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PÆg. 292935 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de mayo de 2005 De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el ingeniero César Polo Robilliard, al cargo deViceministro de Minas del Ministerio de Energía yMinas, cargo considerado de confianza, dándoselelas gracias por los importantes servicios prestadosa la Nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 09598 Designan Viceministro de Minas del Ministerio RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 033-2005-EM Lima, 20 de mayo de 2005 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Minas del Ministerio de Energía y Minas; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y lo establecido en la LeyNº 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Ing. Rómulo Mucho Mamani, como Viceministro de Minas del Ministerio deEnergía y Minas, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 09599 Otorgan concesiones temporales a la Empresa de Generación ElØctricaCahua S.A. para desarrollar estudiosrelativos a la generación de energía elØctrica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 177-2005-MEM/DM Lima, 9 de mayo de 2005 VISTO: El Expediente Nº 21130003, sobre otorga- miento de concesión temporal para desarrollar estu-dios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica, de acuerdo con el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presenta-do por Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A.,persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11025995del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Re-gistral de Lima;CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A. ha presentado solicitud sobre otorgamiento de conce-sión temporal para realizar estudios sobre generaciónde energía eléctrica en las futuras instalaciones de la Central Hidroeléctrica Llamac 2, al amparo de lo dis- puesto por el artículo 30º del Reglamento de la Ley deConcesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 009-93-EM; Que, las futuras instalaciones citadas en el primer considerando estarán ubicadas en los distritos de Aquia, Huasta y Pacllón, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash, en las zonas comprendidas dentro de lascoordenadas UTM que figuran en el Expediente, utili-zando los recursos hídricos de los ríos Quero y Llamac; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitidoel informe Nº 101-2005-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctri-cas y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Conce- siones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A., que se identificarácon el código Nº 21130003, para desarrollar estudiosrelacionados con la actividad de generación de energíaeléctrica de las futuras instalaciones de la Central Hidro-eléctrica Llamac 2, para una potencia instalada de 71 MW, por un plazo de dos (2) años contados a partir de la vigencia de la presente Resolución Ministerial y que es-tarán ubicadas en los distritos de Aquia, Huasta yPacllón, provincia de Bolognesi, departamento de Ancash. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán las zonas delimitadas por las siguientes coordenadas UTM: VÉRTICE NORTE ESTE 01 8894000 26700002 8880000 28200003 8872000 284000 04 8869000 275500 05 8874000 27300006 8876000 27600007 8892000 266000 Artículo 3º.- El concesionario está obligado a reali- zar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguar-dando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como alcumplimiento de las obligaciones establecidas en la Leyde Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demásnormas legales pertinentes. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Regla-mento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publi-cada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez ypor cuenta del titular; y, entrará en vigencia a partir deldía siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 09085 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 178-2005-MEM/DM Lima, 9 de mayo de 2005 VISTO: El Expediente Nº 21129903 sobre otorgamiento de concesión temporal para desarrollar