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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2005 (24/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 289581 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de marzo de 2005 período comprendido del 25 de febrero al 31 de diciem- bre del 2005; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de di- ciembre del 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria De- creto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al CADETE I AÑO EP PEÑARANDA EVARIS- TO Gustavo Alfonso, para realizar Estudios de Forma- ción de Oficiales en el Colegio Militar de la Nación de la República de Argentina en el período comprendido del 25 de febrero al 31 de diciembre del 2005. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuer- do a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Buenos Aires - Lima US$ 996.40 x 1 persona Compensación Extraordinaria Mensual por Ser- vicio en el Extranjero US$ 500.00 : 28 x 4 días x 1 persona (mes de febre- ro) US$ 500.00 x 10 meses x 1 persona (Por gastos de equipaje, bagaje e instalación ) US$ 500.00 x 2 x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Cadete deberá dar cumpli- miento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002 - 2004 - DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 06164 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 189-2005-DE/EP Lima, 21 de marzo de 2005 Visto, el Oficio Nº 205 DIEDE/SUB DIR PLMTO Y EVAL/DPTO EDUC/a.05.00 del 8 de febrero del 2005, de la Sub Dirección de Planeamiento y Evaluación de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, es conveniente para los intereses Instituciona- les autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios a Brasil al CADETE I AÑO EP CELIZ ROCHA Jean Carlo, con la finalidad de realizar Estudios de Formación deOficiales en la Academia Militar "AGHULAS NEGRAS" de la República Federativa del Brasil, en el período com- prendido del 25 de febrero al 31 de diciembre del 2005; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Fun- cionarios Públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004, Decreto Su- premo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero del 2004 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al CADETE I AÑO EP CELIZ ROCHA Jean Carlo, para realizar Estudios de Formación de Oficiales en la Academia Militar "AGHULAS NEGRAS" de la Re- pública Federativa del Brasil, en el período comprendido del 25 de febrero al 31 de diciembre del 2005. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuer- do a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Río de Janeiro - Lima US$ 1669.40 x 1 persona Compensación Extraordinaria Mensual por Ser- vicio en el Extranjero US$ 500.00: 28 x 4 días x 1 persona (mes de febre- ro) US$ 500.00 x 10 meses x 1 persona (Por gastos de equipaje, bagaje e instalación ) US$ 500.00 x 2 x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la misión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Cadete deberá dar cumpli- miento a lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo Nº 002 - 2004 - DE/SG de fecha 26 de enero del 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 06165 Autorizan viaje de personal militar para participar en misiones de paz de laONU RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 194-2005-DE/CCFFAA Lima, 21 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante el Acta de Acuerdo Bilateral, entre las Repúblicas de Argentina y Perú suscrita por los señores