Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (18/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G35/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de octubre de 2005 Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, los Registros de las Oficinas de Registro de Estado Civil aque se refiere la Ley Nº 26242, deberán continuar con elproceso de reinscripción; Que, la Oficina de Registro de Estado Civil del distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima, ha cumplido con los requisitos establecidos para el proceso de reinscripción solicitado, confirmándose el deterioroirreversible de Libros Registrales de Nacimiento de losaños 1932, 1933, 1934, 1935 y 1936; Que, la solicitud de reinscripción contenida en los informes del visto, ha sido evaluada positivamente, por lo que corresponde al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil la aprobación pertinente, por cuanto es elorganismo constitucionalmente autónomo, concompetencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) delReglamento de Organización y Funciones de laInstitución; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la MunicipalidadDistrital de Chorrillos, provincia y departamento de Lima,para la Reinscripción de Libros Registrales de Nacimientoque se encuentran en estado de deterioro irreversible correspondientes a los años 1932, 1933, 1934, 1935 y 1936. Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distritode Chorrillos, provincia y departamento de Lima, para queproceda a la apertura del Registro de Libro de Actas de Nacimiento, con la finalidad de implementar el proceso de reinscripción que se aprueba con la presenteResolución, con sujeción a las normas legales,reglamentarias y administrativas que regulan lasreinscripciones en los Registros Civiles. Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con la consignación expresa por selladura “Reinscripción LeyNº 26242 - 26497”, el Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil, a través de la Subgerencia de Registrosdel Estado Civil, deberá proveer los libros oficialesrequeridos expresamente por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 17669 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA /G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN SBS Nº 1517-2005 Lima, 5 de octubre de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice la aperturade una oficina especial temporal, el día 10 de octubre de2005, en el Colegio Lincoln, ubicado en la calle JoséAntonio Nº 475, urbanización Parque de Monterrico, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para la apertura de la oficinaespecial temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "A" mediante el Informe Nº 166-2005-DEB"A"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de laSuperintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante laResolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú la apertura de una oficina especial temporal, el día 10 de octubre de 2005, en el Colegio Lincoln, ubicado en la calle José Antonio Nº 475, urbanización Parque deMonterrico, distrito de La Molina, provincia y departamentode Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Bancay Microfinanzas 17620 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F /G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G61/G6C/G61/G73/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G22/G4D/G6F/G64/G65/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G45/G73/G70/G61/GF1/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 083-2005-P/TC Lima, 14 de octubre de 2005 VISTA, la comunicación de fecha 4 de mayo de 2005, cursada por la Dra. María Emilia Casas Baamonde,Presidenta del Tribunal Constitucional de España; CONSIDERANDO: Que mediante el documento de vista se comunica la invitación al Presidente del Tribunal Constitucional peruano para participar, los días 19, 20, 21 y 22 deoctubre de 2005, en una Conferencia de Tribunales ySalas Constitucionales Iberoamericanos sobre "Modelosde Justicia Constitucional", a realizarse en Sevilla,España; Que el Magistrado César Landa Arroyo ha expresado su interés en participar en el mencionado eventointernacional, en el que, sin duda, se tratarán temasimportantes en los ámbitos académico y jurisprudencial,que pueden contribuir a un intercambio de conocimientosy experiencias en beneficio de este órgano constitucional; Con conocimiento y autorización del Pleno; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la participación del doctor César Rodrigo Landa Arroyo, Magistrado del Tribunal