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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (21/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G36/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de noviembre de 2005Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la Formales (Nota 5) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y la y/o Adhesión Apelación de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. Reconsideración (Nota 12) (Nota 3) P ositivo Negativo 3. Modalidad de la Búsqueda (Patente de Invención, Modelo de Utilidad o Diseño Industrial). Farmaceúticos u Nuevas Tecnologías 4. Datos sobre los que se desea se realice la Búsqueda (Titular, Inventor, Campo Técnico, Número de Solicitud, 7,1% UIT Oficina Número de Patente u otro dato). Por resumen Descentralizada La búsqueda de Certificados para Productos Farmaceúticos incluirán 50 resúmenes. adicional Base Legal: Decreto Legislativo 823, Ley de Propiedad Industrial, publicado el 24 de mayo de 1996 S/.1,00 17. Búsqueda de Información Tecnológica Solicitud que deberá consignar o adjuntar, según corresponda: 6,3% UIT X Oficina de No Contemplado ————- No ————- 1. Datos de Identificación, domicilio y teléfono. Invenciones y Contemplado 2. Campo técnico en el que se desea se efectúe la Búsqueda detallando las características técnicas. Para Productos Nuevas Tecnologías 3. Figuras, fotografías relacionadas con el objeto de la Búsqueda, de ser el caso. Farmaceúticos u 4. Motivo de la Búsqueda. 9,5% UIT Oficina La búsqueda de Información Tecnológica para Productos Farmaceúticos incluirán 50 resúmenes. Por resumen adicional Base Legal: Decreto Legislativo 823, Ley de Propiedad Industrial, publicado el 24 de mayo de 1996 S/.1,00 18. Registro de Conocimientos Colectivos de Pueblos Indígenas 1. Solicitud que deberá consignar la siguiente información 3,2%UIT X Oficina de 9% UIT Jefe de la 14% UIT Sala de a. Identificación del(los) pueblo(s) indígena(s) que solicita(n) el registro de sus conocimientos; Nota 8 Invenciones y Procede dentro Oficina de Procede dentro P ropiedad b. Identificación del representante; Nuevas Tecnologías de los 15 días Invenciones y de los 15 días Intelectual c. Indicación del recurso biológico sobre el cual versa el conocimiento coletivo, pudiendo utilizarse el nombre indígena; u de notificada la Nuevas Tecnologías de notificada la Trib unal de d. Indicación del uso o usos que se dan al recurso biológico en cuestión; Oficina Resolución Resolución Ind ecopi e. Acta en la que figura el acuerdo de registrar el conocimiento por parte del pueblo indígena Descentralizada 2. Adjuntar a la solicitud una descripción clara y completa del conocimiento colectivo objeto de registro y una muestra del recurso biológico sobre el cual versa el conocimiento colectivo objeto del registro. En aquellos casos en que la muestra se a de difícil transporte o manipulación, el solicitante podrá requerir que se le permita presentar en su lugar fotografías en las que se puedan apreciar las características del recurso biológico sobre el cual versa el conocimiento colectivo. Dicha muestra o, en su caso, dichas fotografías deberán permitir identificar el recurso biológico en cuestión y hacer constar en el expediente el nombre científico del mismo. Base Legal: Artículo 20º de la Ley 27811, Ley que establece el Régimen de Protección de los Conocimientos colectivos de los Pueblos indígenas vinculados a los Recursos Biológicos, publicada el 10 de agosto del 2002 19. Registro de Contratos de Licencia de Conocimiento Colectivo de Pueblo Indígena 1. Solicitud que deberá consignar la siguiente información 3,2%UIT X Oficina de 9% UIT Jefe de la 14% UIT Sala de a. Identificación de los pueblos indígenas que son parte en el contrato y de sus representantes; Nota 10 Invenciones y Procede dentro Oficina de Procede dentro P ropiedad b. Identificación de las demás partes en el contrato y de sus representantes. Nuevas Tecnologías de los 15 días Invenciones y de los 15 días Intelectual c. Copia del Contrato; y u de notificada la Nuevas Tecnologías de notificada la Trib unal de d. Acta en la que figura el acuerdo de celebrar el Contrato de Licencia por parte de los pueblos indígenas que Oficina Resolución Resolución Ind ecopi participan contrato. Descentralizada 2. Adjuntar a la solictud copia del contrato de licencia con firmas legalizadas.Base Legal: Artículo 28º de la Ley 27811, Ley que establece el Régimen de Protección de los Conocimientos colectivos de los Pueblos Indígenas vinculados a los Recursos Biológicos, publicada el 10 de agosto del 2002 20. Cancelación de Registro de Conocimientos Colectivos de Pueblos Indígenas Solicitud que deberá consignar o adjuntar, según corresponda: 20% UIT X Oficina de 9% UIT Jefe de la 14% UIT Sala de 1. Datos de Identificación, domicilio y/o Poderes (Nota 1). Es necesario señalar el domicilio en el que se a va notificar Nota 8 Invenciones y Procede dentro Oficina de Procede dentro P ropiedad al Titular (Emplazado) Nuevas Tecnologías de los 15 días Invenciones y de los 15 días Intelectual 2. Número de Registro materia de cancelación u de Notificada la Nuevas Tecnologías de Notificada la Trib unal de