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PÆg. 289593 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de marzo de 2005 c) No cumplir y acatar las decisiones de los órganos de la CONAMUSA, adoptadas conforme al presente Reglamento. d) En los demás casos que determine la Asamblea General. Artículo 31º.- Funciones del Secretario EjecutivoSon funciones del Secretario Ejecutivo:a) Coordinar con los diferentes actores involucrados en el desarrollo de la propuesta programática y financie- ra de la organización. b) Elaborar, de manera participativa y proponer las directrices de la CONAMUSA, a la Secretaria Ejecutiva y a la Asamblea General. c) Elaborar, de manera participativa, el presupuesto y presentarlo para su aprobación por la secretaria eje- cutiva y la Asamblea General. d) Promover acuerdos interinstitucionales y multisec- toriales, que favorezcan el logro de los objetivos de la CONAMUSA. e) Elaborar la Memoria Anual. f) Contratar los servicios de uno o más profesiona- les, que implementen las decisiones de la Asamblea General y la Secretaria Ejecutiva. g) Elaborar los términos de referencia para las con- sultorías y asesorías de acuerdo a los requerimientos de la organización. h) Por delegación de la Secretaría Ejecutiva, repre- senta a la CONAMUSA; i) Desempeñar las funciones de secretario de actas de la sesión de la Secretaría Ejecutiva y de la Asamblea General de la CONAMUSA. j) Todas las demás que le delegue la Secretaría Ejecutiva. CAPÍTULO III COMITES TÉCNICOS Y CONSULTIVOS Artículo 32º.- Comités Técnicos y Consultivos Los Comités Técnicos y Consultivos son las instancias de asesoría que brindan asistencia especializada desde el punto de vista vivencial, técnico, legal, económico a la Asamblea General y a la Secretaria Ejecutiva, para que las propuestas y actividades de la CONAMUSA se lleven a cabo de manera adecuada y se logren los objetivos institucionales. Artículo 33º.- Composición y designación El número, la especialidad y conformación de los Co- mités Técnicos y Consultivos será acordada por la Asam- blea General, a propuesta de la Secretaría Ejecutiva, en función a las necesidades específicas de cada Proyec- to en que CONAMUSA participe. Los Comités Técnicos y Consultivos están integra- dos por un conjunto de expertos en la temática de traba- jo de la CONAMUSA. Artículo 34º.- La Cooperación Internacional Los representantes de la Cooperación Internacional que participan en la CONAMUSA, conformarán un comi- té consultivo de asesoría permanente. Artículo 35º.- Funciones Son funciones de los Comités Técnicos y Consultivos: a. Asesorar en aspectos normativos-legales, econó- micos, biomédicos, éticos, socioculturales y otros, para que la Secretaría Ejecutiva y la Asamblea General desa- rrolle adecuadamente sus actividades y pueda cumplir con los objetivos trazados. b. Revisar las propuestas planteadas por la Asam- blea General y la Secretaria Ejecutiva, estableciendo recomendaciones. c. Revisar las propuestas técnicas de nuevos proyec- tos y efectuar las recomendaciones pertinentes de modo que estas se enmarquen en los fines de la CONAMUSA. d. Las que establezca la Asamblea General. TÍTULO IV RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 36º.- Relaciones Interinstitucionales El Presidente de la Secretaría Ejecutiva, como re- presentante legal de la CONAMUSA, o el SecretarioEjecutivo por delegación, es el responsable de dirigir y conducir las relaciones interinstitucionales, con la finalidad de alcanzar niveles de institucionalidad de la CONAMUSA y para gestionar nuevos proyectos que permitan consolidar la labor institucional, con cargo a dar cuenta a la Asamblea General. TÍTULO V DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA Para efectos de garantizar su oportuna instalación y operatividad, los cargos de Presidente de la CONAMUSA y de Presidente de la Secretaría Ejecutiva lo ejercen inicialmente, los representantes del MINSA, debidamente acreditados. 06062 Designan Directores en la Dirección de Salud III Lima Norte RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 219-2005/MINSA Lima, 18 de marzo del 2005 Visto el Oficio Nº 340-DG-DISA-III-LN y el Memorán- dum Nº 066-2005-OPP/MINSA; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 746-2004/ MINSA, de fecha 23 de julio de 2004, se designó a don César Augusto Baltazar Mateo, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos de la Dirección de Salud III Lima Norte; Que con Resolución Ministerial Nº 858-2004/MINSA, de fecha 2 de setiembre de 2004, se designó a don Lupo Nilo Vargas Gil, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la Di- rección de Salud III Lima Norte; Que mediante Resolución Ministerial Nº 816-2004/ MINSA, de fecha 18 de agosto de 2004, se designó a doña Claudia Pacheco Rivera, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Oficina Ejecutiva de Administración de la Dirección de Salud III Lima Norte; Que por Resolución Ministerial Nº 858-2004/MIN- SA, de fecha 2 de setiembre de 2004, se designó a don Amador Grover Mejía Osorio, en el cargo de Di- rector de la Oficina de Logística de la Oficina Ejecuti- va de Administración de la Dirección de Salud III Lima Norte; Que resulta conveniente dar término a las citadas designaciones y designar a los profesionales propues- tos; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legisla- tivo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida las designaciones de los funcionarios de la Dirección de Salud III Lima Norte, que se indican, dándoseles las gracias por los servicios prestados: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL Dr. César Augusto BALTAZAR Director Ejecutivo de la Oficina F-4 MATEO Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos Econ. Lupo Nilo VARGAS GIL Director Ejecutivo de la Oficina F-4 Ejecutiva de Planeamiento Estratégico Econ. Claudia PACHECO Directora Ejecutiva de la Oficina F-4 RIVERA Ejecutiva de Administración Ing. Amador Grover MEJÍA Director de la Oficina de Logística F-3 OSORIO de la Oficina Ejecutiva de Admi- nistración