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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (18/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G39/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de abril de 2006 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G69/G6E/G74/G6F/G20/G66/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G45/G78/G70/G6F/G66/G65/G72/G69/G61/G20/G32/G30/G30/G36/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G4D/G59/G50/G45/G53/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 013 San Juan de Lurigancho, 27 de marzo de 2006 VISTO; en sesión de Concejo del día 27 de marzo del 2006, el Informe Nº 029-2006-JDIyDEL/GPD/MDSJL y el Informe Nº 249-2006-GAJ/MDSJL; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 029-2006-JDIyDEL/GPD/ MDSJL, de fecha 17 de marzo del 2006, la Jefatura deDesarrollo Institucional y Desarrollo Económico Local,señala que como resultado de este análisis, estaGerencia establece que el Centro Comercial Jockey Plaza contiene elementos requeridos para la realización de la PRIMERA EXPO FERIA 2006, decisión que estácontenida en la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado D.S. Nº 083-2004-PCM en su artículo 19)inciso e) el cual deberá tener presente las formalidadesdispuestas en el artículo 20º del mismo cuerpo legal; así como el Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM respectivo en sus artículos 28º, 29º, 30º, 144º y del 146º al 148º; Que, asimismo en el Informe señalado en el párrafo precedente, se hace de conocimiento su requerimientode Alquiler de un recinto ferial para la Primera Expoferia2006, evento que se tiene planeado realizar en el marco de ejecución del convenio suscrito con el Programa Marco de Lucha contra la Pobreza PROPOLI aprobadovía Acuerdo de Concejo Nº 017 de fecha 19 de mayo del2004, a efecto de articular a las MYPES y de que éstosdesarrollen relaciones comerciales con potencialesdemandantes, solicitando en tal contexto el arrendamiento del Centro de Convenciones del Jockey Plaza fin de que se desarrolle la Primera Expo Feria 2006; Que, asimismo el citado informe requiere que para el pago del arrendamiento, éste se efectuará con los aportesque efectúen los beneficiarios del proyecto, quienes seconstituirán como los expositores del recinto ferial, toda vez que para la ejecución del proyecto existe cofinanciamiento y que en el caso del arrendamiento norepresentará gasto para la Municipalidad ya que serán losparticipantes los que asuman el costo del arrendamiento; Que, asimismo mediante Informe Nº 249-2006-GAJ/ MDSJL la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho emite su informe legal en el sentido de que el requerimientoplanteado por la Jefatura de Desarrollo Institucional yDesarrollo Económico Local, debe ser merituado alamparo del supuesto de servicio personalísimo previstoen el artículo 19º inciso e) del D.S. Nº 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, toda vez que se trata decontratar un local con características especiales quesegún lo informado por el área usuaria reúne lascaracterísticas necesarias para llevar a cabo laPRIMERA EXPOFERIA 2006 a favor de las MYPES del distrito de San Juan de Lurigancho; Que, al respecto el informe emitido por la Jefatura de Desarrollo Institucional y Desarrollo Económico Local,refiere como cualidades especiales del Centro deConvenciones del Jockey Plaza: a) Que es el único centrocomercial que posee un Centro de Convenciones, b) Que es un centro comercial de gran afluencia de público toda vez que registra una asistencia promedio de 1 millón declientes por mes, c) Que representa un mayor nivelsocioeconómico al cual los microempresarios podránhacer llegar su oferta, d) Que se trata de un centrocomercial equidistante y con acceso estratégico, por lo que solicita que se proceda a la contratación del arrendamiento respectivo al amparo de lo previsto en elartículo 19º inciso e) del D.S. Nº 083-2004-PCM; Que, el inciso "e" del artículo 19º del D.S. Nº 083- 2004-PCM Texto Único de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado establece que se encuentran exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen para lacontratación de servicios por proveedor único;Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 144º del D.S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado cuando existela necesidad de proveerse de servicios especializados procede la exoneración por proveedor único cuando solo existe una persona jurídica que brinde el serviciorequerido por la Municipalidad y teniendo en cuenta queexiste el proveedor que reúne las característicasrequeridas, la Municipalidad podrá contratar directamente; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y en el D.S. Nº 083-2004-PCM y D.S. Nº 084-2004-PCM; y con elVOTO MAYORITARIO del Pleno del Concejo Municipal, lasABSTENCIONES DE LOS SEÑORES REGIDORES JUANBALDEÓN SURICHAQUI, JOEL ESTRAVER TORRES,JUAN SILVA MALLQUI, NESTOR CARPIO SOTO y ROMER LAYME ESCOBAR con dispensa del trámite de comisiones y de lectura y aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente para lacontratación por arrendamiento de conformidad con elartículo 19º inciso e) del D.S. Nº 083-2004-PCM, del Centro de Convenciones del Jockey Plaza por un plazo de seis (6) días calendario y por un valor referencial deS/.102,692.74 nuevos soles, con cargo a la Fuente deFinanciamiento: Donaciones y Transferencias. Artículo Segundo.- Autorizar a la entidad para que a través del órgano competente proceda a ejecutar las acciones administrativas pertinentes respecto a la Contratación del Servicio de Arrendamiento del Centrode Convenciones del Centro Comercial Jockey Plaza. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría Municipal la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial ElPeruano, así como remitir el presente a conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoen el plazo de 10 días siguientes de su aprobación. Artículo Cuarto.- Encargar a la Jefatura de Logística la publicación del presente acuerdo en el SEACE del ConcejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 06720 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G49/G6E/G73/G74/G72/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C /G64/G65/G20/G47/G65/G73/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6E/G6F/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G22/G43/G61/G72/G74/G6F/G67/G72/G61/G66/GED/G61/G44/G69/G67/G69/G74/G61/G6C/G20/G47/G65/G6F/G72/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G53/G61/G6E/G20/G56/G69/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G43/G61/GF1/G65/G74/G65/G22 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2006-AL-MPC Cañete, 3 de marzo de 2006 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales tieneautonomía económica, política y administrativa en losasuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo previsto por el numeral 6 del artículo 195º de la Constitución Política del Perú, es competencia de las Municipalidades la Planificación delDesarrollo Urbano y Rural de sus circunscripciones, yde ejecutar los planes y programas correspondientes;