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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (18/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G39/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 18 de abril de 2006 Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, lasMunicipalidades tienen competencia y funcionesespecíficas en materia de Organización del Espacio Físico- Uso del suelo, de la protección y conservación del ambiente, del desarrollo y economía local y en materia de participaciónvecinal y otros; y en el artículo 79º sobre organización delespacio físico y uso del suelo, asignan la función específicade elaborar y mantener el Catastro Distrital; Que, de conformidad con la estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Cañete, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, tiene como finalidad entreotras la organización, mantenimiento y actualización delcatastro municipal, constituyendo el catastro urbanoherramienta fundamental para viabilizar adecuadamenteel desarrollo integral del distrito de San Vicente de Cañete; Que la Municipalidad Provincial de Cañete, en merito a lo expuesto en el considerando anterior, acordó elaborar elestudio denominado: “Cartografía Digital Georreferencial deldistrito de San Vicente de Cañete”,incluyendolo como proyectode inversión en la Modificación Presupuestaria yreprogramación del Plan de Obras del año 2005, que fueron aprobadas respectivamente mediante Acuerdo de Concejo Nº 069-2005-MPC y Nº 070-2005-MPC del 19 de noviembredel año 2005,siendo objetivo de la elaboración del estudio eltener una herramienta útil para ubicar los levantamientoscatastrales de los predios tal y como se señala en el artículotercero, inciso” b” del Reglamento de la Ley Nº 28294 (Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el Registro de Predios) y así mismo para darcumplimiento adecuadamente a lo señalado en el artículoprimero de la disposición transitoria del mismo cuerpo legal; Que, el estudio denominado:”Cartografía Digital Georreferencial del distrito de San Vicente de Cañete” fue ejecutado por la modalidad de contrato, en virtud de la Resolución de Alcaldía Nº 655-2005-AL-MPC del 4 denoviembre del año 2005, la misma que aprobó los Términosde Referencia y designó al ingeniero coordinador del estudio.Finalmente dicho estudio fue declarado oficialmente concluidoen cuanto a su procedimiento técnico y administrativo con la emisión de la Resolución de Alcaldía Nº 166-2006-AL-MPC del 3 de marzo del año 2006; Que, el estudio “Cartografía Digital Georreferencial del distrito de San Vicente de Cañete”, constituye un importanteinstrumento técnico normativo de gestión de múltiple uso,el cual ha sido desarrollado utilizando información Raster y ajustando su georreferenciación en función a un punto Base denominado PTO1-Cerro Azul perteneciente a la redGeodésica Oficial implementada por el IGN (ver definicionesseñaladas en el articulo tercero del Reglamento de la LeyNº 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado deCatastro y su vinculación con el Registro de Predios), instrumento de gestión cuyo software ha pasado a formar parte del acervo institucional de la Municipalidad Provincialde Cañete, según se desprende del Acta de Entrega,Recepción y Conformidad del Software de fecha 29 dediciembre de 2005, y cuyos componentes son: - Un Volumen del Estudio Cartográfico. - Cartas de Garantía y Exclusividad del producto cartográfico. - Un CD conteniendo el Software. Que mediante Informe N º 019-A-2006-GODUR- ACHF-MPC de fecha 3 de marzo del año 2006 la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la MunicipalidadProvincial de Cañete solicita la oficialización medianteDecreto de Alcaldía del instrumento de gestióndenominado: Cartografía Digital Georreferencial deldistrito de San Vicente de Cañete, en función a la existencia como antecedente de los Acuerdos de Concejo Nº 069-2005-MPC y Nº 070-2005-MPC; Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, que en sus artículos IV yX, correspondientes al Título Preliminar señala lasresponsabilidades que le compete a las Municipalidades en materia de planeación local y promoción del desarrollo integral y en su artículo 42º, señala que por Decreto deAlcaldía se establecen normas reglamentarias y deaplicación de las Ordenanzas y se resuelven o regulanasuntos de orden general y de interés para el vecindario; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y contando con lasvisaciones de la Gerencia Municipal y Asesoría Jurídicay con cargo a dar cuenta al Pleno del Concejo Municipal;SE DECRETA: Primero.- Apruébese como Instrumento Técnico Oficial de Gestión el Estudio denominado: “Cartografía DigitalGeorreferencial del distrito de San Vicente de Cañete”, elcual fue aprobado con Resolución Alcaldía Nº 166-2006-AL-MPC del 3 de marzo de 2006 y que forma parte integrante del presente Decreto; el mismo que debido a la naturaleza dinámica de la ejecución de obras públicas yprivadas deberá actualizarse permanentemente, con ladebida supervisión y aprobación de la Gerencia de Obras,Desarrollo Urbano y Rural, y de la Subgerencia deCatastro, Cofopri y Promoción de Vivienda. Segundo.- Precísese que en virtud del presente decreto, se declara oficial la información obtenida en el estudio, lamisma que constituye una cartografía básica y por lo tantode aplicación obligatoria en todo el ámbito del distrito de SanVicente, incluyendo los datos de coordenadas y ubicacióngeorreferencial de los puntos de control geodésicos, determinados en el casco urbano de la ciudad y zonas aledañas, los mismos que se detallan a continuación: Nº DE LUGAR SECTOR COORDENADAS ESTACIÓN UTM 01 GRIFO AUTOPASA - X – 349017.72046 Y- 8553973.43241 02 LOSA DEP. HUA CA CHINOS 1 X – 349384.30764 Y – 554287.39964 03 PARQUE LIBERTAD 4 X – 349391.09673 Y – 553133.39742 04 PARQUE SAN JOSE 2 X – 350114.61010 Y – 554526.85912 05 OVALO BOLOGNESI 2 X – 350908.53565 Y – 554174.65786 06 IGLESIA EL CHILCAL 7 X – 351528.81181 Y – 554813.13165 07 COLISEO LOLO FERNANDEZ 6 X – 351576.04857 Y – 554262.57989 08 PARQUE STA. ROSA DE H. 6 X – 353222.64808 Y –8555272.57675 09 PARQUE CPM. HUALCARA - X – 353344.28635 Y –8554027.26070 10 ENTRADA AL CPM UNANUE -X-349558.64087 Y-8551593.22538 11 PLAZA DE ARMAS 1 X-349553.0595959 Y-8553845.00497 Tercero.- A partir de la fecha los puntos de control señalados en el artículo anterior, se pueden usar comoalternativa a la red geodésica nacional para todo tipo de trámite de intervención urbanística e inscripción de predios en los Registros Públicos de Cañete, para su uso se requiereautorización expresa de la Municipalidad Provincial de Cañete. Cuarto.- Realícese en forma paralela a la implementación de un Sistema de Información Geográfica (GIS) para eldistrito de San Vicente de Cañete todas las acciones conducentes al adecuamiento pleno a la Ley Nº 28294 y su Reglamento, en concordancia con lo señalado en la primeradisposición transitoria del Reglamento de la Ley Nº 28294. Quinto.- Declárese de necesidad pública y prioridad la ejecución de los siguientes proyectos y acciones: - Catastro Urbano Georreferencial del distrito de San Vicente - Monumentación de los puntos de control geodésicos ubicados en la ciudad de San Vicente. - Suscripción de diversos Convenios de Mutua Cooperación entre la Municipalidad Provincial de Cañetey las diversas Asociaciones de Vivienda y Urbanizacionesdel distrito de San Vicente de Cañete, así como las diversasentidades del Sector Público y la Oficina Registral deCañete, en pos de lograr el desarrollo urbano armónico de la ciudad, sobre la base de la información cartográfica. Sexto.- Comuníquese a las diversas entidades del sector público y población en general del distrito de San Vicente deCañete así como a la Oficina Registral de Cañete, para su conocimiento y uso oficial en el marco de lo señalado en la Ley Nº 28294,al Instituto Geográfico Nacional IGN para suratificación en función a lo señalado en el artículo 3º inciso “b”del Reglamento de la Ley Nº 28294 (D.S. Nº 005-2006-JUS)y procédase a la publicación respectiva en el Diario Oficial ElPeruano y en el diario oficial de la provincia de Cañete. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. RUFINA LÉVANO QUISPE Alcaldesa 06726