Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

Autorizan a Taxi Seguro S.A. a operar taller de conversion a gas natural vehicular en el distrito de Miraflores, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 5305-2005-MTC/15 MORDAZA, 26 de octubre de 2005 VISTOS: El Expediente Nº 2005-024006 presentado por TAXI SEGURO S.A, mediante el cual solicita autorizacion como Taller de Conversion a GNV al taller IRSAGAS para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos a GNV, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, con el proposito de asegurar que este cumpla con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de limites maximos permisibles; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2004MTC, 014-2004-MTC, 035-2004-MTC y 002-2005-MTC y 017-2005-MTC, se aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos, el mismo que tiene como objeto establecer los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del sistema nacional de transporte terrestre; Que, el articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de que estas se realicen con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3990-2005MTC/15, se aprobo la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, la misma que regula el regimen de autorizacion y funcionamiento de los Talleres de Conversion a GNV y establece las condiciones para operar como tal y los requisitos documentales para solicitar una autorizacion como Taller de Conversion a GNV ante la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, del analisis del expediente presentado por TAXI SEGURO S.A., se advierte que se ha dado cumplimiento a los requisitos documentales para solicitar autorizacion como Taller de Conversion a GNV establecidos en el numeral 6,2 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/ 15; en efecto, se han presentado los siguientes documentos: - Solicitud firmada por el representante legal de TAXI SEGURO S.A.; - Fotocopia del Testimonio de Escritura Publica de Constitucion Simultanea de Sociedad Anonima de fecha 14 de noviembre de 1991, otorgado por TAXI SEGURO S.A. ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y testimonio de la escritura de adaptacion y modificacion de pacto social y estatutos a la Nueva Ley General de Sociedades de fecha 14 de enero del 2000, otorgado por TAXI SEGURO S.A. ante Notario Publico MORDAZA MORDAZA Otoya. - Certificado de vigencia de poder expedido por la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos de MORDAZA y Callao y MORDAZA certificada de la Partida Nº 00540927, los mismos que acreditan las facultades de representacion de la persona natural que actua en representacion del

solicitante, debidamente inscrito en los Registros Publicos, expedido con fecha 26 de octubre de 2005, los mismos que acreditan la vigencia del poder respectivo. - Certificado de Inspeccion de Taller emitido por la Entidad Certificadora de Conversiones BUREAU VERITAS S.A., senalando que el taller cumple con los requisitos exigidos en los numerales 6.1.2, 6.1.3 y 6.1.4 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. - Planos de ubicacion y de distribucion del taller, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, con su respectiva memoria descriptiva. - Relacion de equipos, maquinaria y herramientas requeridas por el numeral 6.1.3 de la presente Directiva, a la que se adjunta la declaracion jurada del representante legal de la solicitante en el sentido que su representada es propietaria de los citados bienes. - Nomina del personal tecnico del Taller que incluye nombres completos y numeros de sus documentos de identidad, y MORDAZA simple de los titulos y/o certificaciones que acreditan su calificacion y experiencia en conversiones vehiculares al sistema de combustion a GNV. - MORDAZA simple del Formulario de Inscripcion de INDUSTRIAS RICHTER S.A. ante el Registro de Productos Industriales Nacionales del Ministerio de la Produccion como proveedor de Equipos Completos ­ PEC, y que se encuentra autorizada para comercializar dichos bienes, conforme a lo informado por la Direccion de Nor mas Tecnicas y Control del Ministerio de Produccion mediante Oficio Nº 00535-2005-PRODUCE/ VMI-DNI-DNTC de fecha 11 de octubre de 2005. - MORDAZA del contrato con el proveedor de Equipos Completos-PEC autorizado INDUSTRIAS RICHTER S.A. mediante el cual se garantiza el normal suministro de los kits de conversion, asi como el soporte tecnico y la capacitacion del personal. - MORDAZA de la Escritura de Arrendamiento Financiero otorgada por Wiese Sudameris Leasing S.A. a favor de Taxi Seguro S.A. y otros, mediante el cual se acredita la posesion legitima de la infraestructura requerida en el numeral 6.1.2 de la Directiva anteriormente mencionada. - MORDAZA de la Licencia de Funcionamiento vigente expedida por la Municipalidad de Miraflores. - Poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual Nº 2400515100048 suscrita con MAPFRE PERU Compania de Seguros y Reaseguros que cubre los danos a los bienes e integridad personal de terceros generados por accidentes que pudieran ocurrir en sus instalaciones, por el monto de 200 UIT, conforme a los terminos senalados en el numeral 6.2.10 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15. De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y la Resolucion Directoral Nº 39902005-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de cinco (5) anos, a contarse desde la publicacion de la presente resolucion, a TAXI SEGURO S.A. para que opere el taller IRSAGAS, ubicado en Av. El Reducto Nº 825, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustion de los vehiculos a GNV. Articulo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 24 de Octubre del 2006 24 de Octubre del 2007 24 de Octubre del 2008 24 de Octubre del 2009 24 de Octubre del 2010

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