Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2005 (25/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de marzo de 2005

Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General a traves de la Subgerencia de Registro Civil, Gerencia de Administracion, Gerencia de Desarrollo Economico y Social y Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06146

sario precisar el articulo 1º del Decreto de Alcaldia Nº 002-2004-MSS, indicando, que dichos trabajos, se sujetaran al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 140-MSS; Estando a los Informes Nºs. 118-2005-GIPRI-MSS y 274-2005-OAJ-MSS emitidos por la Gerencia de Inversion Privada y Oficina de Asesoria Juridica respectivamente; de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Precisan disposicion sobre demoliciones menores en el Procedimiento de Licencia de Obra para Demolicion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 04-2005-MSS MORDAZA de MORDAZA, 22 de marzo de 2005 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El Informe Nº 118-2005-GIPRI-GIPRIGCDL-MSS de la Gerencia de Inversion Privada mediante el cual propone la modificacion del Articulo 1º del Decreto de Alcaldia Nº 002-2004-MSS "Procedimiento de Licencia de Obra para Demolicion"; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Licencia y Habilitaciones Urbanas mediante Informe Nº 363-2005-SGLHU-GDUGCDL-MSS de fecha 11FEB2005, senala que actualmente se vienen presentando solicitudes de Autorizacion de Obra Menor para ampliaciones con demoliciones menores; asimismo, indica que las obras de demolicion menores a 30 m2, deben ser tramitadas como Obra Menor, de conformidad a la Ordenanza Nº 140-MSS, a fin de dar mayores facilidades a los administrados y puedan obtener una autorizacion para MORDAZA solicitudes; Que, el articulo 1º de la Ordenanza Nº 140-MSS "Autorizacion para Construccion de Obra Menor" establece que se considera Obra Menor; las Obras de Refaccion o Acondicionamiento a que se refieren los literales f) y g) del articulo 51º del Reglamento de la Ley Nº 27157 aprobado por Decreto Supremo Nº 0082000-MTC; las modificaciones consistentes en la apertura de vanos, ejecucion de cercos perimetricos, ampliaciones del area techada de hasta 30.00 m2, precisando que no seran consideradas obras menores aquellas cuya ejecucion compromete elementos estructurales, afectandoles en cualquier forma; MORDAZA legal que no incluye a las demoliciones menores a 30.00 m2; Que, por otro lado, el articulo 1º del Decreto de Alcaldia Nº 002-2004-MSS "Procedimiento de Licencia de Obra para Demolicion" indica dos modalidades de Licencia de Obra para Demolicion, siendo la primera, Demolicion Total la que consiste en derribar la totalidad de estructura o estructuras existentes en un lote, y la MORDAZA, Demolicion Parcial la que consiste en derribar una parte de una estructura existente, manteniendo incolume la parte restante. Tambien se aplica a derribar una de varias estructuras independientes existentes dentro de un lote; MORDAZA municipal que tampoco contempla demoliciones menores a 30.00 m2; Que, en ese sentido, y a fin de dar mayores facilidades a los administrados que deseen ejecutar trabajos de demolicion menores a 30.00 m2, es nece-

Articulo Primero.- Precisar el articulo 1º del Decreto de Alcaldia Nº 002-2004-MSS conforme lo siguiente : "Articulo 1º.- (...) Las demoliciones menores a 30 m2, se sujetaran al procedimiento establecido en la Ordenanza Nº 140-MSS sobre Autorizacion para la Construccion de Obra Menor". Articulo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente MORDAZA a la Gerencia de Inversion Privada a traves de la Subgerencia de Licencia y Habilitaciones Urbanas. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 06107

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUACCANA
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-A-MD/HUACCANA-2005 Mediante Oficio Nº 025-A-MDH-2005 la Municipalidad Distrital de Huaccana solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Concejo Nº 005-A-MD/ HUACCANA-2005, publicado en la edicion del 18 de marzo de 2005. En el Articulo Segundo.DICE: ENRIQUECIDO LACTEO: 4,203.929 Kilogramos mensuales, a un valor referencial de S/. 15,512.50 mensuales por 3 meses, equivalentes y referenciales a un monto de S/. 186,150.00 Nuevos Soles. DEBE DECIR: ENRIQUECIDO LACTEO: 4,203.929 Kilogramos mensuales, a un valor referencial de S/. 15,512.50 mensuales por 3 meses, (Enero, febrero y marzo 2005) equivalentes y referenciales a un monto de S/. 46,537.50 Nuevos Soles. 06145

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