Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2005 (24/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de marzo de 2005

IN/OCI.OAI.INS "Examen Especial a los Contratos por Servicios No Personales y de Telefonia Movil, correspondiente al periodo JUNIO, MORDAZA y AGOSTO 2004"; y, Que, R.M. Nº 0239-2005-IN-0901 del 8 de febrero del 2005, se designa una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, a fin que califiquen la gravedad de las faltas, pronunciarse sobre la procedencia de instaurar MORDAZA administrativo-disciplinario y recomendar las acciones que MORDAZA de aplicacion por las presuntas irregularidades en que habrian incurrido ex funcionarios y servidores comprendidos en el Informe Nº 020-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.INS; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios hace presente que conforme a lo establecido en el articulo 15º inciso f) de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control, los informes de los organos de control tienen la condicion de prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes; Que, es preciso senalar que los miembros de la indicada Comision Especial han evaluado las condiciones establecidas en el Articulo 151º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, en el INFORME Nº 020-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.INS, se ha senalado presuntas responsabilidades administrativas cometidas por los senores MORDAZA VELASCO MORDAZA, ex Director General de la OGAMIN; MORDAZA LENCH MORDAZA, ex Director General de la OGA-MIN; MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, ex Directora General de la OGA-MIN; MORDAZA FREDDY MORDAZA PERALDO, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGAMIN; MORDAZA MORDAZA FRISANCHO MORDAZA, ex Directora de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA-MIN; por la Observacion Nº 1 "Inexistencia de contratos por servicios de Telefonia Movil, no permite verificar, examinar y comprobar la correcta administracion de este servicio, limitando su evaluacion y control posterior", supuestas faltas tipificadas en el inciso a) del Articulo 21º y en los incisos a) y d) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que, en el INFORME Nº 020-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.INS, se ha senalado presuntas responsabilidades administrativas cometidas por los senores MORDAZA VELASCO MORDAZA, ex Director General de la OGAMIN; MORDAZA LENCH MORDAZA, ex Director General de la OGA-MIN; MORDAZA FREDDY MORDAZA PERALDO, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA-MIN; MORDAZA GAZZO MORDAZA, ex Director de la Oficina de Informatica y Telecomunicaciones-MIN, por la Observacion Nº 2 "La OGAMIN y OFITEL-MIN, han efectuado pagos y asignacion de equipos por Telefonia Movil, respectivamente, inobservando lo establecido en el Art. 14º de la Ley Nº 28128 "Ley de Presupuesto del Sector Publico 2004", sobre medidas de austeridad y racionalidad en el Gasto Publico y Directiva Nº 03-2004-MININTER; ocasionando un mayor gasto de S/. 38,531.67 durante el trimestre junio, MORDAZA y agosto 2004", supuestas faltas tipificadas en el inciso a) del Articulo 21º y en los incisos a) y d) del Articulo 28º del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que, en el INFORME Nº 020-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.INS, se ha senalado presuntas responsabilidades administrativas cometidas por los senores MORDAZA VELASCO MORDAZA, ex Director General de la OGAMIN; MORDAZA LENCH MORDAZA, ex Director General de la OGA-MIN; MORDAZA FREDDY MORDAZA PERALDO, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA-MIN; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA-MIN; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos, y ex Presidenta del Comite Especial Permanente, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, ex Directora de Fiscalizacion y Control de la OGA-MIN, por la Observacion Nº 3 "Pago de honorarios por servicios no personales se efectuaron sin contar con los contratos suscritos por la autoridad competente, durante el periodo junio, MORDAZA y agosto 2004, por un importe de S/. 245,235.32".

Habiendose regularizado en forma posterior mediante Resolucion Directoral Nº 401-2004-IN/0506, del 11.OCT.2004, accionar cuya gravedad de las faltas no ameritan la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario"; Que, sobre la Observacion Nº 3, precisada en el considerando que antecede, los senores funcionarios MORDAZA VELASCO MORDAZA, ex Director General de la OGA-MIN; MORDAZA LENCH MORDAZA, ex Director General de la OGA-MIN, y MORDAZA FREDDY MORDAZA PERALDO, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA-MIN, se encuentran comprendidos en lo dispuesto en el 162º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, y de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, el Reglamento Interno de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario contra los senores: MORDAZA VELASCO MORDAZA, ex Director General de la OGA-MIN; MORDAZA LENCH MORDAZA, ex Director General de la OGAMIN; MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, ex Directora General de la OGA; MORDAZA FREDDY MORDAZA PERALDO, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA-MIN; MORDAZA MORDAZA FRISANCHO MORDAZA, ex Directora de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA-MIN; MORDAZA GAZZO MORDAZA, ex Director de la Oficina de Informatica y Telecomunicaciones-MIN; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Conceder a los senores MORDAZA VELASCO MORDAZA, MORDAZA LENCH MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA FREDDY MORDAZA PERALDO, MORDAZA MORDAZA FRISANCHO MORDAZA, y MORDAZA GAZZO VEGA; el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente Resolucion, a fin de que presenten sus descargos respectivos, de conformidad con el articulo 169º del D.S. Nº 005-90-PCM. Articulo 3º.- De conformidad con el articulo 168º del D.S. Nº 005-90-PCM, los senores, MORDAZA VELASCO MORDAZA, MORDAZA LENCH MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA FREDDY MORDAZA PERALDO, MORDAZA FRISANCHO MORDAZA y MORDAZA GAZZO MORDAZA, pueden tomar conocimiento de los antecedentes del MORDAZA que se encuentran a cargo del Presidente de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios (Secretaria Permanente de la Comision Nacional de Derechos Humanos del MININTER). Articulo 4º.- No instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la OGA-MIN; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Directora de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos, y ex Presidenta del Comite Especial Permanente, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, ex Directora de Fiscalizacion y Control de la OGA-MIN; por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolucion a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, constituida mediante Resolucion Ministerial Nº 02392005-IN-0901 del 8 de febrero del 2005, para que dentro del plazo de ley concluya el MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado a merito de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 06073

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