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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MAYO DEL AÑO 2005 (06/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 292107 NORMAS LEGALES Lima, viernes 6 de mayo de 2005 ORGANISMOS AUTÓNOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Tienen por declinado nombramiento al cargo de Fiscal Provincial Mixta deCandarave, Distrito Judicial de Tacna- Moquegua RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 941-2005-CNM Lima, 28 de abril de 2005 VISTO:El escrito presentado por la doctora Carmen Mirta Oban- do Zavala, del 19 de abril de 2005; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución del Consejo Nacional de la Ma- gistratura Nº 803-2005-CNM, del 6 de abril de 2005,publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 11 del mismomes y año, se nombró a la doctora Carmen Mirta ObandoZavala, Fiscal Provincial Mixta de Candarave, Distrito Ju-dicial de Tacna - Moquegua, al haberse acogido a loprevisto por el artículo 42º del Reglamento de Concur-sos para la Selección y Nombramiento de Jueces y Fis-cales, para cubrir plazas vacantes del Poder Judicial yMinisterio Público, materia de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM; Que, la doctora Carmen Mirta Obando Zavala, median- te escrito del 19 de abril de 2005, con firma legalizadanotarialmente, manifiesta que al haber suscitado situacio-nes ajenas a su voluntad, tanto de índole personal y fami-liar, que le impiden desplazarse a la localidad de Candara-ve, renuncia al nombramiento de Fiscal Provincial Mixta deCandarave, Distrito Judicial de Tacna - Moquegua; Que, el Pleno del Consejo en sesión del 24 de febrero de 2005, acordó por unanimidad, tener por declinada a larecurrente, en su nombramiento al cargo de aceptar ladeclinación entendida como renuncia presentada por elrecurrente, en su nombramiento al cargo de Fiscal Provin-cial Mixta de Candarave, Distrito Judicial de Tacna -Moquegua; por lo que, en cumplimiento a dicho acuerdo yde conformidad con las facultades conferidas por el artícu-lo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica delConsejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE:Primero.- Tener por declinada a la doctora CARMEN MIRTA OBANDO ZAVALA, en su nombramiento al cargo deFiscal Provincial Mixta de Candarave, Distrito Judicial deTacna - Moquegua. Segundo.- Remitir copia de la presente resolución a la señora Fiscal de la Nación, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LOZADA STANBURY Presidente 08515 JNE Declaran improcedente solicitud refe- rente a la suspensión de Alcalde delConcejo Distrital de Jenaro Herrera RESOLUCIÓN Nº 093-2005-JNE Expediente Nº 133-2005Lima, 3 de mayo de 2005VISTO el escrito presentado por doña María Elena Ven- turi Vilchez, primera regidora del Concejo Distrital deJenaro Herrera, provincia de Requena, departamento deLoreto, comunicando la suspensión del cargo del AlcaldeMagno Rogelio López Vela; CONSIDERANDO:Que, en sesión extraordinaria de concejo de fecha 7 de julio de 2004, se aprobó la suspensión del cargo de Alcaldeque ejerce don Magno Rogelio López Vela, sin goce deremuneraciones por el plazo de 12 meses consecutivos, porla comisión de faltas graves administrativas con connotacio-nes delictivas, en agravio de la municipalidad distrital deJenaro Herrera; y, en consecuencia, se encargó a doñaMaría Elena Venturi Vilchez, el despacho de la Alcaldía porel plazo de la suspensión del titular; y, se convocó al regidorsuplente por dicho período, debiendo ponerse en conoci-miento del Jurado Nacional de Elecciones lo acordado paraque proceda a proclamar y hacer entrega de las credencia-les respectivas; Que, el artículo 25º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 27972, establece las causales de suspensión delcargo de alcalde o regidor, precisando que acordada ésta,se procederá a convocar a los accesitarios conforme loprevisto por el artículo 24º de la acotada, constituyendo elconcejo municipal instancia única, razón por la que el Jura-do Nacional de Elecciones no se pronuncia sobre el fondode la materia; Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, reformado por Ley Nº 27680 y el artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27972, reconocen a las municipali-dades autonomía política, económica y administrativa enlos asuntos de su competencia, autonomía que se ejerceen el marco de la Constitución y la ley; Que, el numeral 3.3. del artículo 3º de la Resolución Nº 034-2004-JNE que regula el procedimiento y requisitos for-males que deben acompañar los concejos municipales parael otorgamiento de credenciales a los reemplazantes dealcaldes y regidores suspendidos con arreglo a ley, esta-blece que se expedirán credenciales cuando la sanciónimpuesta por falta grave no exceda el plazo de 30 días,conforme a lo previsto por el inciso b) del artículo 26º delDecreto Legislativo Nº 276, concordante con el inciso b)del artículo 155º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, las suspensiones acordadas al margen del orde- namiento jurídico no obligan al Jurado Nacional de Eleccio-nes a convocar a los accesitarios ni a otorgar las creden-ciales temporales correspondientes; Por estos fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente lo solicitado por doña María Elena Venturi Vilchez primera regidora delConcejo Distrital de Jenaro Herrera, provincia de Requena,departamento de Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. MENDOZA RAMÍREZSOTO VALLENASVELA MARQUILLÓVELARDE URDANIVIABALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General 08437 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales a presuntos responsablesde la comisión de delito contra la fepœblica RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 482-2005-JEF/RENIEC Lima, 14 de abril de 2005