NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (07/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 44
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 6
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G37/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de setiembre de 2005 Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 15394 /G52/G65/G6D/G69/G74/G65/G6E/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G6C/G61 /G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G22/G49/G6E/G73/G74/G72/G75/G2D/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G6D/G69/G65/G6E/G64/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/GF3/G6E/G79/G20/G61/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G64/G65/G20/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G2D/G20/G55/G49/G54/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 213-2005-RE Lima, 6 de setiembre de 2005 Remítase al Congreso de la República, la documentación referente al " Instrumento de Enmienda a la Constitución y al Convenio de la UniónInternacional de Telecomunicaciones - UIT" , suscrito en la ciudad de Marrakech, Reino de Marruecos, el 18 de octubre de 2002; para los efectos a que se contraen losartículos 56º inciso 4), y 102º inciso 3), de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 15395 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G61 /G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G45/G6E/G63/G75/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G44/G69/GE1/G6C/G6F/G67/G6F/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G2D/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G72/G74/G61/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0932-2005-RE Lima, 6 de setiembre de 2005 VISTAS: La Nota DVMANAM Nº 001033, de 9 de agosto de 2005, cursada por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Venezuela a la Embajada del Perú en dicho país, a través de la cual se ha invitado al Perú a participar en el"Encuentro Continental Diálogo Ministerial sobre la Carta Social de las Américas", a desarrollarse en Caracas, los días 28 y 29 de agosto de 2005; Las Circulares Informativas Nºs. 1/05 y 2/05, de 10 de agosto de 2005, relativas al "Encuentro Continental Diálogo Ministerial sobre la Carta Social de las Américas",cursada por la Representación Permanente de Venezuela ante la Organización de Estados Americanos; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes), mediante el Oficio Nº 445, de 17 de agosto de 2005, ha comunicado oficialmente al Ministerio de Relaciones Exteriores que no podrá participar en"Encuentro Continental Diálogo Ministerial sobre la Carta Social de las Américas", a desarrollarse en Caracas, los días 28 y 29 de agosto de 2005; Que, el 1 de setiembre de 2005, en el contexto de la OEA, se dará inicio a las labores del Grupo de Trabajosobre la Carta Social de las Américas que preside Venezuela; Que, el "Encuentro Continental Diálogo Ministerial sobre la Carta Social de las Américas" constituye unainiciativa venezolana para fomentar un diálogo libre con miras al inicio de las tareas del Grupo de Trabajo sobre dicha Carta Social; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GPX) Nº 3499 y Nº 3619, del Gabinete de Coordinación del señor Secretario de Política Exterior, de 18 y 25 deagosto de 2005, respectivamente; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; los artículos185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el inciso m) del artículo 5º delDecreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes alexterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2005; y, el artículo 1º delDecreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- En vía de regularización, autorizar el viaje de los siguientes funcionarios que participaronen "Encuentro Continental Diálogo Ministerial sobre la Carta Social de las Américas", desarrollada en Caracas, República Bolivariana de Venezuela, los días 28 y 29 deagosto de 2005: - Ministro en el Servicio Diplomático de la República, Vicente Rojas Escalante, Director General de DiplomaciaSocial; y, - Doctor Juan Sánchez Barba, Jefe del Gabinete de Asesores del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo Segundo.- La participación del doctor Juan Sánchez Barba en dicho evento no irrogará gastos alerario nacional. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogó la participación del Ministro Vicente Rojas Escalante, serán cubiertos porel pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiéndose dar cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referidacomisión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Número Total Tarifa US$ por día de días viáticos aer opuerto US$ US$ US$ Vicente Rojas Escalante 918.32 200.00 2+1 600.00 28.24 Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la publicación de la presente Resolución, el Ministro Vicente Rojas Escalante deberá presentar ante elseñor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuesto aduanero de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 15343 /G41/G63/G72/G65/G64/G69/G74/G61/G6E/G20/G61/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E /G70/G65/G72/G75/G61/G6E/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G50/G72/G65/G6C/G69/G6D/G69/G6E/G61/G72/G65/G73/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G73/G6E/G69/G70/G6F/G6E/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0934-2005-RE Lima, 6 de septiembre de 2005