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PÆg. 293226 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de mayo de 2005 Artículo 5º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 09693 Autorizan viaje de personal militar para participar en la Misión de Estabiliza-ción de las Naciones Unidas en Haití RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 455-2005-DE/CCFFAA Lima, 19 de mayo de 2005 Visto el Memorando de Entendimiento firmado el 11 de noviembre del 2003, por el señor Presidente de la República del Perú y el Secretario General de lasNaciones Unidas, y aprobado por el Congreso de la República, el 12 de agosto del 2004, mediante el cual el Perú confirma su compromiso político y logísticocon las Operaciones de Mantenimiento de la Paz; CONSIDERANDO:Que, es necesario expedir la autorización correspondiente para que el personal militar puedacumplir la misión asignada, dentro los alcances pre- vistos en el inciso e) del artículo 4º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, que establececomo una de sus funciones la de participar a través de los organismos pertinentes en las Misiones de Paz Internacionales a que se comprometa el EstadoPeruano de acuerdo a Ley; Que, con Resolución 1542 (2004) aprobada por el Consejo de Seguridad en su 4961ª Sesión, celebrada el30 de abril del 2004, párrafo 1º decide establecer la Mi- sión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), fuerza de estabilización solicitada en laResolución 1529 (2004), por un período inicial de SEIS (6) meses, con la intención de prorrogarla por nuevos períodos; Que, conforme al inciso b) del artículo 69º del Regla- mento de Organización y Funciones del Ministerio de Defen- sa, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-DE/SG del 19 defebrero del 2003, es función del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas planificar, coordinar y conducir la partici- pación de las Fuerzas Armadas en las Misiones de Pazconvocadas por la Organización de las Naciones Unidas; Que, los gastos de alojamiento, alimentación y trans- porte serán cubiertos por la Organización de las Nacio-nes Unidas (ONU), no irrogando gastos al Tesoro Públi- co; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 junio del 2002, los viajes al extranjero que no irroguen gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Ti-tular del Sector correspondiente; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servi-dores y funcionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2005, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, Decreto deSupremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fe- cha 23 de diciembre de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comi- sión de Servicio al Personal Militar de las Fuerzas Arma- das cuyo grado y nombre se indican en el anexo adjun- to, para que participen en la Misión de Estabilización delas Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), a partir del 26 de mayo 2005 al 2 de enero 2006.Artículo 2º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización a que se refiere el artículo primero, sin exceder el total de días autoriza-dos, así mismo queda facultado para efectuar el reem- plazo de cualquier personal que por motivos de fuerza mayor no pueda integrar el contingente. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 09797 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan contratación de servicios de soporte y actualización de licencias Oracle RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 219-2005-EF/43 Lima, 24 de mayo de 2005Vistos, el Oficio Nº 078-2005-EF/42.01 de la Ofi- cina General de Informática y Estadística y los Infor-mes Nºs. 106-2005-EF/43.50 y 909-2005-EF/60 de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, quesustentan la configuración del supuesto de servicios que no admiten sustitutos y cuentan con proveedor único, previsto en el inciso e) del artículo 19º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su- premo Nº 083-2004-PCM; CONSIDERANDO: Que, según el inciso e) del artículo 19º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para la prestación de servicios que no admitensustitutos y que cuenten con proveedor único, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, asimismo, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, señala que en los casos en que no existanbienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria, y siempre que exista un solo provee- dor en el mercado nacional, la Entidad podrá contra-tar directamente; Que, según el mismo artículo 144º, se considerará que existe proveedor único en los casos que por razo-nes técnicas o relacionadas con la protección de dere- chos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas, desde 1997 en el marco de automatización de procesos técni- cos y administrativos, viene desarrollando Sistemas bajoun esquema de base de datos uniforme, el mismo que se basa principalmente en Sistemas Operativos Unix y Base de Datos Relacional ORACLE, por ser éstos escala-bles, seguros y confiables, y que, en ese sentido, el uso de estos productos se han convertido en un estándar para el Ministerio; Que, para garantizar el funcionamiento y mante- nimiento continúo, así como la actualización de los Sis- temas con que cuenta el Ministerio de Economía y Fi-nanzas, es indispensable la contratación de los servi- cios de una empresa que brinde el servicio de Soporte Técnico y Actualización; Que, el Servicio de Soporte y Actualización de Li- cencias Oracle sólo puede ser prestado por la Em- presa Sistemas Oracle del Perú S.A., por cuanto esúnica empresa autorizada por Oracle Corporation en