NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (20/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 51
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G36/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 20 de setiembre de 2005 - El auto apertorio de instrucción dictado en el Juzgado Penal de Turno Permanente, deberá ponerseinmediatamente a conocimiento de la Sala Especializadaen lo Penal de Turno. Distribución de Expedientes - Los expedientes tramitados por el Juzgado de Turno Permanente deberán ser derivados, según corresponda, a las Mesas de Partes de Reos en Cárcel o Reos Libres para su distribución aleatoria, en un plazo máximo de24 horas, a excepción de los expedientes tramitados lossábados, domingos y feriados, los cuales serán remitidosa primera hora del día hábil siguiente. - Asignado un proceso a un Juzgado, los recursos que se presenten deberán ser entregados en los Módulosde los Juzgados correspondientes. - La medida cautelar dictada por el Juez de Turno, deberá publicarse mediante un mecanismo que permita su inmediato conocimiento. - Los Secretarios Judiciales deberán adjuntar a los expedientes tramitados, la ficha de RENIEC de los procesados. Mesa de Partes - Las Mesas de Partes encargadas de determinado turno judicial tienen la obligación de informar a losfamiliares de los detenidos, sobre la situación jurídicade los mismos. Del Personal - La Administración del Juzgado Penal de Turno Permanente, deberá habilitar un libro donde se registrarála asistencia de los señores Magistrados que realicenturno. - La Oficina de Control de Asistencia, ubicada en la sede de Anselmo Barreto, deberá remitir semanalmentecopia de las cintas de videos grabadas en cada turnojudicial, a la Oficina Distrital de Control de la Magistratura. - El Personal Jurisdiccional está obligado a desarrollar sus labores en el lugar de trabajo, el abandono injustificado del mismo durante la jornada será motivode sanción disciplinaria 2; bajo responsabilidad del Administrador y del Juez Penal de Turno. - Teniendo en cuenta los horarios establecidos de cada turno, queda terminantemente prohibido lapermanencia de personal que no se encuentre de turno,en las instalaciones del Juzgado. - El Área de Desarrollo de la Presidencia deberá actualizar permanentemente el Sistema Peruano de Información Jurídica, tanto en el Despacho del Juez como de los señores Secretarios del Juzgado de TurnoPermanente. V.- RESPONSABLES - Son responsables del cumplimiento de la presente directiva los Jueces Especializados en lo Penal,personal del Juzgado Penal de Turno Permanente yOficina de Administración Distrital de esta CorteSuperior. Lima, 14 de setiembre del 2005. MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superiorde Justicia de Lima 16122 2Artículo 31º del Reglamento Interno de Trabajo.FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 335-2005-P-CSJLI/PJ Mediante Oficio Nº 959-2005-P-CSJLI-PJ(AVF), la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publiqueFe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 335- 2005-P-CSJLI/PJ, publicada en nuestra edición del día 14 de setiembre de 2005. DICE: Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor CARLOS VERGARA PILARES, Juez Titular del 2º Juzgado de PazLetrado de Surco - San Borja, como Juez Provisionaldel 7º Juzgado Civil de Subespecialidad Comercial. DEBE DECIR: Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor CARLOS ALBERTO VERGARA PILARES, Juez Titular del 2ºJuzgado de Paz Letrado de Surco - San Borja, comoJuez Provisional del 7º Juzgado Civil de SubespecialidadComercial. DICE: Artículo Quinto.- DESIGNAR a la doctora ELIZABETH TICONA CHAVEZ, Juez Titular del 2º Juzgado de Paz Letrado de Jesús María, como Juez Provisional del 59ºJuzgado Especializado en lo Civil de Lima. DEBE DECIR: Artículo Quinto.- DESIGNAR a la doctora ELIZABETH ROSARIO TICONA CHAVEZ, Juez Titular del 2º Juzgadode Paz Letrado de Jesús María, como Juez Provisional del 59º Juzgado Especializado en lo Civil de Lima. 16109 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G61 /G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G65/G6E/G20/G6F/G74/G72/G61/G73/G63/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 075-2005 Lima, 16 de septiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Perú es miembro del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial, y el Banco Centralde Reserva del Perú representa al país para los finesestablecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales; Que, entre el 22 y el 25 de septiembre en Washington D.C., Estados Unidos de América, se celebrarán: Reuniónde Gobernadores de Bancos Centrales de AméricaLatina y España, Reunión Anual Conjunta del FondoMonetario Internacional y Banco Mundial, reuniones del Comité Monetario y Financiero Internacional, así como otras conferencias y reuniones; Que, en consecuencia es necesario autorizar la participación en las citadas reuniones del GerenteGeneral del Banco; Que, corresponde al Banco Central de Reserva del Perú asumir los gastos que el viaje demande; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo