Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2005 (24/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de marzo de 2005

g) Delegar a la Secretaria Ejecutiva las funciones que considere conveniente. CAPITULO II SECRETARIA EJECUTIVA Articulo 22º.- Conformacion de la Secretaria Ejecutiva La Secretaria Ejecutiva esta conformada de la siguiente manera: - Tres (3) representantes del Ministerio de Salud: el Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, o su representante alterno y los Coordinadores de las estrategias sanitarias de VIH/SIDA y de TBC; - Un (1) representante del Ministerio de Educacion; - Un (1) representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; - Dos (2) representantes de las organizaciones de la sociedad civil; - Un (1) representante de las organizaciones de personas afectadas de TBC; - Un (1) representante de las organizaciones de personas viviendo con VIH/SIDA; - Un (1) representante de las organizaciones de personas afectadas por Malaria. Articulo 23º.- Funciones del Presidente de la Secretaria Ejecutiva de CONAMUSA Corresponde al Presidente coordinar y convocar a la Secretaria Ejecutiva. Ejerce el cargo por un ano, renovable por un periodo adicional, con el acuerdo de la mayoria simple de los miembros de la Asamblea General. Es elegido con el acuerdo de la mayoria simple de los miembros de la Asamblea General, pudiendo recaer en cualquiera de los miembros de la Secretaria Ejecutiva. Articulo 24º.- Sesiones de la Secretaria Ejecutiva La Secretaria Ejecutiva sesiona semanalmente, debiendo elaborar un acta o informe que de cuenta de la agenda tratada y de los acuerdos alcanzados. Articulo 25º.- Quorum La Secretaria Ejecutiva sesiona con la presencia del cincuenta por ciento (50%) mas uno de sus miembros; es decir, seis (6) miembros. Articulo 26º.- Representantes Titulares Solo podran participar en las reuniones de la Secretaria Ejecutiva los representantes titulares y/o sus suplentes debidamente acreditados, mediante carta poder simple suscrita por el representante legal. Los suplentes participan con MORDAZA unicamente en ausencia de su titular. Articulo 27º.- Adopcion de acuerdos La Secretaria Ejecutiva adopta sus acuerdos con el MORDAZA de la mayoria de los asistentes al tiempo de la votacion. El Presidente tiene MORDAZA dirimente en caso de empate. Articulo 28º.- Funciones de la Secretaria Ejecutiva: Son funciones de la Secretaria Ejecutiva: a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. b) Participar en la organizacion y supervisar el Objetivo 5 del Componente VIH/SIDA del Programa Fortalecimiento de la Prevencion y Control del SIDA y Tuberculosis en el Peru. c) Brindar una permanente informacion de la gestion realizada a la Asamblea General y presentar los informes requeridos. d) Delegar al Secretario Ejecutivo las funciones que estime pertinente. e) Velar porque los intereses de los afectados esten siempre presentes. f) Redactar y conservar las actas correspondientes a cada sesion, las que deben ser suscritas por los miembros participantes.

g) Implementar las politicas de la CONAMUSA, mediante estrategias de intervencion conducentes a una gestion eficaz y eficiente, dirigida a lograr sus objetivos. h) Aprobar los planes, informes, directivas y memorias presentados por el Secretario Ejecutivo en relacion al avance de la propuesta programatica y financiera de la CONAMUSA i) Elaborar informes sobre el desarrollo del plan programatico y financiero de la CONAMUSA y presentarlos a la Asamblea General. j) Proponer la politica de retribuciones para los proyectos que apruebe CONAMUSA. k) Proponer mecanismos para aprobar el aval dado a futuros proyectos por parte de CONAMUSA. l) Firmar los contratos y convenios con terceros dentro de los planes y proyectos de la CONAMUSA. m) Ejecutar los planes y directivas aprobados por la Asamblea General. n) Administrar los recursos disponibles para el cumplimiento de los objetivos de la CONAMUSA, siempre que no implique disposicion de fondos. o) Evaluar y vigilar la relacion entre CONAMUSA y los receptores de los proyectos que esta asuma, bajo su responsabilidad. p) Supervisar y evaluar las acciones que realiza el Secretario Ejecutivo y los Comites Tecnicos. q) Monitorear el cumplimiento de los compromisos asumidos por los miembros de la CONAMUSA para la ejecucion de su propuesta programatica y financiera. r) Ejercer funciones de acompanamiento y vigilancia a las relaciones entre los organismos ejecutores de proyectos y el Receptor Principal. s) Establecer y mantener la relacion con los diversos organismos financieros para la aplicacion de nuevos proyectos y la supervision de estos. t) Gestionar los recursos necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la CONAMUSA. u) Recibir y atender los reclamos o denuncias que se presenten en la ejecucion del proyecto del Fondo Global o de cualquier otro proyecto que CONAMUSA maneje en el futuro. v) Representar a la CONAMUSA ante entidades regionales, nacionales e internacionales, por delegacion de la Asamblea General de CONAMUSA. w) Suscribir convenios bilaterales y multilaterales y contratos, por delegacion de la Asamblea General de CONAMUSA. x) Promover y/o fortalecer espacios de la Sociedad Civil tomando como base iniciativas ya existentes en el ambito local, regional o nacional. y) Conducir la formulacion de proyectos especificos para el fortalecimiento de CONAMUSA y de la organizacion de las Personas afectadas por el VIH/Sida, la TBC y la Malaria. z) Generar espacios de autoformacion de CONAMUSA. aa) Otras funciones que le encargue la Asamblea General. Articulo 29º.- Eleccion del Secretario Ejecutivo El Secretario Ejecutivo representa por delegacion a la Secretaria Ejecutiva ante la Asamblea General de la CONAMUSA, correspondiendole ejercer las funciones ejecutivas, segun los acuerdos de la Secretaria Ejecutiva y de la Asamblea General. El Secretario Ejecutivo constituye una instancia de coordinacion entre la Secretaria Ejecutiva y los responsables de los correspondientes proyectos que se promuevan. El Secretario Ejecutivo es elegido por la Asamblea General, pudiendo ejercer el cargo una persona que no represente a alguna de las entidades publicas o privadas que conforman la CONAMUSA. Articulo 30º.- Remocion de cargo El Secretario Ejecutivo podra ser removido del cargo por la Asamblea General, a propuesta de la Secretaria Ejecutiva, por incurrir en alguna de las siguientes causales: a) Atentar contra los intereses de la CONAMUSA. b) Utilizar el cargo o puesto que desempena en la CONAMUSA, para la consecucion de fines personales, politicos, economicos o religiosos.

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