Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2005 (21/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

Requisitos Derechos de Tramite (Nota 3) Sil. Adm. Positivo u Oficina Descentralizada Nuevas Tecnologias Sil. Adm. Negativo Farmaceuticos 7,1% UIT Por resumen adicional S/.1,00 Automatico Evaluacion Previa

Calificacion

Recurso de Reconsideracion

Formales (Nota 5)

Dependencia donde se inicia el procedimiento

Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion

Recurso de Apelacion y/o Adhesion (Nota 12)

Autoridad que resuelve la Apelacion

Pag. 304626

3. Modalidad de la Busqueda (Patente de Invencion, Modelo de Utilidad o Diseno Industrial). 4. Datos sobre los que se desea se realice la Busqueda (Titular, Inventor, MORDAZA Tecnico, Numero de Solicitud, Numero de Patente u otro dato). La busqueda de Certificados para Productos Farmaceuticos incluiran 50 resumenes.

Base Legal: Decreto Legislativo 823, Ley de Propiedad Industrial, publicado el 24 de MORDAZA de 1996

17. Busqueda de Informacion Tecnologica
6,3% UIT Para Productos Farmaceuticos 9,5% UIT Por resumen adicional S/.1,00 X Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias u Oficina No Contemplado --------No Contemplado ---------

Solicitud que debera consignar o adjuntar, segun corresponda: 1. Datos de Identificacion, domicilio y telefono. 2. MORDAZA tecnico en el que se desea se efectue la Busqueda detallando las caracteristicas tecnicas. 3. Figuras, fotografias relacionadas con el objeto de la Busqueda, de ser el caso. 4. Motivo de la Busqueda. La busqueda de Informacion Tecnologica para Productos Farmaceuticos incluiran 50 resumenes.

Base Legal: Decreto Legislativo 823, Ley de Propiedad Industrial, publicado el 24 de MORDAZA de 1996

18. Registro de Conocimientos Colectivos de Pueblos Indigenas
3,2%UIT X Nota 8 Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

1. Solicitud que debera consignar la siguiente informacion a. Identificacion del(los) pueblo(s) indigena(s) que solicita(n) el registro de sus conocimientos; b. Identificacion del representante; c. Indicacion del recurso biologico sobre el cual versa el conocimiento coletivo, pudiendo utilizarse el nombre indigena; d. Indicacion del uso o usos que se dan al recurso biologico en cuestion; e. Acta en la que figura el acuerdo de registrar el conocimiento por parte del pueblo indigena

2. Adjuntar a la solicitud una descripcion MORDAZA y completa del conocimiento colectivo objeto de registro y una muestra del recurso biologico sobre el cual versa el conocimiento colectivo objeto del registro. En aquellos casos en que la muestra sea de dificil transporte o manipulacion, el solicitante podra requerir que se le permita presentar en su lugar fotografias en las que se puedan apreciar las caracteristicas del recurso biologico sobre el cual versa el conocimiento colectivo. Dicha muestra o, en su caso, dichas fotografias deberan permitir identificar el recurso biologico en cuestion y hacer constar en el expediente el nombre cientifico del mismo.

Base Legal: Articulo 20º de la Ley 27811, Ley que establece el Regimen de Proteccion de los Conocimientos colectivos de los Pueblos indigenas vinculados a los Recursos Biologicos, publicada el 10 de agosto del 2002

19. Registro de Contratos de Licencia de Conocimiento Colectivo de Pueblo Indigena
3,2%UIT X Nota 10 Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de Indecopi

1. Solicitud que debera consignar la siguiente informacion a. Identificacion de los pueblos indigenas que son parte en el contrato y de sus representantes; b. Identificacion de las demas partes en el contrato y de sus representantes. c. MORDAZA del Contrato; y d. Acta en la que figura el acuerdo de celebrar el Contrato de Licencia por parte de los pueblos indigenas que participan contrato. 2. Adjuntar a la solictud MORDAZA del contrato de licencia con firmas legalizadas.

Base Legal: Articulo 28º de la Ley 27811, Ley que establece el Regimen de Proteccion de los Conocimientos colectivos de los Pueblos Indigenas vinculados a los Recursos Biologicos, publicada el 10 de agosto del 2002

20. Cancelacion de Registro de Conocimientos Colectivos de Pueblos Indigenas
20% UIT X Nota 8 Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias u 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Jefe de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Sala de Propiedad Intelectual Tribunal de

MORDAZA, lunes 21 de noviembre de 2005

Solicitud que debera consignar o adjuntar, segun corresponda: 1. Datos de Identificacion, domicilio y/o Poderes (Nota 1). Es necesario senalar el domicilio en el que se a va notificar al Titular (Emplazado) 2. Numero de Registro materia de cancelacion

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