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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G35/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 17 de setiembre de 2005 /G41/G64/G65/G63/G75/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G63/G65/G6E/G63/G69/G61 /G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G4D/G59/G50/G45/G61/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G6F/G72/G6D/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G69/G63/G72/G6F/G20/G79/G20/G50/G65/G71/G75/G65/GF1/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G2C/G20/G61/G20/G73/G75 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G61/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D /G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000023 Callao, 12 de setiembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la Municipalidades un órgano de gobierno local, Promotor del DesarrolloLocal, con incidencia en la Micro y Pequeña empresa a través de Planes de Desarrollo Económico, aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionalesde desarrollo; así como el desarrollo de capacidades y laequidad en sus respectivas circunscripciones, dentro delámbito de su jurisdicción, con sujeción a la ConstituciónPolítica del Estado, a la Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas municipales; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000007 de fecha 25/6/01, se aprobó el Reglamento de Licencias yAutorizaciones Municipales de Funcionamiento, regulandoel procedimiento para obtener diversas Licencias yAutorizaciones Municipales de Funcionamiento que otorga la Municipalidad, dentro de las cuales se encuentra comprendida la Licencia de Funcionamiento Provisionalpara la Micro y Pequeña Empresa, según lo dispuesto enla Ley de Promoción y Formalización de la Micro y PequeñaEmpresa Ley Nº 28015 y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 009-2003-TR, así como la Ordenanza Municipal Nº 000006-2005; Que, en tal sentido, la Municipalidad Provincial del Callao, considera oportuno viabilizar el ProcedimientoAdministrativo de la Licencia Provisional, para la atenciónoportuna al inversionista y/o contribuyente, debiendoaplicarse para el presente caso las normas de simplificación administrativa logrando una mejor atención; Estando a lo expuesto, con la visación de la Gerencia General de Desarrollo Económico Local y Comercialización,Gerencia General de Desarrollo Urbano y Gerencia Generalde Asesoría Jurídica y Conciliación, en ejercicio de lasfacultades que confiere al Señor Alcalde el artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Adecuar el procedimiento de Licencia Provisional de Funcionamiento MYPE de la Municipalidad Provincial del Callao, a lo dispuesto en la LeyNº 28015, su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2003-TR y a la Ordenanza MunicipalNº 000006-2005, que modifica el TUPA de la MunicipalidadProvincial del Callao. Artículo Segundo.- La Gerencia de Recepción Documental y Archivo General derivará en el día, lassolicitudes (FUT) de Licencia Provisional (MYPE), a laGerencia de Obras (Oficina de Control Urbano), con el finque emita su opinión en el Formulario Único de Trámite, enel término de 2 (dos) días, sobre la conformidad o viabilidad del giro o actividad a desarrollar y que deberá ser compatible con la zonificación asignada o determinada para la zona,además de indicar la Zonificación, Número del CIIU y laConclusión. Artículo Tercero .- La Gerencia de Obras (Oficina de Control Urbano), emitirá de oficio su opinión sobre la Compatibilidad de Uso del establecimiento, luego derivará los expedientes administrativos de Licencia Provisional enel término de (2) dos días a la Gerencia General de DesarrolloEconómico Local y Comercialización, quien resolverá losmismos, emitiendo la Licencia Provisional de Funcionamientoo la Resolución Gerencial denegando la petición. Artículo Cuarto .- El presente procedimiento interno tendrá vigencia en tanto la Gerencia General de DesarrolloUrbano, publique por medios externos y virtuales los Planosde Zonificación; así como el Índice de Usos “CIIU” de laProvincial Constitucional de Callao, con la finalidad que los interesados orienten adecuadamente sus solicitudes. Artículo Quinto .- Adécuase el Artículo Quinto de la Ordenanza Municipal Nº 000018 (Requisitos de Licencia Virtual a Licencia Provisional), a la Ordenanza Municipal Nº 000006-2005. Artículo Sexto .- Considérese el presente procedimiento en el nuevo proyecto de modificación del TUPA. Artículo Séptimo .- Sométase a consideración del Concejo Municipal la elevación del presente Decreto de Alcaldía a rango de Ordenanza Municipal. Artículo Octavo .- Encárguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia General de DesarrolloEconómico Local y Comercialización, Gerencia General deDesarrollo Urbano y a la Gerencia de Recepción Documentaly Archivo General, dependiente de la Secretaria General. Artículo Noveno. - El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO. Mando se publique y cumpla. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde 15932 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G61/G64/G65/G63/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G71/G75/G69/G6C/G6C/G61/G20/G61/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G65/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 05-2005-MPC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJATAMBO POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE CAJATAMBO; Visto en sesión ordinaria de Concejo, de fecha 31 de agosto del 2005,el Dictamen Nº 01-MPC/CE de la ComisiónEspecial, conformada mediante Acuerdo de Concejo Nº 261 de fecha 18 de agosto del 2005, aprobó la siguiente: ORDENANZA OUE REGULA LA ADECUACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE CENTRO POBLADO DE CAJAMARQUILLA A LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972 Artículo 1º.- OBJETO El objeto de la presente Ordenanza es regular el proceso de adecuación de la Municipalidad del Centro Poblado deCajamarquilla, determinando las competencias, funciones, y atribuciones administrativas económico - tributarias, a ser ejercidas de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,permitiéndoles sostener la prestación de servicios públicos locales. Artículo 2º.- FUNCIÓN MUNICIPAL PROVINCIAL La Municipalidad Provincial de Cajatambo, brindará el apoyo necesario a la Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, para que cumpla con lo establecido en lapresente ordenanza. Artículo 3º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación de la presente ordenanza se circunscribe a la jurisdicción de la Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, establecido en el Acuerdo deConcejo Nº 002-2003-MPC., de fecha 30 de abril del 2003,expedido por la Municipalidad Provincial de Cajatambo. CAPÍTULO II DE LA ADECUACIÓN Y RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD Artículo 4º.- DE LA ADECUACIÓN Adécuese la Municipalidad Centro Poblado de Cajamarquilla a la Ley Orgánica de Municipalidades