NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (27/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 20
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G30/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 27 de setiembre de 2005 Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, así como el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4º de la LeyNº 28267; analizados los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate; LA SALA RESUELVE: 1. No ha lugar a la aplicación de sanción a la empresa Data Medical S.A., por las consideraciones expuestas, sin perjuicio de las acciones legales que la Entidad considere pertinente ejercer, debiéndose publicar lapresente Resolución al ignorarse el domicilio cierto de la mencionada empresa. 2. Comunicar al Órgano de Control Institucional de la Entidad para que realice las acciones del caso. 3. Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República los documentos respectivos, a fin que adopte las medidas legales pertinentes, conforme a losfundamentos expuestos. 4. Devolver los antecedentes administrativos a la Entidad, para los fines que considere convenientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. DELGADO POZO GUSTAVO BERAMENDIMARTÍNEZ ZAMORA 16378 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G43/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G72/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G62/G61/G6A/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G6F/G6D/G6F/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G45/G6D/G70/G6C/G65/G6F/G2C /G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G79/G20/G4D/G69/G6E/G61/G73 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 499-E-2005-GRH/PR. Huánuco, 21 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece y norma la Estructura, Organización, Competencia y Funciones de los Gobiernos Regionales, la misma que en su artículo 2º señala quelos Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; queasimismo, el segundo párrafo de la Duodécima Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la precitada Ley, establece los mecanismos para llevar acabo el Concurso Público a Nivel Nacional de Selección de los Directores Regionales Sectoriales, proceso que se inicia con la correspondiente Convocatoria; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 012-CND- P-2003, modificado por Resolución Presidencial Nº 025- CND-P-2003, se aprobó la Directiva Nº 001-CND-P-2003"Lineamientos Generales para el Concurso Público de Selección de Directores Regionales Sectoriales", la misma que en el numeral 5.2.5 último párrafo, estableceque la designación de los Directores Regionales Sectoriales se efectúa por un plazo de dos años, pudiendo ser renovable el período a propuesta y conformidad delPresidente del Gobierno Regional y del Titular del Sector del Gobierno Nacional, conforme lo prescribe el párrafo segundo del numeral 5.4 de la precitada Directiva;Que, habiendo concluido el plazo de designación y habiéndose optado por la no renovación de la designaciónen los cargos del Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Director Regional de la Producción y del Director Regional de Energía y Minas del GobiernoRegional Huánuco, a propuesta de los respectivos ministerios; siendo así, de conformidad con la normatividad citada en el numeral precedente, esnecesario a través del presente acto administrativo, CONVOCAR a Concurso Público para cubrir las plazas de las Direcciones Regionales Sectoriales antesindicadas, en cumplimiento a lo establecido en la Directiva Nº 001-CND-P-2003 "Lineamientos Generales para el Concurso Público de Selección de los DirectoresRegionales Sectoriales, aprobada por la Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003 y modificada por Resolución Presidencial Nº 025-CND-P-2003; En uso de las facultades y atribuciones otorgadas por el inciso d) del Art. 21º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobierno Regionales, modificada por la LeyNº 27902 y Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, aprobado mediante la Ordenanza Nº 005-2003-CRH y, Reformulada por laOrdenanza Regional Nº 036-2005-CR-GRH; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONVOCAR a Concurso Público para designar los cargos/plazas de: Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, Director Regional de la Producción y Director Regional de Energía y Minas; delGobierno Regional Huánuco; en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial El Peruano, en otro de circulación regional, así como su inclusión en elPortal Electrónico del Gobierno Regional Huánuco. Artículo Tercero.- TRANSCRIBIR la presente Resolución al Consejo Nacional de Descentralización,Ministerios de Trabajo y Promoción del Empleo, de la Producción y de Energía y Minas del Gobierno Nacional, Direcciones Regionales Sectoriales, Gerencia Regionalde Infraestructura, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Miembros integrantes y demás órganos estructurados delGobierno Regional Huánuco. Regístrese, comuníquese y archívese. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 16467 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G53/G75/G73/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G20/G61/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G79/G2F/G6F/G20/G6C/G6F/G74/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G48/G75/G6D/G65/G64/G61/G6C/G20/G4C/G61/G67/G75/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G6C/G20/G50/G61/G72/G61/GED/G73/G6F ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2005-CR/RL POR CUANTO: El Consejo Regional de Lima, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú de 1993 modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobredescentralización, Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y demás normascomplementarias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreasnaturales protegidas;