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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G39/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 2 de mayo de 2005 VISTO, la comunicación de fecha 22 de marzo de 2005 remitida por el Director de División de Recursos Naturales e Infraestructura de la CEPAL; CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de fecha 22 de marzo de 2005, se invita al Viceministro de Minas, Ing. César Polo Robilliard, a la Segunda Conferencia Internacional sobre Pasivos Ambientales organizada conjuntamente por laDivisión de Recursos Naturales e Infraestructura de la CEPAL, el Proyecto de Cooperación Técnica Alemania y Chile y el Instituto Federal de Geociencias y RecursosNaturales de Alemania a efectuarse en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, los días 3 y 4 de mayo de 2005; Que, el objetivo de la conferencia es establecer meca- nismos de cooperación orientados a fortalecer la ca- pacidad de gestión de los Pasivos Ambientales Mineros, constituyendo una instancia de diálogo y análisis de losproblemas más relevantes en esta materia así como di- señar criterios para enfrentar esta problemática; Que, la presencia del Viceministro de Minas, Ing. César Polo Robilliard, permitirá compartir las experiencias del Perú en materia de pasivos ambientales y cierres de minas mediante la ponencia "Conceptos de la Gestión Pública enla Remediación de Pasivos Ambientales Mineros"; Que, en tal sentido es necesario autorizar excepcio- nalmente el mencionado viaje debiendo el Ministerio deEnergía y Minas asumir con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa Corpac; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del Ing. César Polo Robilliard, Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas, a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 2al 4 de mayo de 2005, para participar en la Segunda Confe- rencia Internacional sobre Pasivos Ambientales, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, ascendente a la suma de Mil Trescientos Diez y Ocho y 98/100 Dólares Americanos (US$ 1 318.98),serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 690,74 Viáticos ($200 x 3 días) US$ 600,00 Tarifa Corpac US$ 28,24 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 08346 /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E /G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73 /G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2005-MEM/DM Lima, 20 de abril de 2005VISTO: El Expediente Nº 31168905, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Perso- nas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao,sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupa- ción de bienes públicos, para la instalación de la subesta- ción de distribución compacta subterránea (bóveda) paraServicio Público de Electricidad Nº 8930; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servi- cio Público de Electricidad Nº 8930, ubicada en la veredadel jirón Manuel Candamo, cuadra 4, frente al predio Nº 441, esquina con avenida Ignacio Merino, cuadra 17, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima, se-gún las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesio-nes Eléctricas, los concesionarios están facultados a uti- lizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad delEstado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondien-tes, ha emitido el Informe Nº 090-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para ServicioPúblico de Electricidad Nº 8930, ubicada en la vereda del jirón Manuel Candamo, cuadra 4, frente al predio Nº 441, esquina con avenida Ignacio Merino, cuadra 17, distrito deLince, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la servidumbre Área de Propie- Tipo servi- tario de dumbre terreno 31168905 Subestación de Distribución Eléctrica Suelo: 15,00 Pro pie-Urbano Nº 8930. m2 subsuelo dad del Ubicación: distrito de Lince, provincia y y aires Estado departamento de Lima. (vía Coordenadas UTM: pública) Vértice Este Norte A 278 978,540 8 663 913,338 B 278 973,597 8 663 912,589 C 278 974,046 8 663 909,622 D 278 978,990 8 663 910,371 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medi- das necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a laresponsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por laservidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons- trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 07979