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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (19/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G36/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 19 de setiembre de 2005 j) Seguros de grupo o colectivos: Modalidad de seguro que se caracteriza por cubrir, mediante un solo contrato, a múltiples asegurados que integran una colectividad homogénea. k) Superintendencia: Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. l) Tasa de riesgo: Tasa aplicada para la determinación de la prima pura de riesgo. m) Prima Pura de Riesgo: Costo teórico del seguro estimado sobre bases actuariales, cuyo objetivo es cubrir los beneficios e indemnizaciones que ofrece elseguro. n) Prima comercial: Incluye la prima pura de riesgo, recargos por gastos de administración, gastos deproducción y redistribución de riesgos (coaseguro y reaseguro), así como el beneficio comercial de la empresa. o) Solicitud del seguro: Documento en el que consta la voluntad del asegurado de contratar el seguro, cuyo formato es elaborado por las empresas. p) Usuarios: Los contratantes, asegurados y beneficiarios de seguros. CAPÍTULO II DE LAS PÓLIZAS DE SEGURO Contenido mínimo Artículo 3º.- Las pólizas de seguro, además de lo señalado en el artículo 326º de la Ley General, deben contener, por lo menos, lo siguiente: a) Identificación de la empresa, del tomador o contratante, del asegurado y de los beneficiarios del seguro,si los hubiere, de acuerdo con las Normas Complementarias para la Prevención del Lavado de Activos emitidas por la Superintendencia; b) Fecha de emisión de la póliza; c) Vigencia del contrato de seguro, con especificación de las fechas y horas de inicio y término de la coberturade seguro; d) Descripción de la materia del seguro; e) Suma asegurada o modo de determinarla;f) Monto de la prima o modo de calcularla y forma de pago; g) Deducibles, franquicias, coaseguros y similares a cargo del asegurado; h) Causales de resolución del contrato; i) Procedimiento que deben cumplir las partes en caso deseen resolver el contrato de seguro, indicando, de manera clara y precisa, los requisitos exigidos para estos fines y las consecuencias de la resolución; j) Procedimiento para la reclamación de siniestros, incluyendo la información mínima que debe presentarse a la empresa en caso de siniestro; k) Mecanismo de solución de controversias; y, l) Definición de los términos relevantes utilizados en la póliza de seguro. Prohibiciones Artículo 4º. - Las empresas están prohibidas de incluir en las pólizas de seguro las siguientes estipulaciones: a) Cláusulas mediante las cuales los asegurados y/o beneficiarios renuncien a la jurisdicción y/o leyes que les favorezcan. b) Cláusulas de redacción ambigua o carentes de claridad. c) Cláusulas que establezcan plazos de prescripción que no se adecuen a la normatividad vigente. d) Cláusulas que coloquen al asegurado en desventaja frente a la empresa de seguros o sean incompatibles con la buena fe o la equidad. e) Cláusulas que dispongan la pérdida de derechos del asegurado y/o beneficiario por incumplimiento de cargas que no guardan consistencia ni proporcionalidadcon el siniestro cuya indemnización se solicita. f) Cualquier disposición que contravenga el ordenamiento jurídico vigente. Condiciones de transparencia Artículo 5º.- Para los efectos del artículo 326º de la Ley General, las condiciones generales, particulares y especiales, así como las modificaciones y adiciones que se incorporen a las pólizas de seguro deberán ser redactadas en idioma español,y con caracteres legibles a simple vista. En casos excepcionales y previo acuerdo entre las partes, las compañías de seguros podrán utilizar pólizas redactadas en idioma distinto.Las condiciones generales deben figurar en la póliza de tal forma que sea posible para los usuarios distinguirlas o diferenciarlas de las condiciones particulares y/o especiales de la misma. La Solicitud de Seguro Artículo 6º.- La solicitud de seguro debe estar debidamente suscrita por cada asegurado, ya sea que se trate de seguros individuales o colectivos, constituyendo parte integrante de la póliza de seguro. En el caso de seguros individuales, dicha solicitud deberá contener la obligación de la empresa de entregar la póliza de seguro al contratante y/o asegurado dentrodel plazo de quince (15) días calendario de haber solicitado el seguro, si no media rechazo previo de la solicitud. Tratándose de seguros de grupo o colectivos, la solicitud del seguro deberá precisar la obligación de la empresa de entregar los certificados de seguro al contratante, dentro del plazo de quince (15) díascalendario de haber presentado las respectivas solicitudes de seguros, si no media rechazo previo de la solicitud. En las solicitudes que se utilicen para contratar seguros a través de empresas del sistema financiero deberá señalarse, además, que la empresa es responsable frente al contratante y/o asegurado de lacobertura contratada, y de todos los errores u omisiones en que incurra la empresa del sistema financiero con motivo de la comercialización de las pólizas de seguros. Seguros de grupo Artículo 7º.- En los seguros de grupo o colectivos, las empresas están obligadas a emitir los certificados de seguro necesarios según el número de asegurados de la póliza, de acuerdo con la información mínima contenida en el Anexoadjunto al presente Reglamento, la que deberá ser concordante con la información brindada por el asegurado en la solicitud de seguro presentada por el tomador o contratante a la empresa. Los certificados de seguro deberán ser entregados por las empresas a los tomadores o contratantes, en un plazo máximo de quince (15) días calendario contadosdesde la fecha de recepción de la solicitud del seguro, si no media rechazo previo de dicha solicitud. Asimismo, a solicitud de los asegurados, las empresas emitirán copia de la póliza correspondiente, incluyendo las condiciones generales, particulares, especiales y cláusulas adicionales que les sean aplicables, debiendo entregarlaen un plazo máximo de quince (15) días calendario desde la fecha de recepción de la solicitud presentada por el asegurado. El derecho del asegurado a solicitar copia dela póliza de seguro de grupo o colectivo a la empresa deberá figurar impreso en el certificado de seguro. Seguros que se comercializan a través de empresas del sistema financiero Artículo 8º.- Sin perjuicio del cumplimiento de las disposiciones antes señaladas, en el caso de seguros individuales o colectivos que se comercializan a través de empresas del sistema financiero, las pólizas de seguros, oen el segundo caso, los certificados de seguro, deberán mencionar además que las comunicaciones cursadas por el asegurado a la empresa del sistema financiero, por aspectosrelacionados con el contrato de seguros, tienen el mismo efecto que si se hubiere dirigido a la empresa de seguros. Asimismo deberán señalar que los pagos efectuados por elcontratante o asegurado a la empresa del sistema financiero, se consideran abonados a la empresa de seguros. Información adicional a cargo de las empresas Artículo 9º.- Las empresas deberán entregar a los asegurados y/o contratantes, conjuntamente con la pólizao certificado de seguro, según sea el caso, un resumen en el que conste de manera clara y breve, los riesgos cubiertos y las exclusiones, las causales de resolución del contrato,el procedimiento y plazo para efectuar reclamos, los mecanismos de solución de controversias, las áreas de la empresa encargadas de atender reclamos de los usuarios,señalando su ubicación y teléfono, así como la ubicación, teléfono y página web de la Defensoría del Asegurado. En los casos que la amplitud de la información lo amerite, las empresas podrán remitirse a la póliza de seguro, debiendo indicar expresamente en el resumen bajo comentario, el rubro a que se refiere dichainformación y el número del artículo y/o cláusula correspondiente, a fin de que el asegurado y/o contratante tenga fácil acceso a las disposiciones ahí contenidas.