Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2005 (17/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2005

PROYECTO NORMAS LEGALES

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Para tal efecto, la tarifa de cada categoria o clase recibira incrementos diferenciados que cumplan con el criterio de jerarquia y permitan alcanzar el MORDAZA de equidad. 3) Simplificacion: Clase Residencial: - La categoria social no presentara rangos de consumo. Tendra una tarifa unica para cualquier nivel de consumo. - La categoria domestica presentara hasta tres rangos de consumo. - El primer rango de consumo de la categoria domestica sera el correspondiente al consumo de subsistencia y reflejara las caracteristicas socioeconomicas de la poblacion dentro del ambito de responsabilidad de la empresa. - Los siguientes dos rangos de la categoria domestica se definiran en base a un estudio, realizado por la empresa, de la distribucion de frecuencia de consumo de los usuarios medidos. Debe tenerse en cuenta que para aplicar este metodo se requiere una muestra de usuarios medidos representativa para poder extrapolar los resultados a toda la poblacion. - La tarifa del primer rango de la categoria domestica sera igual a la tarifa de la categoria social. Clase No Residencial - Cada una de las categorias de la clase No Residencial tendran una tarifa unica para cualquier nivel de consumo, es decir, no habra rangos por bloques de consumo. 4) Equidad: a) La correccion de los subsidios cruzados se realizara en base al siguiente criterio de jerarquia:
TARIFA SOCIAL < TARIFA DOMESTICA < TARIFA ESTATAL < TARIFA COMERCIAL < TARIFA
INDUSTRIAL

que tiene un usuario micromedido de similares caracteristicas socioeconomicas. Asi tenemos:
Asignacion de consumocategoriaj = Suma del volumen leidocategoriaj Total de conexiones activas categoriaj J: Referido a la clase o categoria

3.3.3. MORDAZA Etapa del Reordenamiento Tarifario.En la MORDAZA Etapa del Reordenamiento Tarifario se aplicaran las siguientes disposiciones: A. Tarificacion: Igual que en la Primera Etapa, las tarifas responderan a un modelo de tarifa binomial: cargo fijo y un cargo variable. El cargo fijo sera igual para todos los usuarios. B. Simplificacion: Se mantiene las dos clases: Residencial y No Residencial, establecidas en la Primera Etapa, de tal forma que: a. Clase Residencial: La categoria social mantendra una unica tarifa para todo nivel de consumo. La categoria domestica tendra dos rangos: el primer rango asociado a un consumo de subsistencia y un MORDAZA rango de consumo correspondiente al sobreconsumo de la clase Residencial. b. Clase No Residencial: Se fusionan las categorias: Estatal, Comercial e Industrial, lograndose asi, la unificacion de las tarifas entre las distintas categorias de la clase No Residencial:
Tarifa Estatal = Tarifa Comercial = Tarifa Industrial

b) Los subsidios se daran solo sobre los consumos de subsistencia que cubran las necesidades basicas de la poblacion. Cualquier consumo mayor al nivel de consumo de subsistencia debera ser gravado a costo pleno y dependiendo de la capacidad de pago de la poblacion 24 . Los subsidios seran cruzados porque se gravara con una tarifa mayor25 a una porcion de la poblacion con la finalidad de otorgar precios menores a otra porcion de ese mismo mercado. c) Se elimina la facturacion por bloques de consumo, a cambio, se establecera una tarifa unica para cada rango de consumo (escalon). Es decir que se aplicara una tarifa unica al volumen a facturar desde el primer hasta el ultimo metro cubico consumido. d) Cada tarifa de la estructura tarifaria vigente recibira un incremento diferenciado. El valor inicial del incremento sera el que determine la formula tarifaria aprobada para cada ano del quinquenio. Este valor inicial se corrige por dos efectos: efecto reordenamiento y un efecto convergencia. e) Se denomina efecto reordenamiento al porcentaje de variacion que se aplica en forma diferenciada a cada tarifa de la estructura vigente y que refleja la correccion de los subsidios cruzados en base al criterio de jerarquia. f) Se denomina efecto convergencia al porcentaje de variacion necesario que se requiere para lograr la eliminacion de subcategorias y rangos de la clase no residencial y la convergencia de rangos para la categoria domestica de la clase residencial. 5) Definicion de la asignacion de consumo: El volumen de agua a ser asignado a un usuario que no cuenta con medidor debe aproximarse al consumo

c. La estructura tarifaria presentara solo dos tarifas: una tarifa que recibe el subsidio y otra que otorga el subsidio. La tarifa de la categoria social sera la misma para el primer rango de la categoria domestica (tarifa que recibe el subsidio). Esta tarifa que recibe el subsidio recibira un incremento tarifario menor o igual al incremento sobre la tarifa media definida en la formula tarifaria, por lo que su tarifa media, para un ano determinado, sera menor a la tarifa media que resulte de aplicar la formula tarifaria para el mismo ano. La tarifa del rango correspondiente al sobreconsumo de la categoria domestica se igualara a la tarifa de la clase No Residencial (tarifa que otorga el subsidio). Esta tarifa recibira incrementos tarifarios mayores a los incrementos sobre la tarifa media definida en la formula tarifaria, siendo su tarifa media, para un ano determinado, mayor a la tarifa media que resulte de aplicar la formula tarifaria para el mismo ano. C. Equidad: Se mantiene los criterios establecidos en la Primera Etapa: a. Establecimiento de los subsidios cruzados en funcion al criterio de jerarquia. b. Definicion de una sola estructura tarifaria por empresa. c. Incorporacion de un sistema de tarifa unica por escalon de consumo para la categoria domestica de la clase Residencial.

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Lo que permite que algunos usuarios del MORDAZA rango de la categoria domestica tambien puedan recibir subsidio. La tarifa que paquen los usuarios que otorguen el subsidio sera mayor a la tarifa media que resulte de aplicar la formula tarifaria para el mismo ano.

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