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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (21/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G36/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de noviembre de 2005 Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la Formales (Nota 1) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y la y/o Adhesión Apelación de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. Reconsideración a la Apelación (Nota 2) P ositivo Negativo a. Si el fonograma cuenta con obras artísticas musicales - El género, autor de la letra, autor de la música y arreglista - La autorización del autor o autores o de la sociedad de gestión colectiva que los representa, a favor del productor fonográfico a fin de reproducir sus obras en el fonograma o la declaración jurada de poseer los mencionados documentos - La autorización de los artístas intérpretes y/o ejecutantes o de la sociedad de gestión colectiva que los representa, a fa vor del productor fonográfico a fin de reproducir sus interpretaciones y ejecuciones en el fonograma o la declaración jurada de poseer los mencionados documentos - La autorización del arreglista o de la sociedad de gestión colectiva que los representa, a favor del productor fonográfico con la finalidad de arreglar su obra o la declaración jurada de poseer los mencionados documentos.b. Copia de los documentos que acrediten la existencia de la persona jurídica solicitantec. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3)d. En el caso de documentos elaborados en idioma extranjero, deberán estar traducidos al español (nota 11) Base Legal: Decreto Ley 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI Art 37º publicado el 24 de noviembre de 1992Decreto Legislativo 822, Ley sobre el Derecho de Autor Art. 5, literal c y artículo 136º (publicado el 24 de abril de 1996) Reglamento de Registro Nacional del Derecho de Autor y Derechos Conexos Res. Nº 0276-2003/ODA-INDECOPI (publicado el 31 de diciembre del 2003) 4. Registro de software o programa de computación 1 Llenar el formato F-ODA-02, consignando la siguiente información: 10% UIT X Oficina de 9% UIT Jefe de la Oficina de 14% UIT Sala de - El nombre, número de documento de identidad, domicilio y país de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra (Nota 4) Derechos de Procede dentro Derechos de Autor Procede dentro P ropiedad fuera anónima en cuyo caso se consignará en el formato tal circunstancia Autor de los 15 días de de los 15 días Intelectual - El título del software o programa de computación, si la obra es inédita o públicada, el país de origen de la obra y los u Notificada la de Notificada la del elementos del soporte lógico presentados. Oficina Resolución Resolución Trib unal de - Datos del productor, a quien se presumirá como titular del derecho, en virtud del artículo 71º y el domicilio Descentralizada Indecopi - Datos del solicitante, número de RUC -de ser el caso-, y el domicilio en el cual se efectuarán las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido 2. La parte más importante del código fuente3. Un Manual de Usuario4. Una memoria descritiva del software o programa de computación o en su defecto los ejecutables5. De ser el caso: a. Si la obra fuera publicada, la fecha de su primera publicación b. Si el titular fuera una persona distinta del productor, la cesión de derechos en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesión es o no en exclusiva, el tiempo de duración, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito . c. En el caso de ser una obra derivada, se precisará el título de la obra originaria y se presentará la autorización del autor a fin de modificar la misma o la declaración jurada de poseer el mencionado documento.d. Copia de los documentos que acrediten la existencia de la persona jurídica solicitantee. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) f. En el caso de documentos elaborados en idioma extranjero, deberán estar traducidos al español (nota 11) Base Legal: Decreto Ley 25868 Ley de Organización y Funciones del Indecopi Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, artículo 5º literal k) Ley sobre el Derecho de Autor (publicada el 24 de abril de 1996)Reglamento de Registro Nacional del Derecho de Autor y Derechos Conexos Res. Nº 0276-2003/ODA-INDECOPI(publicado el 31 de diciembre del 2003) 5. Registro de obras y producciones audiovisuales (cinematográficas, televisivas, vídeos, multimedia, páginas web y demás graba ciones de imágenes en movimiento). 1. Llenar el formato F-ODA-01, consignando la siguiente información: 5% UIT X Oficina de 9% UIT Jefe de la Oficina de 14% UIT Sala de - El nombre, número de documento de identidad, domicilio y país de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra fuera (Nota 4) Derechos de Procede dentro Derechos de Autor Procede dentro P ropiedad anónima en cuyo caso se consignará en el formato tal circunstancia. Autor de los 15 días de de los 15 días Intelectual - El título de la obra o producción, si ésta es ínédita o publicada, el país de origen de la obra o producción, la fecha de u Notificada la de Notificada la del terminación, duración y el tipo de soporte. Oficina Resolución Resolución Trib unal de