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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G35/G32/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de octubre de 2005 b. La planificación participativa y concertada en el desarrollo de la CTel vinculada estrechamente a laeducación, la creatividad y a la actividad productivay social del país. c. La coordinación y la consolidación del SINACYT, como soporte de la colaboración entre el Estado,las universidades, la comunidad científica, el sectorempresarial y el sector social. d. El establecimiento y desarrollo de la Red Nacional de lnformación Científica e Interconexión Telemática y del registro de ciencia, tecnología e innovación tecnológica. e. El óptimo aprovechamiento de los incentivos, exoneraciones y tributación especial que el Estadodestine para actividades de CTel. f. La eficiente captación, canalización y aplicación de los recursos financieros del FONDECYT y de lacooperación internacional destinados a CTel. g. La protección efectiva de la propiedad intelectual, propiedad industrial y sus derechos conexos, delos inventos y otros aportes nacionales, para lo cualel INDECOPI coordinará con las instancias correspondientes. h. La gestión directa de programas de CTel, prestación de servicios y asistencia técnica de alta calidad, a través de los organismos especializados del Estado,con el concurso del sector privado. i. La formulación e implantación de sistemas de seguimiento y evaluación, así como de calificación,acreditación y registro, con procedimientos deestándares de validez internacional, a los queestarán sujetos todos los programas, proyectos y actividades, entidades, funcionarios e investigadores del SINACYT. j. La aplicación y evaluación de los mecanismos de promoción del desarrollo de la CTel y de estímulo alfortalecimiento del SINACYT, en particular lo queconcierne al desarrollo de la calidad de la produccióncientífica y de la producción tecnológica, deldesarrollo de la masa crítica de científicos y tecnólogos, la actualización de equipos e infraestructura, la especialización y descentralizaciónde actividades de CTel y de la institucionalidad delsistema. TÍTULO II DE LA ORGANIZACIÓN DEL CONCYTEC CAPÍTULO I ESTRUCTURA ORGÁNICA Artículo 7º.- Estructura orgánica La estructura orgánica del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica será establecida en el Reglamento de Organización yFunciones (ROF). Artículo 8º.- Consejo Directivo El Consejo Directivo es el órgano de dirección del CONCYTEC y de coordinación de las acciones de las entidades integrantes del SINACYT. Está conformado por trece (13) miembros designados por resolución suprema, dos de los cuales seránnecesariamente representantes de las universidadespúblicas y privadas. Todos los miembros del Consejo Directivo deberán ser profesionales de alta calificación, especializados en las materias propias o vinculadas a la CTel. La vacante producida en el Consejo Directivo del CONCYTEC por la elección del Presidente del Directoriodel FONDECYT, en aplicación del artículo 17º de la LeyMarco, será cubierta por otro representante de la entidad de origen del elegido. Artículo 9º.- Funciones del Consejo Directivo Son funciones del Consejo Directivo: a. Aprobar las propuestas de políticas de ciencia, tecnología e innovación tecnológica y elevarlas a la PCM para su formalización.b. Aprobar la propuesta de planes nacionales de desarrollo de CTel articulando las propuestassectoriales, regionales e interinstitucionales yelevarla a la PCM para su formalización. c. Aprobar las propuestas de asignación de recursos disponibles y del régimen de incentivos en CTel. d. Aprobar los programas nacionales y compatibilizarlos con los programas regionales yespeciales de CTel. e. Promover las relaciones interinstitucionales del CONCYTEC con las entidades públicas y privadas,organizaciones sociales, comunidades campesinas y nativas y personas naturales que realizan actividades del CTel. f. Aprobar y proponer a las instancias correspondientes las normas y estrategias para elcumplimiento de las disposiciones y los objetivosde la normatividad vinculada a la CTel. g. Aprobar la memoria anual de la gestión institucional.h. Aprobar el Reglamento de Calificación y Acreditación de las instituciones, investigadores,académicos, consultores y promotores queconforman el SINACYT. i. Aprobar su Reglamento Interno.j. Otras que se establezcan conforme a ley. Artículo 10º.- Presidente del CONCYTEC El Presidente del CONCYTEC dirige el SINACYT y es el responsable de la política nacional de CTel. Es la más alta autoridad del CONCYTEC; ejerce la representaciónlegal de la institución y es el titular del pliego presupuestal.El Presidente puede delegar las facultades y atribucionesque no sean privativas de su cargo. Artículo 11º.- Ámbito de las relaciones interinstitucionales El CONCYTEC mantiene relaciones con todas las entidades públicas y privadas, organizaciones sociales,comunidades campesinas y nativas y personas naturalesque realizan actividades de CTel. A tal efecto está facultado para: a. Convocar a todas las instituciones y personas naturales que realizan o proyectan realizaractividades de CTel en el país, para obtener suincorporación como integrantes del Sistema. b. Concertar políticas, actividades, programas y proyectos de CTel con instituciones públicas y privadas. c. Auspiciar las actividades de ciencia, tecnología e innovación tecnológica en forma desconcentrada y descentralizada, a escala nacional, regional y local. d. Difundir los fines, principios fundamentales y objetivos nacionales señalados en la Ley Marco;los resultados y avances de los planes, programasy proyectos de CTel; y, los incentivos, servicios yotros beneficios del Sistema . e. Promover y concertar con las instituciones del sector privado la realización conjunta de programasy proyectos de innovación tecnológica. f. Coordinar con las instituciones y personas naturales integrantes del Sistema la articulación de las acciones, recursos y personal especializado para lograr la consolidación del Sistema por acciónsinérgica de sus integrantes. g. Apoyar a la innovación tecnológica del sector productivo mediante disposiciones reglamentariasen las que se explicite que de los recursostransferidos por CONCYTEC al FONDECYT, seránprioritarios los proyectos de innovación productiva y, dentro de estos últimos, los proyectos con participación empresarial. h. Ofrecer servicios de asesoría y consultoría técnica en CTel a los poderes públicos y a los integrantesdel Sistema. i. Estimular las actividades de investigación básica, investigación aplicada y de innovación tecnológica;y, establecer incentivos para la participación de los