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PÆg. 292946 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de mayo de 2005 VIVIENDA Autorizan contratar servicios de publi- cidad en medios de comunicación es- crita, radial y televisiva RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 132-2005/VIVIENDA Lima, 17 de mayo de 2005VISTOS: El Memorándum Nº 167-2005/VIVIENDA/SG-UCI, el Memorándum Nº 535-2005/VIVIENDA-OGPP, el Infor- me Técnico Nº 005-2005/VIVIENDA-OGA y el InformeLegal Nº 221-2005/VIVIENDA-OGAJ; y CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el literal f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la LeyNº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo N° 083-2004- PCM, se encuentran exonerados de los Procesos deLicitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Di- recta, según sea el caso, las contrataciones que se realicen por servicios personalísimos; Que, el artículo 145° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, incluye ex-presamente los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en aten-ción a las características particulares que los distin- guen; Que, de acuerdo a lo señalado en el Memorándum Nº 167-2005/VIVIENDA-SG-UCI de la Unidad de Comuni- cación Institucional, es necesaria la realización de una Campaña de Promoción y Difusión de Registro Perma-nente del Programa Techo Propio dirigida a los niveles socio económicos C y D, poniendo especial énfasis en las personas de menores recursos de todo el país (sec-tor D) para promover y lograr la inscripción de la mayor cantidad de potenciales beneficiarios; Que, asimismo, la Oficina General de Administración, mediante Informe Técnico Nº 005-2005/VIVIENDA-OGA, considera procedente atender la solicitud referida en el considerando precedente, para la contratación de servi-cios de publicidad hasta por la suma de S/. 998,824.33 (NOVECIENTOS NOVENTIOCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO Y 33/100 NUEVOS SOLES), incluidoIGV, que se detalla en los anexos adjuntos correspon- diente al período comprendido entre el 23 de mayo al 15 de junio de 2005, de acuerdo a lo previsto en el literal f)del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que cuenta con la opinión legal favorable de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 221- 2005/VIVIENDA-OGAJ; De conformidad con el literal f) del Artículo 19º y 20° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, los Artículos 145°y 146, 147º y 148° de su Reglamento aprobados por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y la Resolución N° 118-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la contratación de los servicios de publicidad en los medios de comunicación escrita, radial y televisiva, con carácter de personalísi-mos, exonerándolos del proceso de selección, de con- formidad con lo siguiente: a. Tipo de contrato: Servicios. b. Descripción del servicio: Publicidad en los medios de comunicación escrita, radial y televisiva para promo-cionar y difundir el Registro Permanente del Programa Techo Propio. c. Monto referencial total: S/. 998,824.33 (NOVECIEN- TOS NOVENTIOCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTI-CUATRO Y 33/100 NUEVOS SOLES), incluido IGV, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. d. Tiempo que se requiere contratar el servicio: Del 23 de mayo al 15 de junio de 2005. e. Dependencia que contrata: Oficina General de Ad- ministración. f. Dependencia que da conformidad del servicio: Uni- dad de Comunicación Institucional y Coordinador Gene- ral de la Unidad de Coordinación y Seguimiento del Pro- grama de Apoyo al Sector Habitacional, de conformidadcon el Artículo 233° del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Segundo.- Disponer que el Equipo de Con- tratos y Adquisiciones de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administración lleve a cabo lasacciones correspondientes a fin de contratar el servicio indicado en el numeral precedente según el procedi- miento establecido en el Artículo 20º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 083-2004-PCM y el 148º de su Reglamento, apro-bado por D.S. Nº 084-2004-PCM. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina General de Administración publique la presente Resolución en elDiario Oficial El Peruano en el plazo de diez días hábiles siguientes a la fecha de su emisión, así como en la pági- na Web institucional. Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina General de Administración remita copia de la presente Resolu- ción y de los informes sustentatorios respectivos a laContraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 09523 Aprueban transferencia financiera a favor de EMAPACOP S.A. para obrasde perforación y equipamiento depozos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2005-VIVIENDA Lima, 20 de mayo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2005- VIVIENDA se declaró en situación de emergencia porel plazo de 60 días, el sistema de producción que comprende la captación y el tratamiento del sistema de agua potable de la ciudad de Pucallpa, disponiéndose asu vez que la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento EMAPACOP S.A. se encargará de la eje- cución de las obras necesarias para asegurar el abas-tecimiento de agua potable de los sectores 1, 2 y 3 actualmente atendidos por las balsas flotantes y la plan- ta de tratamiento mediante la sustitución de la fuentesuperficial por la fuente subterránea a través de cuatro pozos tubulares, asimismo el reemplazo del pozo Las Palmeras en la zona de expansión urbana de la ciudadde Pucallpa; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Fun-ciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento, es función del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, entre otras, la de ejer-cer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desa- rrollo urbano y saneamiento conforme a Ley. Asimis-mo, el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Or- ganización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el De-creto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, establece que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento tiene entre sus funciones generar condicio-nes para el acceso a los servicios de saneamiento