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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (01/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G34/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de octubre de 2005 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C /G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61 /G61/G73/G69/G73/G74/G69/G72/G20/G61/G6C/G20/G22/G31/G32/GBA/G20/G53/G69/G6D/G70/G6F/G73/G69/G75/G6D/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G79/G20/G79/G20/G52/G65/G6C/G69/G67/G69/GF3/G6E/G22 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 076-2005-P/TC Lima, 29 de setiembre de 2005 VISTA, la comunicación de 30 de agosto de 2005, cursada por el Centro Internacional para Leyes y EstudiosReligiosos de la Universidad Brigham Young, en Provo,Utah, Estados Unidos de Norteamérica; y, CONSIDERANDO:Que mediante el documento de vista se comunica al Magistrado Víctor García Toma la invitación para asistiral "12º Simposium Internacional Anual de Ley y Religión"a realizarse entre el 2 y 5 de octubre de 2005, en laUniversidad Brigham Young, en Provo, Utah; Que el Magistrado García Toma ha expresado su interés en participar en el citado simposium, debido aque en él se abordarán temas de interés en materia dederechos fundamentales, que pueden resultar relevantesy beneficiosos para la labor del Tribunal Constitucional; Con conocimiento y autorización del Pleno;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del doctor Víctor García Toma, Magistrado del TribunalConstitucional del Perú, a la ciudad de Provo, EstadosUnidos de Norteamérica, del 1 al 6 de octubre al de2005 para asistir al "12º Simposium Internacional Anualde Ley y Religión" Artículo Segundo.- El viaje del referido Magistrado no irrogará gasto alguno al Tribunal Constitucional, pueséste será asumido por los organizadores del evento. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración o liberaciónde impuestos aduaneros, cualquiera fuera sudenominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el Magistradoinformará sobre los resultados obtenidos con motivo desu participación en el citado simposium internacional. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER ALVA ORLANDINI Presidente 16701 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G49/G6E/G73/G63/G72/G69/G62/G65/G6E/G20/G22/G42/G6F/G6E/G6F/G73/G20/G43/G41/G46/G20/G32/G22/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72 /G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G6E/G64/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65 /G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 053-2005-EF/94.45 Lima, 23 de agosto de 2005VISTOS: El expediente Nº 2005022245, así como el Informe Interno Nº 118-2005-EF/94.45.2 del 23 de agosto de 2005,de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO:Que, mediante acuerdo del 18 de agosto de 2004, el Presidente Ejecutivo de la Corporación Andina deFomento - CAF, señor Luis Enrique Berrizbeitia, haciendouso de los poderes conferidos por el Directorio de dichoorganismo internacional, autorizó el establecimiento deun programa de valores denominado “Medium Term Note Programme” , por un importe de US$ 750 000 000,00 (setecientos cincuenta millones y 00/100 Dólares de losEstados Unidos de América); Que, mediante escrito remitido el 8 de agosto de 2005, la Corporación Andina de Fomento - CAF solicitó a la Bolsade Valores de Lima S.A. la inscripción de los bonosdenominados Bonos CAF 2 pertenecientes a la serie 6,emitidos en el marco del programa de bonos denominado “Medium Term Note Programme” por un importe de US$ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100Dólares de los Estados Unidos de América), adjuntandopara ello la documentación requerida por el artículo 17C delReglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliariosen la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima; Que, de acuerdo con el artículo 132 inciso a) de la Ley del Mercado de Valores y el artículo 16 delReglamento del Registro Público del Mercado de Valores,la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEVque había sido admitida la solicitud de listado de losvalores representativos de derechos de crédito emitidospor la Corporación Andina de Fomento - CAF en elRegistro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima; Que, luego de la evaluación a la documentación presentada, se verificó que en el presente caso se cumplecon los requisitos exigidos por el artículo 17C del Reglamentode Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Ruedade Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidaspor los Órganos Decisorios de CONASEV, establece quelas resoluciones administrativas referidas a la inscripciónde los valores mobiliarios objeto de oferta pública en elRegistro Público del Mercado de Valores y el registro delos prospectos informativos correspondientes, deben serdifundidas a través del Boletín de Normas Legales delDiario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV eninternet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 16 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valoresy a lo acordado por el Directorio de CONASEV el 18 dediciembre de 2000, donde se faculta a la Gerencia deMercados y Emisores a disponer la inscripción de valoresmobiliarios, previamente emitidos y que serán negociadosen mecanismos centralizados de negociación, en elRegistro Público del Mercado de Valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de los bonos denominados “Bonos CAF 2” por un importe deUS$ 150 000 000,00 (ciento cincuenta millones y 00/100Dólares de los Estados Unidos de América),pertenecientes a la serie 6 del programa de bonosdenominado “ Medium Term Note Programme” emitidos por la Corporación Andina de Fomento - CAF, en elRegistro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mercado de Valores los bonos denominados “BonosCAF 2” por un importe de US$ 150 000 000,00 (cientocincuenta millones y 00/100 Dólares de los EstadosUnidos de América), pertenecientes a la serie 6 delprograma denominado “Medium Term Note Programme” emitidos por la Corporación Andina de Fomento - CAF. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la páginade CONASEV en internet.