Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2005 (17/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de setiembre de 2005

Adecuan procedimiento de Licencia Provisional de Funcionamiento MYPE a la Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa, a su Reglamento y al MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000023
Callao, 12 de setiembre de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, la Municipalidad es un organo de gobierno local, Promotor del Desarrollo Local, con incidencia en la Micro y Pequena empresa a traves de Planes de Desarrollo Economico, aprobados en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asi como el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones, dentro del ambito de su jurisdiccion, con sujecion a la Constitucion Politica del Estado, a la Ley Organica de Municipalidades y demas normas municipales; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000007 de fecha 25/6/01, se aprobo el Reglamento de Licencias y Autorizaciones Municipales de Funcionamiento, regulando el procedimiento para obtener diversas Licencias y Autorizaciones Municipales de Funcionamiento que otorga la Municipalidad, dentro de las cuales se encuentra comprendida la Licencia de Funcionamiento Provisional para la Micro y Pequena Empresa, segun lo dispuesto en la Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa Ley Nº 28015 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2003-TR, asi como la Ordenanza Municipal Nº 000006-2005; Que, en tal sentido, la Municipalidad Provincial del Callao, considera oportuno viabilizar el Procedimiento Administrativo de la Licencia Provisional, para la atencion oportuna al inversionista y/o contribuyente, debiendo aplicarse para el presente caso las normas de simplificacion administrativa logrando una mejor atencion; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, Gerencia General de Desarrollo MORDAZA y Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, en ejercicio de las facultades que confiere al Senor MORDAZA el articulo 20 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Adecuar el procedimiento de Licencia Provisional de Funcionamiento MYPE de la Municipalidad Provincial del Callao, a lo dispuesto en la Ley Nº 28015, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-TR y a la Ordenanza Municipal Nº 000006-2005, que modifica el MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo Segundo.- La Gerencia de Recepcion Documental y Archivo General derivara en el dia, las solicitudes (FUT) de Licencia Provisional (MYPE), a la Gerencia de Obras (Oficina de Control Urbano), con el fin que emita su opinion en el Formulario Unico de Tramite, en el termino de 2 (dos) dias, sobre la conformidad o viabilidad del giro o actividad a desarrollar y que debera ser compatible con la zonificacion asignada o determinada para la MORDAZA, ademas de indicar la Zonificacion, Numero del CIIU y la Conclusion. Articulo Tercero.- La Gerencia de Obras (Oficina de Control Urbano), emitira de oficio su opinion sobre la Compatibilidad de Uso del establecimiento, luego derivara los expedientes administrativos de Licencia Provisional en el termino de (2) dos dias a la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, quien resolvera los mismos, emitiendo la Licencia Provisional de Funcionamiento o la Resolucion Gerencial denegando la peticion. Articulo Cuarto.- El presente procedimiento interno tendra vigencia en tanto la Gerencia General de Desarrollo MORDAZA, publique por medios externos y virtuales los Planos de Zonificacion; asi como el Indice de Usos "CIIU" de la

Provincial Constitucional de Callao, con la finalidad que los interesados orienten adecuadamente sus solicitudes. Articulo Quinto.- Adecuase el Articulo MORDAZA de la Ordenanza Municipal Nº 000018 (Requisitos de Licencia Virtual a Licencia Provisional), a la Ordenanza Municipal Nº 000006-2005. Articulo Sexto.- Considerese el presente procedimiento en el MORDAZA proyecto de modificacion del TUPA. Articulo Septimo.- Sometase a consideracion del Concejo Municipal la elevacion del presente Decreto de Alcaldia a rango de Ordenanza Municipal. Articulo Octavo.- Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia General de Desarrollo Economico Local y Comercializacion, Gerencia General de Desarrollo MORDAZA y a la Gerencia de Recepcion Documental y Archivo General, dependiente de la Secretaria General. Articulo Noveno.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO. Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA 15932

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO
Regulan adecuacion de la Municipalidad de Centro Poblado de Cajamarquilla a la Ley Organica de Municipalidades
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 05-2005-MPC
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJATAMBO; Visto en sesion ordinaria de Concejo, de fecha 31 de agosto del 2005,el Dictamen Nº 01-MPC/CE de la Comision Especial, conformada mediante Acuerdo de Concejo Nº 261 de fecha 18 de agosto del 2005, aprobo la siguiente:

ORDENANZA OUE REGULA LA ADECUACION DE LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO DE CAJAMARQUILLA A LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972
Articulo 1º.- OBJETO El objeto de la presente Ordenanza es regular el MORDAZA de adecuacion de la Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, determinando las competencias, funciones, y atribuciones administrativas economico - tributarias, a ser ejercidas de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, permitiendoles sostener la prestacion de servicios publicos locales. Articulo 2º.- FUNCION MUNICIPAL PROVINCIAL La Municipalidad Provincial de Cajatambo, brindara el apoyo necesario a la Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, para que cumpla con lo establecido en la presente ordenanza. Articulo 3º.- AMBITO DE APLICACION El ambito de aplicacion de la presente ordenanza se circunscribe a la jurisdiccion de la Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, establecido en el Acuerdo de Concejo Nº 002-2003-MPC., de fecha 30 de MORDAZA del 2003, expedido por la Municipalidad Provincial de Cajatambo.

CAPITULO II DE LA ADECUACION Y RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD
Articulo 4º.- DE LA ADECUACION Adecuese la Municipalidad Centro Poblado de Cajamarquilla a la Ley Organica de Municipalidades

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