Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2005 (17/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES PROYECTO

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Exposicion de Motivos de la Resolucion de Consejo Directivo que aprueba el documento denominado "Lineamientos para el Reordenamiento de las Estructuras Tarifarias" y la incorporacion del Titulo IV "Solicitud de Modificacion de las Estructuras Tarifarias" en la "Directiva para la Formulacion de los Planes Maestros Optimizados", y del Titulo V "Procedimiento de Aprobacion de Modificacion de las Estructuras Tarifarias Aplicables a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento", con sus respectivos anexos, en la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de Formulas Tarifarias, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento" I. ANTECEDENTES. II. PROBLEMAS IDENTIFICADOS. III. OBJETIVOS. IV. SOLUCION PROPUESTA. IV.1. Lineamientos para el Reordenamiento de las Estructuras Tarifarias de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento IV.2. Incorporar en la "Directiva para la Formulacion de los Planes Maestros Optimizados", los requerimientos de informacion necesarios para solicitar la modificacion de las estructuras tarifarias a solicitud de las EPS IV.3. Incor porar en la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de la Formula Tarifaria, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento", el procedimiento de aprobacion de la modificacion de las estructuras tarifarias aplicables a las EPS, asi como las disposiciones sobre etapas, plazos y el flujograma del referido procedimiento. V. CONSIDERACIONES LEGALES. V.1. Facultad de la SUNASS para emitir la propuesta V.2. Publicacion del proyecto VI. IMPACTO ESPERADO. VI.1. Para las EPS. VI.2. Para los usuarios. VI.3. Para la SUNASS. I. ANTECEDENTES.1. Mediante Resolucion de Superintendencia Nº 92098-SUNASS se aprobo la "Directiva de Reordenamiento Tarifario en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento", la cual establecio los lineamientos metodologicos para el reordenamiento de las estructuras tarifarias de las EPS, asi como los plazos para la aplicacion de las disposiciones contenidas en dicha resolucion y su procedimiento. La aplicacion del reordenamiento tarifario (RT) contemplaba tres etapas, las mismas que debieron concluir con (i) la eliminacion de rangos de consumo, (ii) la vigencia de un solo precio por categoria de usuario (excepto en el sector domestico) y (iii) asignaciones de consumo que reflejen el comportamiento real del usuario no medido. 2. En cumplimiento al plazo MORDAZA de aplicacion de la Primera Etapa del reordenamiento tarifario, entre MORDAZA y MORDAZA de 1999, se publicaron las respectivas resoluciones de aprobacion de estructuras tarifarias para cuarenta y tres (43) EPS, a excepcion de EPS EMAPACOP S.A, cuya resolucion fue publicada en setiembre de 1999. La Resolucion de Superintendencia Nº 1200-99-SUNASS, publicada el 31 de diciembre de 1999, dispuso que la MORDAZA Etapa del reordenamiento tarifario se realice a partir del 1 de MORDAZA de 2000, sin embargo, esta se prorrogo hasta el 1º de marzo de 2001. La Tercera Etapa del reordenamiento tarifario no se realizo. 3. Asi, solo se llevaron a cabo las dos primeras etapas del reordenamiento tarifario, lograndose simplificar en parte las estructuras tarifarias y reducir los consumos minimos1 . La demora en la aplicacion del reordenamiento tarifario previsto en la Resolucion de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS se debio al poco incentivo de las empresas de iniciar un reordenamiento tarifario, toda vez que este les habia generado una reduccion en la facturacion, durante la primera etapa, a pesar del ajuste compensatorio en la tarifa que podia ser solicitado por la EPS en cumplimiento de la mencionada resolucion.

4. Ante este contexto y considerando la importancia que tiene para el desarrollo sostenible del sector saneamiento la determinacion de precios eficientes, durante los anos 2003 y 2004, la SUNASS realizo estudios respecto al diagnostico del sector saneamiento y el perfeccionamiento de la metodologia utilizada en la elaboracion de los estudios tarifarios y en la definicion de las estructuras tarifarias. 5. Mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 016-2005-VIVIENDA2 , se modifico el Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento (en adelante el Reglamento LGSS), entre otros aspectos, el regimen tarifario a aplicar a las entidades prestadoras de servicio de saneamiento (EPS). Dichas modificaciones exigen el perfeccionamiento de determinados aspectos de los lineamientos de reordenamiento tarifario, teniendo en consideracion la incorporacion de la nueva herramienta regulatoria "Plan Maestro Optimizado" y la eliminacion de las etapas del regimen tarifario. 6. El articulo 105º del Reglamento LGSS dispone que, las EPS podran solicitar a la SUNASS la modificacion de su estructura tarifaria, bajo los lineamientos emitidos por esta, manteniendo siempre que la tarifa media anual, resultado de la modificacion de la estructura tarifaria para un ano determinado, sea igual a la tarifa media anual aprobada en la formula tarifaria para el mismo ano y bajo el MORDAZA de equidad social. Para tal efecto, debe establecerse el procedimiento a seguir, asi como senalar la informacion minima necesaria para elaborar la solicitud de modificacion de estructuras tarifarias. II. PROBLEMAS IDENTIFICADOS.II.1. Existe una heterogeneidad de estructuras tarifarias que establecen diferencias tarifarias segun la actividad economica (categorias), nivel de consumo (rangos), condicion de usuarios (con o sin medidor) y por la ubicacion de los usuarios (localidades), quedando a discrecionalidad de la EPS la determinacion de las tarifas a cobrar a los usuarios a nivel de subcategorias. II.2 Se genera un complejo sistema de subsidios cruzados que conduce a una inadecuada asignacion de los recursos en el cual no solo se subsidia a los usuarios sociales o domesticos sino que tambien se subsidia a otras categorias de usuarios, como los comerciales y estatales. II.3 La Resolucion de Superintendencia Nº 920-98SUNASS se sustenta en un MORDAZA legal que ha sufrido diversas modificaciones, evidenciandose la necesidad de perfeccionar determinados aspectos de los lineamientos del reordenamiento tarifario, teniendo en consideracion la incorporacion de una nueva herramienta regulatoria "Plan Maestro Optimizado" y la eliminacion de las etapas del regimen tarifario, como consecuencia de la modificacion dispuesta en el Reglamento LGSS3 . II.4. Se carece de un procedimiento que regule la modificacion de las estructuras tarifarias a cargo de las EPS conforme a lo previsto en el articulo 105º del Reglamento de la LGSS, asi como la informacion minima exigida para elaborar la solicitud de modificacion de las estructuras tarifarias. III. OBJETIVOS.III.1. Establecer los lineamientos generales para el reordenamiento de estructuras tarifarias que permitan alcanzar estructuras tarifarias que promuevan la eficiencia economica y suficiencia financiera de las EPS, contribuyendo al logro de los principios de equidad, transparencia y simplicidad.

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En la Primera Etapa del reordenamiento tarifario el consumo minimo se redujo en 20%; mientras que en la MORDAZA Etapa la reduccion fue del 50%. Publicado el 6 de agosto de 2005 y vigente a partir del dia siguiente de su publicacion. Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-95-PRES, modificado por Decreto Supremo Nº 01596-PRES, Decreto Supremo Nº 013-98-PRES, Decreto Supremo Nº 007-2005VIVIENDA, Decreto Supremo Nº008-2005-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº0162005-VIVIENDA.

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