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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2005 (21/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 13

PÆg. 292939 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de mayo de 2005 Que mediante los escritos del visto, la empresa GEOPAXI S.A. solicita la modificación de la Resolución mencionada en el considerando precedente, en el extre- mo referido al armador; es decir, de la empresa extranje-ra COMPAÑÍA ATUNERA DE PANAMA S.A., por la em- presa extranjera GEOPAXI S.A., de bandera boliviana por bandera ecuatoriana, de matrícula Nº 0800110021por Pasavante de Navegación Nº 0386, arqueo neto de 69.00 por 88.85, arqueo bruto de 198 por 248.45 y eslo- ra de 28.08 m por 34.30 m; Que de los documentos presentados por la recu- rrente se verifica que mediante Resolución expedida por el Ministerio de Comercio Exterior, Industrializa-ción, Pesca y Competitividad de la República del Ecua- dor de fecha 3 de diciembre del 2004 y Pasavante de Navegación Nº 0386 de fecha 28 de enero del 2005,se establece el cambio de bandera ecuatoriana a la embarcación pesquera denominada "DON ALVARO"; asimismo, la nueva medición por la armada del Ecua-dor ha determinado en tal embarcación un tonelaje de registro neto de 88.85; a la vez, el Certificado de Tonelaje Internacional otorgado por la República deBolivia, reafirma entre otros, el tonelaje neto mani- festado; Que de acuerdo a los documentos presentados, principalmente la Resolución expedida por el Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Compe- titividad de la República del Ecuador; y, el Pasavante deNavegación Nº 0386, se determina que deviene en pro- cedente la modificación de la resolución autoritativa en lo que respecta a las modificaciones citadas en el conside-rando precedente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro-cesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 099-2005- PRODUCE/DNEPP-Dch y con la conformidad legal de la Oficina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas en el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y al amparode lo establecido por los artículos 106º y 107º de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral-; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el quinto y sexto consideran- do; y, el artículo 1º de la Resolución Directoral Nº 040- 2005-PRODUCE/DNEPP de fecha 28 de enero del 2005,en el extremo referido al armador; es decir, de la empre- sa extranjera COMPAÑÍA ATUNERA DE PANAMA S.A., por la empresa extranjera GEOPAXI S.A.; la banderaboliviana de la embarcación pesquera denominada "DON ALVARO" por la bandera ecuatoriana; el Nº de matrícula 0800110021 por Pasavante de Navegación Nº 0386; y,el arqueo neto de 69.00 por 88.85. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Con-trol y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guarda-costas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO RICHTER BENDEZU Director Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero (e) 09437 Otorgan autorización de incremento de flota a persona natural para la construcción de embarcación pesque- ra de madera RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 114-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 21 de abril del 2005Visto el escrito de registro Nº CE-02634001 de fecha 18 de marzo del 2005, presentado por el señor ORLANDO SANTISTEBAN BANCES; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 034-2003- PRE/P-LL, de fecha 28 de febrero del 2003 se otorgó permiso de pesca a plazo determinado al señor OR- LANDO SANTISTEBAN BANCES, para operar la em-barcación pesquera de madera denominada "MONITOR HUASCAR 1" de matrícula Nº SY-002136-CM, con 104.02 m³ de capacidad de bodega, para dedicarse a la extrac-ción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humanodirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulga- das (38 mm.), en el ámbito del litoral peruano y fuera delas cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos anchoveta y sardina, y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa parael caso de los recursos jurel y caballa; Que mediante el escrito de visto, el señor ORLANDO SANTISTEBAN BANCES, solicita autorización de incre-mento de flota vía sustitución de igual capacidad de bo- dega de la embarcación pesquera "MONITOR HUAS- CAR 1", de matrícula Nº SY-002136-CM, para la cons-trucción de una nueva embarcación pesquera de made- ra de igual capacidad de bodega de 104.02 m³; Que el artículo 7º del D.S. Nº 004-2002-PRODUCE que modifica el primer párrafo del artículo 9º del D.S.Nº 003-98-PE, modificado por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 001-99-PE y por el artículo 3º del DecretoSupremo Nº 003-2000-PE, precisa que la sustitución de embarcaciones pesqueras a que se refiere el artículo 24º de la Ley General de Pesca y los artículos 12º y 18ºde su Reglamento, sólo será autorizada a las embarca- ciones comprendidas en el presente régimen jurídico, siempre que se sustituya otras de madera de igual omenor capacidad de bodega, en los casos de siniestro con pérdida total o no siniestrada; Que de la evaluación efectuada a la documentación presentada por el recurrente se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el procedimiento Nº 12-A del Texto Único de Procedimien-tos Administrativos - TUPA de este Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, así como los requisitos sustantivos establecidos por la normativi-dad pesquera vigente, por lo que es procedente otorgar la autorización de incremento de flota solicitada; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extrac- ción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 107- 2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinión favora-ble de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley Nº 26920, demás normas complementarias y el Procedi- miento Nº 12-A del Texto Único de Procedimientos Admi-nistrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor ORLANDO SANTIS- TEBAN BANCES, autorización de incremento de flota vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarcación pesquera "MONITOR HUASCAR 1" dematrícula Nº SY-002136-CM, para la construcción de una nueva embarcación pesquera de madera con 104.02 m³ de capacidad de bodega para dedicarse a la extrac-ción del recurso hidrobiológico anchoveta, con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humanodirecto, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.), 1 ½ pulga- das (38 mm.), según corresponda, en el ámbito del litoralperuano y fuera de las cinco (5) millas marinas adya- centes a la costa, para el caso de los recursos ancho- veta y sardina, y fuera de las diez (10) millas marinas