Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2005 (07/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de setiembre de 2005

Que, como actividad programada de la Oficina Regional de Control MORDAZA, la Contraloria General de la Republica dispuso la ejecucion de una accion de control en la Municipalidad Distrital de Chamaca, provincia de Chumbivilcas, Region Cusco; la cual tuvo como objetivo, entre otros, determinar la veracidad y consistencia de las denuncias, sobre presuntas irregularidades relacionadas con pago de viaticos, cheques girados sin sustento y otros; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que se giraron cheques por un monto de S/. 17 500,00 a favor de terceros, sin acreditar la preexistencia de alguna obligacion contractual o que se MORDAZA realizado algun trabajo para la precitada Municipalidad, que justifique la entrega de dichos recursos; hechos que denotan la existencia de indicios razonables de la comision del delito de Peculado, previsto y penado por el articulo 387º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Ley Nº 27785, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 15305 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 381-2005-CG MORDAZA, 5 de setiembre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 239-2005-CG/ZN, resultante del Examen Especial practicado al ex Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, periodo 2002, considerando operaciones anteriores y posteriores al citado periodo; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso la realizacion de un Examen Especial al ex Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA, orientado a determinar si los recursos financieros asignados a la citada Entidad, fueron utilizados en concordancia a sus objetivos y de acuerdo a la normativa vigente; Que, como resultado de la Accion de Control practicada, la Comision de Auditoria ha evidenciado que un servidor del ex CTAR MORDAZA, consigno en la Orden de Compra - Guia de Internamiento Nº 00615 del 28.Ago.2002, la recepcion conforme de agregados adquiridos a un proveedor por la suma de S/. 22 310,00 para la ejecucion de la obra denominada "Rehabilitacion

Tunel Sucre"; los cuales no habian sido entregados en su totalidad y que en virtud a dicha conformidad fueron cancelados integramente por el ex CTAR Cajamarca; Que, asimismo, se ha determinado que funcionarios del ex CTAR MORDAZA y del Gobierno Regional MORDAZA, no obstante haber tomado conocimiento de la entrega parcial de los agregados, no adoptaron las acciones eficaces para exigir la entrega de los mismos o tendientes a la recuperacion del dinero invertido, situacion que ha ocasionado un perjuicio economico ascendente a S/. 9 750.00; hechos que constituyen indicios razonables de comision de los Delitos de Falsificacion de Documentos y el Delito de Abuso de Autoridad, en la modalidad de Omision de Funciones, previstos y penados en los articulos 428º y 377ºº del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el articulo 22º, inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 15306 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 382-2005-CG MORDAZA, 5 de setiembre de 2005 VISTO; el Informe Especial Nº 240-2005-CG/ORIQ, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, por el periodo 2002, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado, y; CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, efectuo un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Padre MORDAZA, departamento de Ucayali, orientado a evaluar y determinar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas institucionales del mencionado periodo, con respecto, entre otros, a la adquisicion de bienes y servicios y a la ejecucion de obras publicas; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que autoridades y funcionarios de la entidad, responsables de la contratacion de la elaboracion del Estudio de "Reaprovechamiento de Residuos Solidos Municipales", simularon la ejecucion de un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva con el proposito de favorecer a un tercero, quien supuestamente obtuvo la buena pro, al que se contrato y pago el monto de S/. 31 661,00; en base a documentos en vias de regularizacion, a pesar de que dicho postor no estaba legalmente autorizado para realizar la referida labor de consultoria, por cuanto no es un profesional colegiado, ni se encontraba inscrito como

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