Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2005 (17/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, sabado 17 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Nº 27972, asumiendo y ejerciendo las competencias y funciones especificas sobre la materia senaladas en el Capitulo IV de la presente Ordenanza con caracter exclusivo, para el cumplimiento de la prestacion de los servicios publicos delegados. Articulo 5º.- RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD Considerese como recursos de la Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, las rentas facultadas a recaudar por Acuerdo de Concejo de creacion Nº 002-2003MPC, de fecha 30 de MORDAZA del 2003, asi como los que implique la presente Ordenanza. La delegacion de los servicios publicos locales que asuma la Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, en lo que al concepto de arbitrios se refiere, estara comprendido dentro de los alcances del articulo 133º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. La recaudacion de los recursos que efectue por delegacion expresa, se entenderan como transferencias efectuadas por parte de la Municipalidad Provincial o Distrital pertinente, para cuyo efecto, deben rendir cuenta mensualmente de los importes recaudados por dicho concepto.

2.- SANEAMIENTO, SALUBRIDAD, SERVICIOS, SEGURIDAD Y SALUD. a. Promover la prestacion del servicio de limpieza publica, determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios autorizados y el aprovechamiento industriales de desperdicios. b. Promover y regular la prestacion del servicio de agua potable, procurando un servicio de optima calidad, c. Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, cementerios, piscinas y demas lugares publicos. d. Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y el medio ambiente. 3.- MORDAZA, VIALIDAD Y TRANSPORTE PUBLICO: Establecer la senalizacion de calles y vias de acuerdo con la regulacion provincial y coordinacion con la Municipalidad Distrital. 4.- TELECOMUNICACIONES Promover la prestacion de los ser vicios de telecomunicaciones, comprendiendo esto, las senales de radio y television, procurando la diversificacion de senales y programas de television, con participacion activa de la Municipalidad Distrital y provincial. 5.- Facultese el funcionamiento del coso publico municipal, el cual se regira por un reglamento. 6.- REGISTROS CIVILES: La Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla seguira brindando el servicio de registros civiles, en tanto que se transfiera a la competencia exclusiva de la RENIEC. 7.- PARTICIPACION Y CONTROL VECINAL Los vecinos de la circunscripcion municipal de la Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, intervienen en forma individual o colectiva en la gestion administrativa y de gobierno municipal a traves de mecanismos de participacion vecinal y del ejercicio de derechos politicos, de conformidad con la Constitucion y la respectiva ley de la materia. 8.- PARTICIPACION VECINAL Los gobiernos locales promueven la participacion vecinal en la formulacion del debate y concertacion de sus planes de desarrollo, presupuesto y gestion. 9.- EJERCICIO DEL DERECHO DE PARTICIPACION: El vecino de una jurisdiccion municipal puede ejercer su derecho de participacion vecinal en la Municipalidad de su distrito o provincia, mediante uno o mas mecanismos siguientes: - Derecho de eleccion a cargos municipales, de acuerdo con la ley de la materia. - Iniciativa en la informacion de dispositivos municipales. - Derecho de referendum. - Cabildo Abierto, conforme a la Ordenanza y de ser informado. - Par ticipacion a traves de juntas vecinales, organizaciones comunales, sociales u otras similares de naturaleza vecinal. - Comites de Gestion.

CAPITULO III DE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA
Ar ticulo 6º.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA ADMINISTRATIVA La Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, debera contar con una estructura organizativa que responda a las nuevas competencias que adquiera por medio de la presente Ordenanza. Para ello contara con el apoyo de una Comision Tecnica que orientara el buen desenvolvimiento y la administracion en sus nuevas funciones. Articulo 7º.- ADMINISTRACION MUNICIPAL. La administracion municipal adopta una estructura gerencial sustentandose en principios de programacion, direccion, ejecucion, supervision, control recurrente y posterior. El mismo se rige por los principios de legalidad, economia, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participacion y seguridad ciudadana y adecuarse a lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444.

CAPITULO IV COMPETENCIAS Y FUNCIONES EN EL GOBIERNO LOCAL
Articulo 8º.- COMPETENCIAS Y FUNCIONES La Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, tendra a su cargo, por delegacion, competencias y facultades en las siguientes materias: 1.- ORGANIZACION DEL ESPACIO FISICO Y USO DEL SUELO a. Aprobar el Plan MORDAZA o Rural del Centro Poblado segun corresponda, con sujecion al plan y a las normas municipales, provincial y distrital sobre la materia. b. Autorizar y fiscalizar la ejecucion del plan de obras de servicios publicos o privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas, asi como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental. c. Elaborar y mantener su catastro de centro poblados en colaboracion con el distrito y la provincia, d. Disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas, y la numeracion predial. e. Reconocer los Asentamientos Humanos y promover el desarrollo y formalizacion. f. Normar, regular y calificar otorgando autorizaciones, certificados, derechos y licencias de: - Construccion, remodelacion, o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabricas. - Conformidad o autorizacion de Uso, Obra o Pistas y Veredas en deterioro. - Jurisdiccion, Numeracion, Nomenclatura, Acumulaciones y subdivisiones de lotes. - Apertura de establecimientos comerciales, industriales y actividades profesionales de acuerdo con la zonificacion. - Construccion de estaciones radioelectrica y tendido de cables de cualquier naturaleza.

CAPITULO V DE LA COMISION TECNICA DE APOYO
Articulo 9º.- COMISION TECNICA DE APOYO La Municipalidad del Centro Poblado de Cajamarquilla, contara con una Comision de Apoyo Tecnico que velara por el fiel cumplimiento de las facultades y competencias establecidas en la presente Ordenanza, el cual luego debera proponer al Concejo Provincial el MORDAZA de Transferencias Presupuestales. La Comision Tecnica de Apoyo tendra un plazo perentorio de 60 dias a efecto de presentar su informe final al Concejo Provincial, para su evaluacion y posterior aprobacion, la misma que estara compuesta por: - El Presidente, el cual sera designado por el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Cajatambo. - Un representante de la Unidad de Rentas y Fiscalizacion de la Municipalidad Provincial de Cajatambo.

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