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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MARZO DEL AÑO 2005 (25/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G36/G36/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 25 de marzo de 2005 Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General a través de la Subgerencia de Registro Civil, Gerenciade Administración, Gerencia de Desarrollo Económico ySocial y Subgerencia de Imagen Institucional el cumpli-miento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANI Alcalde 06146 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G6D/G6F/G6C/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4F/G62/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G44/G65/G6D/G6F/G6C/G69/G63/G69/GF3/G6E DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2005-MSS Santiago de Surco, 22 de marzo de 2005 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 118-2005-GIPRI-GIPRI- GCDL-MSS de la Gerencia de Inversión Privada me-diante el cual propone la modificación del Artículo 1ºdel Decreto de Alcaldía Nº 002-2004-MSS"Procedimiento de Licencia de Obra para Demoli-ción"; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Licencia y Habilitaciones Urbanas mediante Informe Nº 363-2005-SGLHU-GDU-GCDL-MSS de fecha 11FEB2005, señala que actual-mente se vienen presentando solicitudes de Autoriza-ción de Obra Menor para ampliaciones con demolicio-nes menores; asimismo, indica que las obras de demo-lición menores a 30 m2, deben ser tramitadas como ObraMenor, de conformidad a la Ordenanza Nº 140-MSS, afin de dar mayores facilidades a los administrados ypuedan obtener una autorización para ambas solicitu-des; Que, el artículo 1º de la Ordenanza Nº 140-MSS "Autorización para Construcción de Obra Menor" es-tablece que se considera Obra Menor; las Obras deRefacción o Acondicionamiento a que se refieren losliterales f) y g) del artículo 51º del Reglamento de laLey Nº 27157 aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC; las modificaciones consistentes en laapertura de vanos, ejecución de cercos perimétri-cos, ampliaciones del área techada de hasta 30.00m2, precisando que no serán consideradas obrasmenores aquéllas cuya ejecución compromete ele-mentos estructurales, afectándoles en cualquier for-ma; norma legal que no incluye a las demolicionesmenores a 30.00 m2; Que, por otro lado, el artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 002-2004-MSS "Procedimiento de Licen-cia de Obra para Demolición" indica dos modalida-des de Licencia de Obra para Demolición, siendo laprimera, Demolición Total la que consiste en derribarla totalidad de estructura o estructuras existentes enun lote, y la segunda, Demolición Parcial la que con-siste en derribar una parte de una estructura exis-tente, manteniendo incólume la parte restante. Tam-bién se aplica a derribar una de varias estructurasindependientes existentes dentro de un lote; normamunicipal que tampoco contempla demoliciones me-nores a 30.00 m2; Que, en ese sentido, y a fin de dar mayores faci- lidades a los administrados que deseen ejecutar tra-bajos de demolición menores a 30.00 m2, es nece-sario precisar el artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 002-2004-MSS, indicando, que dichos trabajos,se sujetarán al procedimiento establecido en la Or-denanza Nº 140-MSS; Estando a los Informes Nºs. 118-2005-GIPRI-MSS y 274-2005-OAJ-MSS emitidos por la Gerencia de Inver-sión Privada y Oficina de Asesoría Jurídica respectiva-mente; de conformidad con lo dispuesto en el artículo20º numeral 6) de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Precisar el artículo 1º del De- creto de Alcaldía Nº 002-2004-MSS conforme lo si-guiente : "Artículo 1º.- (...) Las demoliciones menores a 30 m2, se sujetarán al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 140-MSSsobre Autorización para la Construcción de Obra Me-nor". Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publi-cación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia de Inversión Privada através de la Subgerencia de Licencia y HabilitacionesUrbanas. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 06107 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUACCANA FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-A-MD/HUACCANA-2005 Mediante Oficio Nº 025-A-MDH-2005 la Municipali- dad Distrital de Huaccana solicita se publique Fe deErratas del Acuerdo de Concejo Nº 005-A-MD/HUACCANA-2005, publicado en la edición del 18 demarzo de 2005. En el Artículo Segundo.-DICE:ENRIQUECIDO LÁCTEO: 4,203.929 Kilogramos mensuales, a un valor referencial de S/. 15,512.50 men-suales por 3 meses, equivalentes y referenciales a unmonto de S/. 186,150.00 Nuevos Soles. DEBE DECIR:ENRIQUECIDO LÁCTEO: 4,203.929 Kilogramos mensuales, a un valor referencial de S/. 15,512.50 men-suales por 3 meses, (Enero, febrero y marzo 2005) equi-valentes y referenciales a un monto de S/. 46,537.50Nuevos Soles. 06145