de laBuena Pro y detalle de las calificaciones otorgadas a las propuestas presentadas al proceso precitado; Que la Empresa Comercializadora de Alimentos Francisco Gómez Gambini E.I.R.L., con fecha 17 defebrero de 2005 presentó una carta indicando que des-pués de haber revisado la documentación del postorganador de la Buena Pro del ítem Nº 36 "frutas frescas" y luego de haber verificado ante la Dirección de Salud Ambiental - DIGESA la "Constancia de Habilitación Hi-giénica Sanitaria" presentada por dicho postor, ha podi-do determinar que el mencionado documento es falso,no presentando ninguna documentación que comprue-be lo manifestado; Que de acuerdo al Principio de Verdad Material de la Ley Nº 27444, la Universidad tiene la obligación de veri-ficar plenamente los hechos que sirven de motivo a susdecisiones; por lo que con fecha 18 de febrero de 2005se solicitó a la Dirección de Salud Ambiental - DIGESAse sirva confirmar la veracidad de la "Constancia de Habilitación Higiénica Sanitaria" presentada por la Em- presa "Distribuidora Yanamayo" de Elmer Gerardo LunaMelgarejo; Que mediante Oficio Nº 1495-2005/DG/DIGESA, la Dirección de Salud Ambiental - DIGESA indica que eldocumento "Constancia de Habilitación Higiénico Sani- taria" de fecha 27 de octubre del 2004 presentada por la empresa "Distribuidora Yanamayo" de Elmer GerardoLuna Melgarejo, es falsa en su contenido y firma, todavez que no ha sido emitida por la Dirección General dedicha entidad y que la firma que se consigna correspon-de a un Director General que cesó en julio de 2004; Que el Artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones faculta al Titular de laEntidad a declarar de oficio la nulidad de un acto adminis-trativo cuando se contravengan las normas legales; Que se ha constatado que la Empresa "Distribuidora Yanamayo" de Elmer Gerardo Luna Melgarejo, ha pre- sentado una copia de una falsa Constancia de Habili- tación Higiénico Sanitaria para obtener de manera inde-bida el Otorgamiento de la Buena Pro del ítem Nº 36"frutas frescas" de la Licitación Pública Nacional Nº 007-2004-UNMSM, contraviniendo así el Principio de Morali-dad contemplado en el Art. 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que mediante Oficio Nº 00765-OGE-OA-2005, la Ofi- cina de Abastecimiento solicita se declare la nulidad deoficio del otorgamiento de la Buena Pro del ítem Nº 36"frutas frescas" otorgado a la Empresa "DistribuidoraYanamayo" de Elmer Gerardo Luna Melgarejo en la Licita- ción Pública Nacional Nº 007-2004-UNMSM, por haber presentado dicho postor copia de una falsa Constanciade Habilitación Higiénica sanitaria para obtener indebida-mente la Buena Pro en dicho Proceso de Selección; Que cuenta con el Informe Nº 097-OGE-VRADM- 2005 de fecha 10 de marzo de 2005 de la Oficina Gene- ral de Economía; Que la Oficina General de Asesoría Legal mediante Informe Nº 354-OGAL-05, por las consideraciones queanteceden recomienda se declare la nulidad del otorga-miento de la Buena Pro y retrotraer el proceso de selec- ción al momento de la calificación técnica, en concor-dancia con lo establecido en el punto 7 de la DirectivaNº 011-2001-CONSUCODE/ PRE; y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rec- tor por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de laUniversidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Declarar de oficio la NULIDAD del Otorgamiento de la Buena Pro del ítem Nº 36 "frutas frescas", otorgadaa la Empresa "Distribuidora Yanamayo" de Elmer Gerar-do Luna Melgarejo; por las consideraciones expuestasen la presente Resolución Rectoral. 2º.- Retrotraer el Proceso de Selección de Licitación Pública Nacional Nº 007-2004-UNMSM en lo que res- pecta al ítem Nº 36 "frutas frescas", al momento de lacalificación técnica. 3º.- Aprobar los puntajes finales obtenidos por las Empresas Postulantes como se indica: LA FRESKITASAC: 91.22 puntos; DISTRIBUIDORA YANAMAYO DE ELMER GERARDO LUNA MELGAREJO: DESCALIFI- CADO; FRANCISCO GOMEZ GAMBINI E.I.R.L.: 95.32puntos; CONSORCIO COMERCIAL ACORIA - TRANS-PORTES LEIVA: 79.21 puntos; HECTOR CARLOS MEN-DOZA RODRÍGUEZ: 89.69 puntos; CORSUGEN SRL:36.74 puntos; y DESEGAL SRL: propuesta desestimada. 4º.- Otorgar la BUENA PRO a la Empresa Comerciali- zadora de Alimentos "Francisco Gómez Gambini E.I.R.L."en el ítem Nº 36 "frutas frescas" de la Licitación PúblicaNacional Nº 007-2004-UNMSM "Suministro de víverespara los Comedores Universitarios". 5º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento la publica- ción de la presente Resolución Rectoral en el Diario Ofi- cial El Peruano dentro de los cinco días siguientes dehaber sido expedida. 6º.- Encargar a la Oficina de Abastecimiento el cumpli- miento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 06047 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 COFOPRI /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G47/G65/G2D /G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G4F/G46/G4F/G50/G52/G49 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 009-2005-COFOPRI/PC Lima, 21 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, comple-mentada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión deFormalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC; Que, la Ley Nº 27594 de fecha 6 de diciembre de 2001, regula la Participación del Poder Ejecutivo en elNombramiento y Designación de Funcionarios Públicosy establece en su artículo 7º que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que co- rresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nue-va designación o nombramiento de los actuales funcio-narios con cargo de confianza no contemplados en elartículo 1º de la precitada Ley; Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-2004- JUS de fecha 19 de febrero de 2004, se designó al señor Carlos Ortiz de Zevallos East, como Gerente Generalde la Comisión de Formalización de la Propiedad Infor-mal - COFOPRI; Que, el señor Carlos Ortiz de Zevallos East hará uso de su descanso vacacional por un período comprendido