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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2005 (02/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G39/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 2 de mayo de 2005 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G61/G63/G74/G6F/G73/G20/G6E/G65/G63/G65/G73/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61 /G69/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G72/G65/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G2D /G6E/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G64/G61/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G32/G2D /G32/G30/G30/G35/G2D/G45/G46 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-2005-EF/75.01 Lima, 29 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, el numeral 15.1 del artículo 15º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Público parael Año Fiscal 2005, dispone que las operaciones derenegociación de la deuda pública en las que se inclu-yen, entre otros, el intercambio o canje, serán aproba-das mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 052-2005-EF se aprobó la operación de Renegociación de DeudaPública Interna, consistente en un intercambio de bonos del tesoro público actualmente en circulación en el mer- cado interno y así como el Reglamento Operativo delIntercambio Interno de Bonos; Que, conforme al referido Reglamento Operativo, el Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Direc- ción Nacional del Endeudamiento Público, en su calidad de Unidad Responsable, designará a la entidad que rea-lizará la custodia temporal y traspaso de bonos, la liqui-dación de la operación, y demás actos necesarios paraimplementar la operación de renegociación de deudapública interna; Que, para tal efecto, la Dirección Nacional del Endeu- damiento Público ha contado con propuestas de entida-des financieras de primer nivel, con capacidad necesa-ria para llevar a cabo las actividades descritas en elconsiderando anterior, habiéndose determinado que la más conveniente corresponde al Banco de Crédito del Perú contenida en la Carta de fecha 28 de febrero de2005; Que, en este contexto, es pertinente designar al Ban- co de Crédito del Perú para que realice los actos nece- sarios a efectos de implementar la operación de renego- ciación autorizada mediante el Decreto Supremo Nº 052-2005-EF; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28423, el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Supremo Nº 052-2005- EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Banco de Crédito del Perú para realizar la liquidación de la operación deintercambio y, temporalmente, a custodiar los bonossoberanos internos a ser intercambiados y los nuevosbonos soberanos internos a emitirse en virtud del Decreto Supremo Nº 052-2005-EF, el traspaso de bonos, así como a realizar los demás actos necesariospara implementar la operación de renegociación dedeuda pública interna autorizada mediante citadoDecreto Supremo. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUILLERMO GARRIDO LECCA Director General de la DirecciónNacional de Endeudamiento Público 08339/G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G63/G61/G72/G61/G63/G74/G65/G72/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65 /G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G53/G6F/G62/G65/G72/G61/G6E/G6F/G73/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G32/G2D/G32/G30/G30/G35/G2D/G45/G46 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2005-EF/75.01 Lima, 29 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, el numeral 15.1 del Artículo 15º de la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2005, dispone que las operaciones de re- negociación de la Deuda Pública serán aprobadas me-diante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Con- sejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Econo- mía y Finanzas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 052-2005- EF se aprobó la operación de renegociación de deuda pública interna consistente en el intercambio de bonossoberanos, de conformidad con el Reglamento Operativo del Intercambio Interno de Bonos, por nuevos bonos soberanos internos, cuya emisión hasido autorizada por un monto equivalente en nuevos soles de hasta US$ 389 000 000,00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES Y 00/100 DÓLARESAMERICANOS); Que, de acuerdo con el Reglamento Operativo del Intercambio Interno de Bonos, los bonos a ser retiradosson aquellos que fueron emitidos en el marco de los Decretos de Urgencia Nºs. 108-2000 y 099-2001; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 052-2005-EF, la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas establecerá las característicasde los bonos soberanos a ser emitidos en la operación de renegociación de la deuda pública interna, la misma que podrá ser efectuada en uno o varios tramos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28423, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2005; Decreto Legislativo Nº 560 - Ley Orgánicadel Poder Ejecutivo y por el Decreto Supremo Nº 052- 2005-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer el monto de Bonos Sobera- nos, a ser emitidos en el primer tramo, en el marco de la autorización dispuesta en el Artículo 2º del Decreto Su- premo Nº 052-2005-EF, por un monto equivalente ennuevos soles de hasta US$ 261 755 000,00 (DOSCIEN- TOS SESENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CIN- CUENTA Y CINCO MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICA-NOS). Artículo 2º.- Las características de los Bonos Sobe- ranos a que se refiere el artículo precedente, son lassiguientes: DE LA NUEVA EMISIÓN: Emisor : La República del Perú Denominación : Bonos Soberanos 05MAYO2015Moneda : Nuevos Soles Monto de colocación : Por un monto equivalente en nuevos so- les de hasta US$ 261 755 000,00 Fecha de emisión : 5 de mayo de 2005 Fecha de vencimiento : 5 de mayo de 2015 Plazo : 10 años Tasa Cupón : 9, 91% nominal anual fija, base 360 Valor nominal : S/. 1 000,00 (Un Mil y 00/100 Nuevos So- les) Redención : Al vencimiento se cancelará el íntegro del capital. Negociabilidad : Libr emente negociables Representación : Mediante anotación en cuenta en el regis- tro contable de CAVALI ICLV S.A. Pago del principal e intereses : A través de CAVALI ICLV S.A. Los pagos se realizarán según los crono- gramas que se describen en el Anexo 1, que forma parte de la presente ResoluciónDirectoral Precio de Intercambio : 100 % (A la par)