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PÆg. 289576 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de marzo de 2005 1. Señor Guillermo Lavado Rodríguez, Secretario Técnico de la Oficialía Mayor. 2. Señor Hugo Enrique Julio Cortez Torres, Jefe del Departamento de Trámite Documentario Parlamentario. 3. Señora Marisol Rebata Guerra, Técnico en Liquida- ciones del Área de Beneficios y Liquidaciones. 4. Señora María Enith Vela Chapoñan, Técnico en Se- guros del Área de Servicio Médico y Seguros Humanos. Artículo Segundo.- Los Fedatarios designados tienen como función personalísima la descrita en la Ley Nº 27444, así como autenticar copias de resoluciones, expedientes o legajos administrativos y otros documentos emitidos por el Congreso de la República o en poder de éste, cuando lo requieran los trámites ante otras entidades públicas, priva- das o a pedido de los interesados. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República 06126 RESOLUCIÓN Nº 072-2004-2005-P/CR Lima, 21 de marzo de 2005CONSIDERANDO:Que corresponde a cada Entidad designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción docu- mental, en número proporcional a sus necesidades de aten- ción, quienes, sin exclusión de sus labores ordinarias, brin- dan gratuitamente sus servicios a los administrados, de con- formidad con lo establecido en el artículo 127º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; Que mediante la Resolución Nº 068-2004-2005- P/CR se designó como fedatarios del Congreso de laRepública a los servidores Guillermo Lavado Rodríguez, Hugo Enrique Julio Cortez Torres, Marisol Rebata Gue- rra y María Enith Vela Chapoñan; Que resulta necesario para la institución designar un nuevo fedatario; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 32º del Reglamento del Congreso de la República y en el artículo 127º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Designar, a partir de la fecha, como Fedatario del Congreso de la República, al aboga- do Javier Adolfo Ángeles Illmann, Director de la Dirección de Procedimientos Parlamentarios. Artículo Segundo.- El Fedatario designado tiene como función personalísima la descrita en la Ley Nº 27444, así como autenticar copias de resoluciones, expedientes o legajos administrativos y otros documentos emitidos por el Congreso de la República o en poder de éste, cuan- do lo requieran los trámites ante otras entidades públicas, privadas o a pedido de los interesados. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República 06128 Delegan facultades al Cuarto Vicepre- sidente de Congreso de la Repœblicapara expedir resoluciones correspon-dientes a funciones, programas, sub-programas, actividades y proyectos delPresupuesto Institucional RESOLUCIÓN Nº 071-2004-2005-P/CR Lima, 21 de marzo de 2005CONSIDERANDO: Que el Congreso de la República es una persona jurídica de Derecho Público con autonomía normativa, económica y administrativa consagrada por el artículo 94º de la Constitución Política del Estado y el artículo 3º del Reglamento del Congreso de la República; Que mediante Resolución Nº 020-2004-2005-P/CR se delegó en el Cuarto Vicepresidente del Congreso de la República, la expedición de resoluciones vinculadas entre otras, a las que corresponde a funciones, progra- mas, subprogramas, actividades y proyectos del Presu- puesto Institucional conforme a la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; Que la Única Disposición Derogatoria de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dero- gó la Ley Nº 27209, motivo por el cual la delegación de facultades expresada en la Resolución antes citada mere- ce adecuarse a la nueva normatividad; Que el artículo 32º in fine del Reglamento del Congreso establece que los Vicepresidentes reemplazan al Presidente en su orden y asumen las funciones que él les delegue; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3º y 32º del Reglamento del Congreso de la República y el Acuerdo Nº 024-2004-2005/MESA-CR, modificado por el Acuerdo Nº 037-2004-2005/MESA-CR; Con cargo de dar cuenta a la Mesa Directiva; SE RESUELVE: Artículo Único.- Delegar en el Congresista Jorge Samuel Chávez Sibina, Cuarto Vicepresidente del Congreso de la República, durante el presente período anual de sesiones, la expedición de resoluciones correspondientes a funciones, programas, subprogramas, actividades y proyectos del Presupuesto Institucional conforme a la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, salvo las inherentes al Titular del Pliego. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República 06127 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a ex Congresistas para ladevolución de sumas de dinero respecto de las cuales no han cumplido con efec- tuar rendición de cuentas de gastosoperativos RESOLUCIÓN Nº 012-2004-2005-CVP/CR Lima, 23 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que corresponde a los Congresistas en ejercicio percibir mensualmente una cuenta de gastos operativos de conformidad con lo establecido en el artículo 22º del Reglamento del Congreso de la República; Que la rendición de cuentas de Gastos Operativos se realiza en el marco de la Directiva sobre rendición de cuentas de gastos operativos y el Reglamento del Con- greso de la República, los cuales establecen la forma y condiciones en que se debe efectuar dicha rendición; Que de no realizarse tal rendición en el plazo previsto, corresponde a la administración del Congreso efectuar el requerimiento correspondiente, procediendo en algunos casos a iniciar las acciones legales a cargo del Procurador encargado de los asuntos judiciales del Poder Legislativo, debiendo la Dirección de Tesorería y Contabilidad emitir un informe especificando que señores ex Congresistas han omitido con la rendición de cuentas; Que es necesario disponer que el Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Poder Legis- lativo inicie las acciones legales que sean necesarias, a fin de exigir la devolución del dinero, que no fue objeto de la rendición de cuentas de gastos operativos a cargo de los diferentes ex Congresistas;