TEXTO PAGINA: 54
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325806El Peruano viernes 4 de agosto de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de diciembre del 2005, el Informe Nº 10-2005-CDAMCP-Y, de la Comisión de Adecuación de las Municipalidades de Centro Poblados - Y auyos. El Concejo Provincial de Y auyos, con el VOTO DE LA MAYORÍA LEGAL DE LOS SEÑORES REGIDORES y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en su Art. 194º establece que las Municipalidades Provinciales ydistritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. IIdel Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el Art. 194º de la Constitución Política del Perú prescribe que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas de acuerdo a Ley; Que, el Art. 195º de la Constitución Política del Perú señala, que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos en armonía con las políticas y planesnacionales y regionales de desarrollo; son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto, planificar el desarrollo urbano y rural de suscircunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, en la jurisdicción de la provincia de Y auyos fueron creadas las denominadas: municipalidad de centro poblado menor entre los años 1993, 1999, 2000, 2001 y 2003, durante la vigencia de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 23853; Que la administración municipal anterior, no realizó la debida transferencia del acervo documentario, quesustente la creación de las denominadas: municipalidades de centros poblados menores, por lo que, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto por laDécimo Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, la Municipalidad Provincial de Y auyos, solicitó a los Alcaldes distritales mediante Oficio Múltiple Nº 030-2003-A/MPY , la documentación mediante el cual fueron creadas, no recibiendo respuesta; Que, la Municipalidad Provincial de Y auyos, emitió la Ordenanza Nº 013-2004-A/MPY , otorgando un plazo de 30 días a las municipalidades de centros poblados creadas durante la vigencia de la Ley Nº 23853, paraque presenten a la Municipalidad Provincial los documentos que sustenten su creación, de acuerdo al Art. 5º de la Ley Nº 23853, vigente a la fecha su creación; Que, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 013-2004- A-MPY , los Alcaldes de las Municipalidades de los Centros Poblados: San Juan de Malleuran, San Lorenzo de Tamara y San Martín de Aucampi, presentaron la documentación requerida; Que, mediante Resolución Municipal Nº 0112-01-MPY de fecha 25 de noviembre del 2001 se creó la Municipalidad de Centro Poblado Menor de HUANCACHI, durante la vigencia de la Ley Nº 23853; Que, la Municipalidad Provincial de Y auyos, a efecto de proceder a la Adecuación de las Municipalidades de Centros Poblados a la Ley Nº 27972, expidió la Ordenanza Nº 016-2004-A/MPY , publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de noviembre del 2004, otorgando por única vez, una prórroga de 30 días a lasMunicipalidades de Centros Poblados creadas durante la vigencia de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, para que presenten la documentación queacredite su creación; Que, el Congreso de la República promulgó la Ley Nº 28458, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 deenero del 2005, norma legal que establece el objeto de la Ley, el proceso de adecuación y las transferencias a lasmunicipalidades de centros poblados así como el plazo para la adecuación de las municipalidades de centros poblados a la Ley Nº 27972; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 032-2004- A/MPY, se nombró la Comisión de Adecuación de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Y auyos; Que, la Comisión de Adecuación de Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Yauyos, ha emitido el Informe Nº 10-2005-CDAMCP-Y - de fecha 12-12-2005, relacionado con la Municipalidad de Centro Poblado de Huancachi, jurisdicción del distrito de Tomas, concluyendo que la creación de la municipalidad del centro poblado de HUANCACHI, fue creada dando cumplimiento con el Art. 5º de la Ley Nº 23853 vigente a la fecha de su creación y que la adecuación, deberá realizarse, de acuerdo a lo que determine la Sesión de Concejo en base a su autonomía económica, administrativa y política; Estando a lo expuesto, con las facultades establecidas en el inciso 19) del artículo 9º y artículo 128º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, se aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- OBJETO El objeto de la presente Ordenanza es APROBAR el informe de la Comisión de Adecuación de lasMunicipalidades de Centros Poblados de la provincia de Yauyos, relacionado con la Municipalidad de Centro Poblado de Huancachi, jurisdicción del distrito de TOMAS,determinando las competencias, funciones, y atribuciones administrativas económico-tributarias, a ser ejercidas por la Municipalidad de Centro Poblado de Huancachi, deacuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, permitiéndoles sostener la prestación de servicios públicos locales. Artículo 2º.- ADECUACIÓN Se APRUEBA ADECUAR la creación de la Municipalidad del Centro Poblado de Huancachi, creada durante la vigencia de la Ley Nº 23853 a la Ley Nº 27972. Artículo 3º.- DEL TERRITORIO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN El Territorio de la Municipalidad del Centro Poblado de Huancachi, comprende el Territorio, de acuerdo al Plano que acompaña su estudio técnico. Sujeto a verificación de acuerdo a un Cotejo de Planos, con el distrito de Tomas y sus vecinos colindantes. Además la jurisdicción de la Municipalidad del Centro Poblado de Huancachi comprende los núcleos poblacionales siguientes: 1. Caserío de Huascacocha. 2. Caserío de Chihúan 3. Caserío de. Patacocha. El número de personas a beneficiarse con el servicio delegado, es de más de 1,300 pobladores, entre habitantes permanentes y los emigrantes por temporadas, de acuerdo al clima y otros factores.; los servicios se solventarán con las recaudaciones de la Municipalidad del Centro Poblado de Huancachi y las transferencias de la Municipalidad Provincial de Y auyos y la Municipalidad Distrital de TOMAS, en la proporción a establecer de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- DE LOS RECURSOS DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO DE HUANCACHI Considérese como recursos de la Municipalidad de Centro Poblado de Huancachi, las rentas facultadas a recaudar mediante la presente ordenanza que viene aconstituir Recursos Propios y las transferencias a percibir de la Municipalidad Distrital de Tomas y la provincia de Yauyos más las que provengan bajo cualquier título afavor de la Municipalidad del Centro Poblado de Huancachi.