Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2005 (17/11/2005)


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NORMAS LEGALES PROYECTO

MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2005

De acuerdo a la experiencia internacional, se han dado dos tipos de subsidios en el sector saneamiento: subsidio directo y subsidios cruzados. a) Subsidio directo: Un subsidio directo a la demanda es financiado y administrado por el Estado y dirigido a los usuarios mas pobres para ayudarles a cubrir una parte del costo de los servicios. Entre las ventajas, esta el ser transparente, explicito y minimizar las senales equivocadas que afectan el comportamiento de las empresas en su viabilidad financiera. Entre las desventajas, se mencionan los problemas relacionados con la definicion de los criterios de seleccion (focalizacion/elegibilidad), la aceptacion social de dichos criterios, los costos de seleccion de las familias elegibles al subsidio (costos de focalizacion) y los altos costos de administracion que involucra.

MORDAZA presenta un esquema de subsidio directo al consumo de agua potable. Ahi el Estado contribuye al pago de los servicios prestados a las familias mas pobres, con un subsidio explicito y limitado por familia que se maneja a traves del municipio y de las empresas. Como resultado, la empresa recibe, para volumenes de consumo igual, un pago igual de parte de cualquier usuario, y por lo tanto tiene el mismo incentivo de servir a todos los usuarios por cuanto el monto cobrado no depende de su clasificacion. b) Subsidios cruzados: Un esquema de subsidios cruzados consiste en cobrar tarifas por debajo de los costos a un grupo de usuarios (usualmente los de menores recursos) y tarifas por encima de los costos a los de mayor poder adquisitivo. Esto se refleja en la estructura tarifaria de las empresas.

Grafico Nº 3 Efecto de los Subsidios Cruzados Efecto de Subsidios Cruzados

La ventaja de los subsidios cruzados es su aplicacion practica, pues se implementan solo a traves de la discriminacion de precios entre los usuarios, lo hace muchas veces deseable frente a los subsidos directos que pueden llegar a tener un costo administrativo alto y requieren de una fuente de financiacion diferente a los que genera la empresa. 3.2. Aspectos generales 3.2.1. Lineamientos generales de politica.1. Las estructuras tarifarias se definen para unidades de uso. 2. En cada etapa la tarifa media que resulte de aplicar la estructura tarifaria debe reflejar el costo eficiente de proveer el servicio de saneamiento, asi como, subsidios cruzados que permitan alcanzar el MORDAZA de equidad. 3. La tarifa estara compuesta por un cargo fijo y un cargo variable. 4. Se eliminara los consumos minimos. 5. Se establecera de manera diferenciada la tarifa por la prestacion del servicio de abastecimiento de agua potable y del servicio de alcantarillado sanitario. El cobro separado por cada servicio debe representar los costos que implica la generacion de cada servicio en particular. 6. Se mantendra las asignaciones de consumo para los usuarios no medidos. 7. Cada categoria o clase de usuarios presentara una sola asignacion de consumo, calculada en base al consumo promedio de los usuarios medidos de la misma categoria o clase de usuarios. La EPS podra aplicar una menor asignacion de consumo que la establecida, a sectores de la poblacion que sufran de restricciones en el abastecimiento de agua potable, siempre y cuando, los criterios utilizados en el ajuste de la asignacion de consumo MORDAZA incluidos en su informe de propuesta de reordenamiento tarifario y se caracterizen por ser homogeneos y eliminen todo MORDAZA de discrecionalidad.

8. Se establecera una estructura tarifaria con politica de subsidios cruzados. 9. El sistema de subsidios cruzados implicara la existencia de dos tipos de usuarios: - Los que reciben subsidio: Incluira solo a los usuarios de la clase Residencial, categoria social y categoria domestica correspondientes al consumo de subsistencia; en algunos casos se podra incluir al MORDAZA rango de la categoria domestica. Este grupo de usuarios recibiran incrementos tarifarios menores o iguales a los incrementos sobre la tarifa media definida en la formula tarifaria, por lo que su tarifa media, para un ano determinado, sera menor a la tarifa media que resulte de aplicar la formula tarifaria para el mismo ano. - Los que otorgan subsidio: Seran los usuarios pertenecientes a la clase No Residencial (estatal, comercial e industrial) y en algunos casos los usuarios pertenecientes al MORDAZA rango de la categoria domestica y siempre los usuarios del ultimo rango de la categoria domestica. Estos recibiran incrementos tarifarios mayores a los incrementos sobre la tarifa media definida en la formula tarifaria, siendo su tarifa media, para un ano determinado, mayor a la tarifa media que resulte de aplicar la formula tarifaria para el mismo ano. 10. Se establecera un sistema de tarifa unica por escalon de consumo, donde la tarifa que se aplique al volumen a facturar sea la misma desde el primer hasta el ultimo metro cubico consumido. 11. Las tarifas de las categorias y rangos tomaran en cuenta la capacidad de pago de la poblacion. 12. Los incrementos tarifarios que reciban las distintas categorias de la clase No Residencial, en particular la categoria industrial, no deberan propiciar el autoabastecimiento. 13. Se tendera al establecimiento de una unica estructura tarifaria por empresa. En los casos de sistemas aislados de produccion y distribucion de agua

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