Norma Legal Oficial del día 21 de noviembre del año 2005 (21/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

Requisitos Derechos de Tramite (Nota 2) Sil. Adm. Positivo Sil. Adm. Negativo Automatico Evaluacion Previa

Calificacion

Recurso de Reconsideracion

MORDAZA, lunes 21 de noviembre de 2005

Formales (Nota 1)

Dependencia donde se inicia el procedimiento

Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion

Recurso de Apelacion y/o Adhesion a la Apelacion

Autoridad que resuelve la Apelacion

a. Si el fonograma cuenta con obras artisticas musicales - El genero, autor de la letra, autor de la musica y arreglista - La autorizacion del autor o autores o de la sociedad de gestion colectiva que los representa, a favor del productor fonografico a fin de reproducir sus obras en el fonograma o la declaracion jurada de poseer los mencionados documentos - La autorizacion de los artistas interpretes y/o ejecutantes o de la sociedad de gestion colectiva que los representa, a favor del productor fonografico a fin de reproducir sus interpretaciones y ejecuciones en el fonograma o la declaracion jurada de poseer los mencionados documentos - La autorizacion del arreglista o de la sociedad de gestion colectiva que los representa, a favor del productor fonografico con la finalidad de arreglar su obra o la declaracion jurada de poseer los mencionados documentos. b. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante c. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) d. En el caso de documentos elaborados en idioma extranjero, deberan estar traducidos al espanol (nota 11)

Base Legal: Decreto Ley 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI Art 37º publicado el 24 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor Art. 5, literal c y articulo 136º (publicado el 24 de MORDAZA de 1996) Reglamento de Registro Nacional del Derecho de Autor y Derechos Conexos Res. Nº 0276-2003/ODA-INDECOPI (publicado el 31 de diciembre del 2003)

4. Registro de software o programa de computacion
10% UIT X (Nota 4) Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

1 Llenar el formato F-ODA-02, consignando la siguiente informacion: - El nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra fuera anonima en cuyo caso se consignara en el formato tal circunstancia - El titulo del software o programa de computacion, si la obra es inedita o publicada, el MORDAZA de origen de la obra y los elementos del soporte logico presentados. - Datos del productor, a quien se presumira como titular del derecho, en virtud del articulo 71º y el domicilio - Datos del solicitante, numero de RUC -de ser el caso-, y el domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido 2. La parte mas importante del codigo fuente 3. Un Manual de Usuario 4. Una memoria descritiva del software o programa de computacion o en su defecto los ejecutables 5. De ser el caso: a. Si la obra fuera publicada, la fecha de su primera publicacion b. Si el titular fuera una persona distinta del productor, la cesion de derechos en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito. c. En el caso de ser una obra derivada, se precisara el titulo de la obra originaria y se presentara la autorizacion del autor a fin de modificar la misma o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. d. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante e. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) f. En el caso de documentos elaborados en idioma extranjero, deberan estar traducidos al espanol (nota 11)

Base Legal: Decreto Ley 25868 Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, articulo 5º literal k) Ley sobre el Derecho de Autor (publicada el 24 de MORDAZA de 1996) Reglamento de Registro Nacional del Derecho de Autor y Derechos Conexos Res. Nº 0276-2003/ODA-INDECOPI (publicado el 31 de diciembre del 2003)

5. Registro de obras y producciones audiovisuales (cinematograficas, televisivas, videos, multimedia, paginas web y demas grabaciones de imagenes en movimiento).
5% UIT X (Nota 4) Oficina de Derechos de Autor u Oficina 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de

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1. Llenar el formato F-ODA-01, consignando la siguiente informacion: - El nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra fuera anonima en cuyo caso se consignara en el formato tal circunstancia. - El titulo de la obra o produccion, si esta es inedita o publicada, el MORDAZA de origen de la obra o produccion, la fecha de terminacion, duracion y el MORDAZA de soporte.

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