Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2005 (07/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de setiembre de 2005

presentada, resulta que el postulante no cumple con los requisitos establecidos en el numeral anterior. El resultado final de la evaluacion constara en acta la que, ademas de registrar las observaciones que a juicio de los miembros de la Comision resulten relevantes, debera ser firmada por sus miembros. Articulo 10º.- Calificacion de la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos La deter minacion de postulante habil o inhabil corresponde a la calificacion cualitativa del MORDAZA de admision. La calificacion como postulante habil o inhabil producto de la evaluacion de los antecedentes profesionales y academicos sera publicada en cada sede desconcentrada de la Academia de la Magistratura, segun corresponda y, en todos los casos, en la sede central, de acuerdo al cronograma establecido para el desarrollo de la MORDAZA etapa del MORDAZA de admision. TITULO IV RESULTADO FINAL DEL CONCURSO Articulo 11º.- Determinacion de la calificacion final La nota aprobatoria minima del Concurso Publico de Meritos para la admision al Setimo Curso PROFA, esta compuesta por dos tipos de calificaciones concurrentes: 1. Calificacion cuantitativa: Haber obtenido un minimo de trece (13:00) en la escala vigesimal en el examen escrito de conocimientos, siendo que en ningun caso es aplicable el redondeo de las cifras decimales a la cifra superior inmediata; y, 2. Calificacion cualitativa: Haber obtenido la calificacion de postulante habil, con arreglo a lo dispuesto en el presente Reglamento. Para ser admitido en el Setimo Curso PROFA es necesario que el postulante, ademas de haber obtenido, de modo concurrente las calificaciones MORDAZA indicadas, MORDAZA logrado ocupar una de las vacantes establecidas por la Academia de la Magistratura. Las vacantes seran ocupadas por estricto orden de merito alcanzado por el postulante en la calificacion final de las dos etapas del MORDAZA de admision. Los resultados del concurso de admision y la relacion de los postulantes admitidos para cursar el Setimo Curso PROFA son inimpugnables y seran publicados por la Academia de la Magistratura. Quienes no logren una vacante dentro de las condiciones establecidas, tendran que someterse y aprobar el MORDAZA de evaluacion para su admision a un proximo curso del Programa de Formacion de Aspirantes, en la oportunidad en que la Academia de la Magistratura realice la respectiva convocatoria. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley Nº 27050, la bonificacion de quince por ciento (15%), se adiciona sobre el promedio final aprobatorio a que se refiere el Articulo 11º del presente Reglamento, obtenido por el postulante con discapacidad acreditada de acuerdo a ley. Segunda.- Establezcase el siguiente numero de vacantes para el Setimo Curso PROFA:
Cargos por niveles TERCER NIVEL Vocal y Fiscal Supremo MORDAZA NIVEL Vocal y Fiscal Superior, y Fiscal Adjunto Supremo PRIMER NIVEL Juez Especializado o Mixto, Fiscal Provincial, Fiscal Adjunto al Superior, Juez de Paz Letrado y Fiscal Adjunto al Provincial Total General MORDAZA Are- Lamba- MORDAZA Huanquipa yeque MORDAZA Iquitos Total

Tercera.- Reservese de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28164, el 5% de las vacantes para personas con discapacidad, quienes accederan al Setimo Curso PROFA si cumplen con los requisitos para el cargo y obtienen un promedio aprobatorio en el examen escrito de conocimientos. Cuarta.- El postulante que proporcione informacion falsa o adultere la documentacion solicitada u observe un comportamiento deshonesto durante el concurso publico de meritos sera descalificado automaticamente, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes. Quinta.- Facultese a la Comision de Evaluacion a resolver aquellos aspectos no previstos expresamente en el presente Reglamento. 15370

Formalizan aprobacion del Reglamento del Curso de Formacion de Aspirantes a Magistrados - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura (Cursos PROFA)
RESOLUCION Nº 080-2005-AMAG-CD/P MORDAZA, 17 de agosto de 2005 VISTOS: El Informe Nº 395-2005-AMAG-DG de la Direccion General, conteniendo la propuesta de Reglamento de los Cursos de Formacion de Aspirantes a Magistrados - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura (Cursos PROFA); CONSIDERANDO: Que, la Academia de la Magistratura por disposicion expresa del articulo 2º de su Ley Organica, aprobada por Ley Nº 26335, en consonancia con el MORDAZA parrafo del articulo 151º de la Constitucion Politica del Peru, se encarga de la formacion y capacitacion de los senores jueces y fiscales del MORDAZA, en sus diversos MORDAZA, para los efectos de su seleccion; Que, a tenor de lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 26335, corresponde al Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura aprobar los reglamentos academicos y los planes de estudio; Que, la Direccion General de la Academia de la Magistratura, ha elevado la propuesta de Reglamento de los Cursos de Formacion de Aspirantes a Magistrados Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura (Cursos PROFA), por lo que corresponde aprobar su Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y por su Estatuto, aprobado por Resolucion Nº 022-2001-AMAGCD, y en cumplimiento al acuerdo del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura en sesion de fecha 2 de agosto de 2005; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Formalizar la aprobacion del Reglamento del Curso de Formacion de Aspirantes a Magistrados - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura (Cursos PROFA). MORDAZA LA HOZ MORDAZA Presidente en funciones del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura REGLAMENTO DEL CURSO DE FORMACION DE ASPIRANTES A MAGISTRADOS PRIMER, MORDAZA Y TERCER NIVEL DE LA MAGISTRATURA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Contenido y Alcance El presente Reglamento MORDAZA el desarrollo del Curso de Formacion de Aspirantes a Magistrados - Primer,

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