Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2006 (28/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 317585

Que, la Direccion Regional de Defensa Civil de MORDAZA Callao ha llevado a cabo un Curso de Capacitacion para Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, resultando aprobado el participante conforme a lo informado por la Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, quien cumple con los requisitos exigidos; correspondiendo en consecuencia, reconocerlo y autorizarlo como Inspector Tecnico, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 45º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas; Que, conforme se establece en el Art. 47º del Reglamento acotado, los Comites de Defensa Civil Regionales, Provinciales y Distritales seran responsables de informar al INDECI las faltas en que puedan incurrir los inspectores que se desempenan en su jurisdiccion, a fin de que se les registre como antecedentes para determinar la cancelacion o la renovacion de la autorizacion de inspector; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.2 del acapite IV de la Directiva Nº 002-2006-INDECI "Directiva para autorizacion, renovacion, ampliacion de jurisdiccion y acreditacion de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil" vigente, los postulantes que tengan un nivel academico de tecnico quedan autorizados para emitir opinion unicamente en el MORDAZA de su especialidad, el mismo que se senala en los Anexos correspondientes; Que, por lo expuesto, corresponde al INDECI expedir la presente Resolucion, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 43º del Reglamento de Inspecciones Tecnicas; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE:

adjunto y que forma parte de la presente Resolucion, para que se desempene en las Oficinas de Defensa Civil especificadas en el anexo, correspondiente a la jurisdiccion de la Direccion Regional de Defensa Civil de Ayacucho. Articulo Segundo.- El Inspector Tecnico reconocido y autorizado mediante la presente Resolucion, luego de ser inscrito en el Registro de Inspectores, quedara facultado para efectuar Inspecciones Tecnicas Basicas de Seguridad en Defensa Civil dentro de la jurisdiccion indicada. Articulo Tercero.- El reconocimiento y autorizacion senalados en los articulos precedentes tienen vigencia de un ano, a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Autorizar a la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI a efectuar la inscripcion del Inspector mencionado en el articulo primero de la presente Resolucion, en el Registro de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil, incluyendo la documentacion correspondiente en el Archivo documentario respectivo; asi como, a expedir las credenciales respectivas. Articulo Quinto.- La Direccion Nacional de Prevencion y la Oficina de Estadistica y Telematica publicaran y actualizaran en la pagina web del INDECI, el Registro de Inspectores Tecnicos de Seguridad en Defensa Civil. Articulo Sexto.- La Secretaria General ingresara la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, efectuara su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y remitira MORDAZA fedateada de la misma a la Direccion Nacional de Prevencion, Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, Oficina de Estadistica y Telematica, Direccion Regional de Defensa Civil de MORDAZA Callao y Oficina de Asesoria Juridica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese.

Articulo Primero.- Reconocer y autorizar como Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil, a la persona comprendida en el Anexo (en un folio) que obra
INDECI INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion REGION :DRDC DE MORDAZA Total de Participantes Aptos: 1
Nº 1 APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA URIEL DNI 02297844 TITULO INGENIERO ELECTRICISTA

MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
CODIGO DEL CURSO: CURSO: FECHA: DEPARTAMENTO: 000000000648 INSPECTORES TECNICOS EN SEGURIDAD 28/11/05 MORDAZA PROVINCIA: HUAMANGA DISTRITO: MORDAZA
UBICACION GEOGRAFICA DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO MORDAZA MORDAZA COMITE ASIGNADO Regional Provincial

ANEXO A LA RESOLUCION JEFATURAL Nº 211-2006-INDECI

N° COLEGIO 72279

COMITE/ENTIDAD QUE LO PRESENTA Comite Regional

HUAMANGA

07426

Aprueban transferencia financiera de recursos a favor del Instituto Geofisico del Peru
RESOLUCION JEFATURAL Nº 213-2006-INDECI
25 de MORDAZA del 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creo la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres (CMPAD) generados por fenomenos de origen natural o tecnologico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevencion de danos, atencion y rehabilitacion en las zonas del MORDAZA que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplio hasta S/. 50'000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100 NUEVOS SOLES) el monto de la Linea de Credito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nacion al INDECI al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Linea de Credito se destinaran para realizar acciones que

permitan reducir los efectos daninos de un peligro inminente de origen natural o antropico, brindar una respuesta oportuna a la poblacion, ejecutar acciones de rehabilitacion de la infraestructura publica para recuperar los niveles que los servicios basicos tenian MORDAZA de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperacion de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposicion Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, a propuesta de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico (DGPM), incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, los recursos en la Fuente de Financiamiento "Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno" provenientes de la Linea de Credito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, la Decima Disposicion Final de la Ley Nº 28653, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, establece la prorroga de la vigencia de la referida Octava Disposicion Final; Que, el numeral 7.1 del articulo 7º de la Directiva Nº 004-2005-EF/68.01 "Directiva que establece criterios

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