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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G34/G36/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de noviembre de 2005Comisión de Acceso al Mercado Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la Formales (Nota 1) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y/o Adhesión Apelación de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. (Nota 2) P ositivo Negativo 1. Denuncia contra Barreras Burocráticas 1. Solicitud consignando y acreditando datos de identificación, domicilio y/o Poderes (Nota 3) y existencia 13,00% UIT X Secretaría Técnica No Contemplado Comisión de 10% UIT Sala de Defensa para el caso de Personas Jurídicas. 120 días de la Comisión de ( Nota 5) Acceso al Mercado Procede dentro de la 2. Identificación de la Barrera Burocrática, Ilegal o Irracional, que se denuncia. Debe aportarse elementos de juicio hábiles Acceso al Mercado de los 5 Competencia razonables sobre la existencia de la Barrera Burocrática Irracional Denunciada (Nota 4). (Nota 7) u días hábiles de 3. Identificación de la Autoridad que impone la Barrera Burocrática Oficina Notificada la Trib unal de 4. Recuento de hechos. Descentralizada Resolución In decopi 5. Fundamentación jurídica. (Nota 6) 6. Documentación sustentatoria de las afirmaciones formuladas en la Solicitud. Base Legal: Decreto Legislativo 807, Ley de Facultades, Nornas y Organización del Indecopi (publicada el 18 de Abril de 1996) (Nota 1) La presentación de los documentos se realiza en la Unidad de Trámite Documentario del Indecopi o de la Oficina Descent ralizada (Nota 2) Es necesario señalar el número del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, y la fecha de emisión del mismo(Nota 3) Los Poderes deberán cumplir con las siguientes formalidades, en los siguientes casos: A. Personas Naturales : la representación deberá constar en el escrito que se presenta , o a través de Carta Poder simple. B. Personas Jurídicas : intervendrán en el Proceso a través de sus Representantes Legales, quienes deberán actuar premunidos de los respectivos Poder es, para lo cual será suficiente la presentación de la copia de los documentos respectivos. En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, éstos deberán contener además Legalización ConsularC. Asociaciones que actúen en representación de sus asociados , deberán presentar documento indubitable donde se identifique a sus integrantes al momento de la interposición de la Denuncia. (Nota 4) Las Barreras Burocráticas Irracionales pueden implicar la imposición de medidas discriminatorias, arbitrarias (es deci r, que carecen de fundamentos) o desproporcionadas (es decir, que resultan excesivas en relación a sus fines), entre otras, est ando el denunciante obligado a presentar indicios suficientes que lleven a la Comisión a emplazar a la Denunciada por este extremo. (Nota 5) Decreto Legislativo 807, Ley sobre Facultades, Normas y Organización del Indecopi (publicada el 18 de abril de 1996), Sexta Disposición Transitoria y Artículo 38º (Nota 6) Procede contra las Resoluciones en las que se dicta una Medida Cautelar, Resoluciones en las que se imponga una multa y Resoluciones que ponen fin al Procedimiento. (Nota 7) Ley 27809, Ley General del Sistema Concursal (publicada el 08 de Agosto del 2002) Décimocuarta Disposición Complementa ria y Final Comisión de Libre Competencia Requisitos Calificación Dependencia Recurso de Autoridad que Recurso de Autoridad que Evaluación Previadonde se inicia Reconsideración resuelve la Apelación resuelve la Formales (Nota 1) Derechos Auto- el procedimiento Solicitud y/o Adhesión Apelación de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. (Nota 2) P ositivo Negativo 1. Procedimiento trilateral de denuncia de abuso de posición de dominio y/o prácticas colusorias 1. Datos de identificación y domicilio de la persona natural o jurídica (Nota 3), 66,48 % UIT 5 días S ecretaría Técnica No contemplado Comisión de Libre 54,48 % de la UIT Sala de Defensa poderes del representante legal (Nota 4) hábiles de la Comisión de ( Nota 6) Competencia Procede dentro de de la 2. Actividad económica del o los denunciantes (Nota 5) Libre Competencia lo 15 días de Competencia 3. Tipificación y descripción de la práctica que se denuncia: abuso de posición de dominio o prácticas colusorias Resolución Trib unal de 4. Presentación de pruebas o argumentos que acrediten la existencia de indicios razonables de la comisión de una (Nota 7) Indecopi conducta anticompetitiva 5. Nombre o razón social de otras empresas nacionales que se dediquen a la actividad objeto de la práctica 6. Nombre o razón social de quienes se presume se encuentren ejecutando la práctica 7. Indicación de reincidencia o reiterancia, de ser el caso 8. Las pruebas que permitan apreciar la existencia del perjuicio (ventas, inventarios, utilización de