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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G36/G32/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de noviembre de 2005 Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la Formales (Nota 5) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y la y/o Adhesión Apelación de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. Reconsideración (Nota 12) (Nota 3) P ositivo Negativo 3. Fundamentos de la Cancelación Oficina Resolución Resolución In decopi 4. Copia de la Solicitud y sus recaudos para el Titular del Registro. Descentralizada 5. Pruebas que acrediten las causales de cancelación invocadas y copias de la misma para el Titular del Registro. Base Legal: artículo 35º de la Ley 27811, Ley que establece el Régimen de Protección de los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas vinculados a los recursos biológicos, publicada el 10 de agosto del 2002 Nota 1: Los Poderes podrán constar en Instrumento Privado y deberán cumplir las siguientes formalidades, en el caso de: a. Personas Naturales : la firma deberá ser legalizada por un Notario b. Personas Jurídicas : el documento deberá contener las facultades otorgadas al Representante y la Representación con la que actúa el Poderdante y s u firma deberá ser autenticada por Notario c. Poderes otorgados en el extranjero , éstos deberán contener además Visación Consular. Nota 2: Los derechos correspondientes se abonan directamente en El Instituto Nacional de Investigación Agraria - INIANota 3: Es necesario señalar el número del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, y la fecha de emisión del mismo Nota 4: Tasa y plazo también aplicables para la apelación de resoluciones que imponen multas u ordenan medidas cautelares. Base legal: Decreto Legislativo 823, artículo 240; Decreto Legislativo 807, artículo 38, modificado por Ley Nº 27809, Decimotercera Disposición Complementaria y Final. Nota 5: La presentación de los documentos se realiza en la Unidad de Trámite Documentario del Indecopi o de la Oficina Descentr alizada del Indecopi, dependencias que actúan como vía documentaria Nota 6: Actuaciones procedimentales impulsadas a pedido de parte. El pago es facultativo en tanto el solicitante pretenda hacer valer dichos beneficios Nota 7: La realización del informe está sujeto a los casos en que se reestructura el pliego de reivindicaciones, y constituye u n pago único por examen adicional Nota 8: El plazo es de 30 días contados a partir del proveído que declara la solicitud expedita para resolverNota 9: El pago se realizará por cada acto modificatorio Nota 10: El plazo es de 120 días hábiles. Base legal: Decimocuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27809, publi cada en el Diario Oficial El Peruano el 08 de agosto del 2002. Nota 11: Artículo 247º del Decreto Legislativo 823, Ley de Propiedad Intelectual, publicado el 24 de mayo de 1996 / Artículo 22 º y 38º del Decreto Legislativo 807, Ley sobre facultades, normas y organización del Indecopi, publicado el 19 de abril de 1996 / Artículo 227.1 º de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, publicada el 11 de abril del 2001Nota 12: Adhesión a la apelación: Aplicación supletoria del artículo 373 del Código Procesal Civil, publicado el 23 de abril de 1993. Oficina de Derechos de Autor Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la Formales (Nota 1) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y la y/o Adhesión Apelación de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. Reconsideración a la Apelación (Nota 2) P ositivo Negativo 1. Registro de obras de carácter literario, científico, técnico o práctico (inéditas y publicadas) 1. Llenar el formato F-ODA-03, consignando la siguiente información: 5% UIT X Oficina de 9% UIT Jefe de la Oficina de 14% UIT Sala de - El nombre, número de documento de identidad, domicilio y país de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra fuera (Nota 4) Derechos de Procede dentro Derechos de Autor Procede dentro P ropiedad anónima en cuyo caso se consignará en el formato tal circunstancia Autor de los 15 días de de los 15 días Intelectual - El título de la obra u Notificada la de Notificada la del - Datos del solicitante, número de RUC -de ser el caso-, y el domicilio en el cual se efectuarán las notificaciones. Oficina Resolución Resolución Trib unal de - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido Descentralizada Indecopi 2. Un ejemplar de la obra en el soporte deseado, salvo que la misma fuera publicada en cuyo caso se presentará en el soporte reproducido para su posterior distribución. 3. De ser el caso: a. Si la obra fuera publicada:- Se consignará en el formato la fecha y lugar de publicación, el número de edición y el número de ejemplares reproducidos- Se consignará en el formato el nombre o razón social del editor y el domicilio- Se presentará el contrato de edición o la declaración jurada de contar con el mismo, si el editor es una persona distinta al autor o autoresb. La cesión de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesión es o no en exclusiva, el tiem po de duración, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito o la declaración jurada de contar con el mencionado documento.c. El contrato de trabajo o contrato de obra, los cuales salvo pacto en contrario se regirán por lo establecido en el artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 822 o la declaración jurada de poseer el mencionado documento.