NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (16/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 116
TEXTO PAGINA: 114
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G34/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 16 de setiembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria Pública de la fecha, con dispensa deltrámite de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado porunanimidad, la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- SUPRÍMASE el cobro del cincuenta por ciento (50%) del total de los arbitrios municipales, porconcepto de limpieza pública y parques y jardines públicos,correspondiente al año 2005 y los que correspondenrespecto al año 2006, a favor de los vecinos ycontribuyentes de las siguientes organizaciones vecinaleso zonas geográficas del distrito: correspondientes a losSublote B y Sublote C (Villa Dizlandia y otros quecorrespondan a los referidos Sublotes), LotizaciónSemirrústica Club Hípico, Asociación de Vivienda delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, Asociaciónde Vivienda Los Educadores y toda entidad vecinal análoga,por no prestarse efectivamente el servicio de Parques yJardines Públicos, y por tener dichas entidades vecinalescaracterísticas de insuficiencia en infraestructura urbana. Artículo 2º.- La Municipalidad Distrital de Santa Rosa, asumirá para los años 2005 y 2006, con sus recursos propios,los gastos que se incurran por la prestación de estosservicios públicos, equivalentes al cincuenta por ciento (50%)que se dejará de percibir por la supresión de la cobranza deeste monto a los contribuyentes de las entidades vecinalesque se refieren en el artículo que antecede. Artículo 3º.- La Oficina de Rentas queda facultada para resolver las solicitudes de compensaciones tributarias quese presenten por los contribuyentes que hayan efectuadoel pago considerado en exceso, en mérito a la presenteordenanza. Artículo 4º.- DERÓGASE todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.LUIS GARCÍA VILLACORTA Alcalde 15917 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G28/G43/G45/G43/G41/G4D/G29 ORDENANZA Nº 233-MSS Santiago de Surco, 14 de setiembre de 2005EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucionaldel Capiítulo XIV del Título IV sobre DescentralizaciónNº 27680, publicada oficialmente el 7MAR2002, lasmunicipalidades distritales son órganos de gobierno local, conautonomía política, económica y administrativa en los asuntosde su competencia concordante con el Artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;Que, acorde con el artículo 85º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en materia de SeguridadCiudadana una de las funciones de las MunicipalidadesDistritales es la de organizar un servicio de serenazgo ovigilancia municipal, cuando lo crea conveniente, de acuerdoa las normas establecidas por la Municipalidad Provincial; Que, los Policías Municipales y Serenos son las personas designadas por la autoridad municipal paraorientar a los vecinos del distrito para el cumplimiento delas disposiciones municipales y velar por el orden público,respectivamente; Que, en ese sentido se requiere capacitar al personal referido en el párrafo anterior, por lo que deviene ennecesario crear el Centro de Capacitación Municipal(CECAM) dirigido a Serenos y Policías Municipales, a finde propiciar el desarrollo integral mediante actividades decapacitación y perfeccionamiento profesional que permitanun desempeño eficiente, enmarcado dentro de la nuevacultura organizacional del distrito de Santiago de Surco yacorde a la normatividad vigente, teniendo en cuenta quedichas personas se encuentran permanentementeexpuestas al trato directo con los vecinos; Estando al Informe Colegiado Nº 001-2005-MSS emitido por las Gerencias de Fiscalización y Seguridad Ciudadana;contando con la conformidad de la Gerencia Central deDesarrollo Local y Gerencia Central de Servicios Locales,Dictamen Conjunto Nº 001-2005-CSCTYDC-CAJ/MSS de lasComisiones de Regidores de Seguridad Ciudadana, Tránsitoy Transporte Urbano y Defensa Civil y de Asuntos Jurídicos; De conformidad a lo dispuesto en los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972, se aprobó por mayoría la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL CENTRO DE CAPACITACIÓN MUNICIPAL (CECAM) Artículo Primero.- Créase el Centro de Capacitación Municipal (CECAM), para brindar instrucción técnica,administrativa y operativa al personal municipal a fin degarantizar un eficiente cumplimiento de sus atribuciones ycompetencias y mejorar el servicio a la comunidad. Artículo Segundo.- El CECAM estará organizado de la siguiente manera: 1.- Órgano de Gestión Consejo Académico 2.- Órgano de Línea Subgerencia de Planeamiento y Control de la Gerencia deSeguridad Ciudadana 3.- Órgano de Asesoramiento Departamento Académico Artículo Tercero.- Modifíquense y amplí ense los artículos 136º, 139º, 169º, 172º y 174º del Reglamento deOrganización y Funciones (ROF) aprobado medianteOrdenanza Nº 204-MSS, según sea el caso, quedandoredactados con el siguiente texto: Artículo 136º.- Son funciones de la Gerencia de Fiscalización: u) Supervisar la capacitación que reciban los Policías Municipales en el Centro de Capacitación Municipal dirigidoa Serenos y Policías Municipales. Artículo 139º.- Subgerencia de Inspecciones Son funciones de la Subgerencia de Inspecciones: v) Conducir y supervisar a los Policías Municipales e Inspectores Especializados. w) Brindar las facilidades para que los Policías Municipales asistan al Centro de Capacitación Municipal,a fin de que sean capacitados para el mejor cumplimientode sus funciones y atribuciones. Artículo 169º.- Son funciones de la Gerencia de Seguridad Ciudadana