Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2005 (21/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de MORDAZA de 2005

VIVIENDA
Autorizan contratar servicios de publicidad en medios de comunicacion escrita, radial y televisiva
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 132-2005/VIVIENDA MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El Memorandum Nº 167-2005/VIVIENDA/SG-UCI, el Memorandum Nº 535-2005/VIVIENDA-OGPP, el Informe Tecnico Nº 005-2005/VIVIENDA-OGA y el Informe Legal Nº 221-2005/VIVIENDA-OGAJ; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo N° 083-2004PCM, se encuentran exonerados de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realicen por servicios personalisimos; Que, el articulo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, incluye expresamente los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, de acuerdo a lo senalado en el Memorandum Nº 167-2005/VIVIENDA-SG-UCI de la Unidad de Comunicacion Institucional, es necesaria la realizacion de una MORDAZA de Promocion y Difusion de Registro Permanente del Programa Techo Propio dirigida a los niveles socio economicos C y D, poniendo especial enfasis en las personas de menores recursos de todo el MORDAZA (sector D) para promover y lograr la inscripcion de la mayor cantidad de potenciales beneficiarios; Que, asimismo, la Oficina General de Administracion, mediante Informe Tecnico Nº 005-2005/VIVIENDA-OGA, considera procedente atender la solicitud referida en el considerando precedente, para la contratacion de servicios de publicidad hasta por la suma de S/. 998,824.33 (NOVECIENTOS NOVENTIOCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO Y 33/100 NUEVOS SOLES), incluido IGV, que se detalla en los anexos adjuntos correspondiente al periodo comprendido entre el 23 de MORDAZA al 15 de junio de 2005, de acuerdo a lo previsto en el literal f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que cuenta con la opinion legal favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica, mediante Informe Nº 2212005/VIVIENDA-OGAJ; De conformidad con el literal f) del Articulo 19º y 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los Articulos 145° y 146, 147º y 148° de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la Resolucion N° 118-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la contratacion de los servicios de publicidad en los medios de comunicacion escrita, radial y televisiva, con caracter de personalisimos, exonerandolos del MORDAZA de seleccion, de conformidad con lo siguiente: a. MORDAZA de contrato: Servicios. b. Descripcion del servicio: Publicidad en los medios de comunicacion escrita, radial y televisiva para promocionar y difundir el Registro Permanente del Programa Techo Propio. c. Monto referencial total: S/. 998,824.33 (NOVECIENTOS NOVENTIOCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTI-

CUATRO Y 33/100 NUEVOS SOLES), incluido IGV, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. d. Tiempo que se requiere contratar el servicio: Del 23 de MORDAZA al 15 de junio de 2005. e. Dependencia que contrata: Oficina General de Administracion. f. Dependencia que da conformidad del servicio: Unidad de Comunicacion Institucional y Coordinador General de la Unidad de Coordinacion y Seguimiento del Programa de Apoyo al Sector Habitacional, de conformidad con el Articulo 233° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Segundo.- Disponer que el Equipo de Contratos y Adquisiciones de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion lleve a cabo las acciones correspondientes a fin de contratar el servicio indicado en el numeral precedente segun el procedimiento establecido en el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el 148º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Articulo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Administracion publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision, asi como en la pagina Web institucional. Articulo Cuarto.- Disponer que la Oficina General de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes sustentatorios respectivos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 09523

Aprueban transferencia financiera a favor de EMAPACOP S.A. para obras de perforacion y equipamiento de pozos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 134-2005-VIVIENDA MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2005VIVIENDA se declaro en situacion de emergencia por el plazo de 60 dias, el sistema de produccion que comprende la captacion y el tratamiento del sistema de agua potable de la MORDAZA de Pucallpa, disponiendose a su vez que la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento EMAPACOP S.A. se encargara de la ejecucion de las obras necesarias para asegurar el abastecimiento de agua potable de los sectores 1, 2 y 3 actualmente atendidos por las balsas flotantes y la planta de tratamiento mediante la sustitucion de la fuente superficial por la fuente subterranea a traves de cuatro pozos tubulares, asimismo el reemplazo del MORDAZA Las Palmeras en la MORDAZA de expansion MORDAZA de la MORDAZA de Pucallpa; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, es funcion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley. Asimismo, el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, establece que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento tiene entre sus funciones generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento

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