Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2005 (17/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2005

PROYECTO NORMAS LEGALES

Pag. 304359

2.4 Determinacion de las asignaciones de consumo por categoria y/o clase La estimacion del volumen de consumo real de los usuarios no medidos se realizara a partir del volumen leido de los usuarios medidos de similares caracteristicas socioeconomicas y debera ser sustentada con informacion correspondiente a los ultimos doce meses. 2.5 Impacto de la propuesta Se debera presentar el calculo correspondiente a los ultimos doce meses, con y sin modificacion de las estructuras tarifarias, de los ingresos de la empresa, la facturacion mensual, la tarifa media por categoria, los subsidios cruzados y la facturacion promedio por categoria. Asimismo, se debe calcular el MORDAZA gasto promedio mensual por el servicio de saneamiento de la categoria domestica, de tal manera que al comparar dicho gasto promedio, con la modificacion de las estrucuturas tarifarias, este no supere estandares internacionales que relacionan el nivel de gasto en servicios de saneamiento respecto al total de ingreso o gasto de la familia. A r ticulo Te rcero.- Incor porar el Titulo V "Procedimiento de Aprobacion de Modificacion de las Estructuras Tarifarias Aplicables a las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento" a la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de Formulas Tarifarias, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento", con el siguiente texto: TITULO V PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE MODIFICACION DE LAS ESTRUCTURAS TARIFARIAS APLICABLE A LAS ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Articulo 35º.- Inicio del Procedimiento El procedimiento para la aprobacion de la modificacion de las estructuras tarifarias aplicable a la EPS se inicia a solicitud de parte cuando esta presente su solicitud a la SUNASS cumpliendo con los requisitos de admisibilidad y procedencia previstos en la presente norma. Articulo 36º.- Admisibilidad y procedencia de la Solicitud 36.1 Admisibilidad.La Gerencia de Regulacion Tarifaria de la SUNASS declara inadmisible la solicitud cuando: a. La EPS no cumple con adjuntar a su Solicitud el informe con la propuesta de modificacion de las estructuras tarifarias. b. El informe presentado no cumple con los requisitos formales establecidos en el Titulo IV de la Directiva para la Formulacion del Plan Maestro Optimizado. En los supuestos a que se refieren los literales a) y b), la Gerencia de Regulacion Tarifaria ordena a la EPS que subsane la omision o defecto en un plazo no mayor de diez (10) dias habiles. En caso de incumplimiento, se declara inadmisible la Solicitud y se tendra por no presentada, dandose por concluido el procedimiento administrativo. 36.2 Procedencia.La Gerencia de Regulacion Tarifaria declara improcedente la Solicitud cuando del Analisis de Consistencia de la Solicitud de modificacion de las estructuras tarifarias, se concluya que esta es manifiestamente inexacta, imprecisa o incompleta. La resolucion debera expresar los fundamentos de la decision, dando por concluido el procedimiento administrativo. Articulo 37º.- Procedimiento El procedimiento para la aprobacion de la modificacion de las estructuras tarifarias a solicitud de las EPS, se rige por los articulos 9º, 10º, 12º, 13º, 17º y 18º del Titulo II de la presente Directiva.

Articulo 38º.- Audiencia Publica El Consejo Directivo convoca a audiencia publica para que la SUNASS haga de conocimiento los resultados del Estudio de modificacion de las estructuras tarifarias del Solicitante, siendo aplicables los articulos 14º, 15º y 16º, en lo que resulten pertinentes. La EPS puede solicitar a la SUNASS su participacion en la referida audiencia publica, con la finalidad de exponer al publico en general su propuesta de modificacion de estructuras tarifarias. Para tal efecto, debe presentar su solicitud a la Gerencia de Regulacion Tarifaria dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de notificada la Resolucion de Admision. Articulo 39º.- Resolucion de aprobacion de modificacion de estructuras tarifarias La Resolucion que emita el Consejo Directivo de la SUNASS aprobando la modificacion de las estructuras tarifarias da por concluido el procedimiento. La Gerencia de Relaciones Institucionales es responsable de publicar la Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el diario de mayor circulacion en el ambito de prestacion de servicios del Solicitante y en la pagina web de la SUNASS, dentro del plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario de emitida la Resolucion aprobando la modificacion de las estructuras tarifarias. Articulo Cuarto.- Incorporar las etapas y plazos del "Procedimiento de Aprobacion de Modificacion de las Estructuras Tarifarias" al Anexo I de la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de Formulas Tarifarias, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento", con el siguiente texto: ANEXO I Procedimiento de aprobacion de modificacion de las estructuras tarifarias 1. 2. 3. 4. 5. 6. Inicio de procedimiento: Tiene un plazo de 10 dias habiles Admision: Tiene un plazo de 5 dias habiles Evaluacion: Tiene un plazo de 20 dias habiles Audiencia Publica: Tiene un plazo de 20 dias habiles Estudio Final: Tiene un plazo de 20 dias habiles Fin del Procedimiento: Tiene un plazo de 10 dias habiles

Articulo Quinto.- Incorporar el Anexo V a la "Directiva sobre el Procedimiento de Aprobacion de Formulas Tarifarias, Estructuras Tarifarias y Metas de Gestion en los Servicios de Saneamiento", el cual se adjunta a la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Derogar la Resolucion de Superintendencia Nº 920-98-SUNASS1 que aprueba la Directiva "Reordenamiento Tarifario en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento". Articulo Setimo.- Disponer la publicacion del documento denominado "Lineamientos para el Reordenamiento de las Estructuras Tarifarias" en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). Registrese, publiquese y cumplase. Con la intervencion de los senores consejeros MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Seoane, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tavella. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

1

Publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 13 de noviembre de 1998.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.